Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 038-2007CG/GDPC de 28.DIC.2007, los Oficios Nºs. 252DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR de 02.MAR.2007, 315DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR de 13.MAR.2007 y 316-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR de 13.MAR.2007, el Atestado Nº 018-2007-DIRCOCOR PNP-DIVPACGR de 14.ENE.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Empresa Petroleos del Peru Sociedad Anonima ­ PETROPERU S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2499-2004-CG/DC de 15.NOV.2004 la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una Accion de Control Posterior No Programada, respecto de las planillas de sueldos de la Empresa Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU S.A., para determinar si los procesos de evaluacion y contratacion de personal se efectuaron conforme a criterios y parametros establecidos; accion que, incorporada en el Plan Anual de Control, fue ejecutada por el Organo de Control Institucional (OCI) de la empresa, examinando el periodo comprendido entre Enero de 2001 y Diciembre 2004; Que, como resultado del Examen Especial mencionado, el citado OCI de PETROPERU S.A. formulo las Hojas Informativas Nºs. 001-2005-PP/OCI de 30.JUN.2005, 003-2005-PP/OCI de 04.AGO.2005 y 001-2006-PP/OCI de 16.NOV.2006; en las cuales se determinaron presuntas irregularidades en el tramite del MORDAZA de seleccion llevado a cabo por PETROPERU S.A. para el servicio de evaluacion de personal del 01.AGO.2002 al 31.DIC.2002, por el cual contrato a determinada empresa, de modo directo y sin mediar invitacion a otro postor, denotandose el interes indebido de los funcionarios que participaron en el tramite del mencionado MORDAZA de seleccion; asimismo, determino la existencia de irregularidades en diversos procesos de seleccion llevados a cabo en AGO.2002, con el fin de cubrir algunas de las vacantes dejadas por el personal cuyo contrato laboral no fue renovado; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, la Gerencia de Sector Productivo considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 252-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR de 02.MAR.2007 a la Fiscalia Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, MORDAZA de Activos y Corrupcion de Funcionarios, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Omision de Actos Funcionales, Colusion, Negociacion Incompatible con el Cargo, Falsa Declaracion en Procedimiento Administrativo, Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica; ilicitos previstos y sancionados en los articulos 377º, 384º, 397° (vigente a la fecha de los hechos), 411º, 427º y 428º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata por parte del Procurador Publico, en los casos en que, producto de una verificacion se encuentre presuncion de ilicito penal; asi como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes; incluso interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la

Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

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Designan Sociedades de Auditoria para realizar auditorias a estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal correspondientes a 53 entidades
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 108-2008-CG
MORDAZA, 25 de marzo de 2008 Visto, el Informe Nº 04-2008-CG/CE-SOA de la Comision Especial de Designacion de Sociedades de Auditoria, constituida mediante Resolucion de Contraloria No 084-2008-CG de 26.Feb.2008, encargada de la evaluacion y calificacion de las propuestas presentadas en el Concurso Publico de Meritos Nº 02-2008-CG, para la Designacion de Auditorias Externas; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de sus atribuciones, la Contraloria General de la Republica, mediante publicaciones en el Diario Oficial El Peruano los dias 15 y 16.Feb.2008, respectivamente, convoco al Concurso Publico de Meritos Nº 02-2008-CG, a fin de designar Sociedades de Auditoria para auditar los estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal; correspondiente a noventa y siete (97) entidades distribuidas en ochenta y nueve (89) entidades individuales y ocho (08) entidades en tres (03) grupos, habiendose adquirido un total de ciento sesenta y dos (162) bases, no adquiriendose bases para diecisiete (17) entidades; Que, en la recepcion y apertura de propuestas, se presentaron ciento treinta y seis (136) propuestas, habiendose aceptado ciento dieciseis (116) de Sociedades de Auditoria en forma individual y nueve (09) de Sociedades de Auditoria en forma asociada, para la ejecucion de auditorias externas a setenta y cuatro (74) entidades; Que, conforme al documento del visto, de la evaluacion y calificacion efectuada a las propuestas aceptadas, se han declarado ganadoras a cuarenta y ocho (48) de ellas, correspondientes a cuarenta y cuatro (44) Sociedades de Auditoria en forma individual y cuatro (04) Sociedades de Auditoria en forma asociada, para cuarenta y cinco (45) entidades en forma individual y ocho (08) entidades en tres (03) grupos; Que, asimismo, conforme tambien se indica en el documento del visto, se ha declarado desierto el Concurso Publico de Meritos por primera vez, respecto de treinta y tres (33) entidades; por MORDAZA vez, respecto de ocho (08) entidades; y por tercera vez, en una (01) entidad; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y en el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 063-2007-CG; y, En uso de la facultad prevista en los articulos 20º y 32º, de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar las Sociedades de Auditoria para realizar las auditorias a los estados financieros y examen especial a la informacion presupuestal correspondientes a cincuenta y tres (53) entidades, distribuidas en cuarenta y cinco (45) entidades en forma individual y ocho (08) entidades en tres (03) grupos, que a continuacion se detallan:

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