Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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seleccion por servicios personalisimos y, de conformidad con el articulo 19 inciso f) de la LCAE, corresponde a la Presidencia del Directorio de la APN aprobar la referida exoneracion; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 477-10719/03/2008/D de fecha 19 de marzo de 2008, el Directorio de la APN aprobo la contratacion de servicios profesionales especializados por la via de la exoneracion de MORDAZA de seleccion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coria, a efectos que el mismo asuma la defensa prejudicial del Presidente de Directorio y de los que resulten involucrados en la denuncia penal MORDAZA referida; Que, el articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, senala que el Presidente del Directorio ejerce la representacion oficial de la APN y en merito a dicha atribucion es necesario aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de servicios personalisimos a fin que puedan asumir la defensa prejudicial del Presidente del Directorio de la APN y de los que resulten involucrados en la denuncia penal formulada en su contra; Que, en vista de los considerandos MORDAZA expuestos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios personalisimos del Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coria para que asuma la defensa prejudicial del Presidente de Directorio y de los que resulten involucrados. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion para que formalice la contratacion del servicio exonerado, segun lo previsto en el articulo 148º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que se sujetara a lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: Servicio b. Descripcion del servicio a contratar: El contratista brindara servicios en la especialidad de derecho penal, para que asuma la defensa legal a nivel prejudicial del Presidente del Directorio de la APN y de los que resulten involucrados. c. Valor referencial: El costo del servicio sera de un honorario inicial de S/.12,900.00, incluidos todos los tributos de ley y gastos correspondientes y de S/. 6,400.00 como honorario de exito si la Fiscalia archiva el caso, incluidos todos los tributos de ley y gastos correspondientes. La estructura de pagos sera la siguiente: · El pago del honorario inicial de S/. 12,900.00 se efectuara previa MORDAZA del Primer Informe de Conformidad de la Unidad de Asesoria Juridica de la Autoridad Portuaria Nacional. · El pago devengado como honorario de exito de S/. 6,400.00 se efectuara previa MORDAZA del MORDAZA y ultimo Informe de Conformidad de la Unidad de Asesoria Juridica de la Autoridad Portuaria Nacional. d. Fuente de financiamiento: Recursos directamente recaudados. e. Plazo de contratacion: El asesoramiento se efectuara durante el tiempo que dure la etapa de investigacion preliminar y prejudicial en la referida denuncia. f. Dependencia encargada de realizar la contratacion: La presente contratacion, objeto de exoneracion, debera ser realizada por la Oficina General de Administracion de la Autoridad Portuaria Nacional. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes Tecnico y Legal que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, debiendo publicar asimismo esta Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese y publiquese. MORDAZA BOYLE MORDAZA Presidente del Directorio Autoridad Portuaria Nacional

VIVIENDA
Declaran en reorganizacion a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN
DECRETO SUPREMO Nº 011-2008-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, se establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado y en apoyo y fortalecimiento al MORDAZA de descentralizacion; Que, el Articulo 13º de la citada Ley Nº 29151, define el rol de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, nombre que la Sexta Disposicion Complementaria de la misma otorga a la Superintendencia de Bienes Nacionales, como ente rector responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, y senala entre otros que constituye un Organismo Publico Descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en aplicacion del Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA publicado el dia 15 de marzo del 2008, se ha aprobado el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, entrando en vigencia la citada ley, en dicha fecha conforme con lo establecido en su Unica Disposicion Final; Que, es necesario declarar en reorganizacion a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, a efectos que adecue y actualice sus instrumentos de gestion, implemente politicas de desarrollo institucional y armonice sus funciones dentro del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado en el cual se enmarca la Ley Nº 29151; Que, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo en su Articulo 28º, entre otros preve que la reorganizacion de los Organismos Publicos se acuerda por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, y el numeral 3), del Articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Reorganizacion de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN Declarese en reorganizacion a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, por un plazo de ciento veinte (120) dias calendario contados desde la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo, sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de marzo del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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