Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

369485

CONSIDERANDO: Que, el literal d) del articulo 3º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que es competencia de rectoria sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, entre otras, la articulacion de recursos y actores publicos y privados, intra e intersectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las politicas publicas de salud; Que, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado, regularla, vigilarla, y promoverla; a cuyo efecto, el numeral VI del citado Titulo, senala que el Estado promueve las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el Ministerio de Salud bajo los principios basicos de solidaridad y universalidad esta asumiendo su rol de rectoria, impulsando la modernizacion del sector hacia la oferta de servicios integrados del sistema de salud, que permitan tener una organizacion efectiva, con el proposito de contribuir al desarrollo del MORDAZA, logrando de manera progresiva, el bienestar de toda la poblacion, basado en el respeto irrestricto de los derechos fundamentales de la persona humana; Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 002-2008-SA, se constituye la Comision Multisectorial integrada por: a) Los Ministerios de Salud, Defensa e Interior, b) EsSalud, y c) El Gobierno Regional; la misma que esta encargada de proponer los mecanismos necesarios que permitan consolidar un Sistema Nacional de Salud, evaluando para ello, los procesos de aseguramiento universal, adquisicion de medicamentos, atencion de emergencias, donaciones y trasplantes, unidad de Banco de Sangre, optimizacion de la infraestructura de todos los sectores involucrados, recursos humanos, red de informacion, calidad de servicio a los pacientes y comunicacion social; Que, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las recomendaciones que la precitada Comision realice, es necesario que el Ministerio de Salud cuente con instrumentos y mecanismos que permitan su adecuada implementacion de manera oportuna y eficiente, lo que redundara en beneficio de la poblacion; Que, en este contexto, el Ministerio de Salud; ha suscrito un Convenio con la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI, con el objeto de Modernizar la Gestion de Salud; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los anos 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administracion de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administracion de sus recursos. Dichas modalidades deben contar, previamente, con informe de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertacion, asi como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento y asimismo, el Convenio referido debera aprobarse por Resolucion Suprema; Que, mediante Informe Nº 065-2008-OGPP-OP/MINSA, la Direccion General de Planeamiento y Presupuesto, ha sustentado la conveniencia de la suscripcion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Tecnica Financiera y de Administracion de Recursos con la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI, senalando para ello las ventajas y beneficios del citado Convenio; asi como la disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo

Nº 023-2005-SA, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, y la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio MORDAZA de Cooperacion Tecnica Financiera y de Administracion de Recursos celebrado entre el Ministerio de Salud y la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI, suscrito con fecha 18 de marzo de 2008. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud

180458-20

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran resuelto de pleno derecho contrato de concesion para prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable a que se refiere la R.M. Nº 226-99-MTC/15.03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 268-2008 MTC/03
MORDAZA, 19 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 226-99MTC/15.03, de fecha 25 de MORDAZA de 1999, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en el area que comprende la MORDAZA MORDAZA de Sausal, del distrito de Chicama, de la provincia de Ascope, del departamento de La Libertad; suscribiendose el contrato respectivo el 06 de MORDAZA de 1999; Que, el numeral 6) del articulo 130° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General del Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece entre las obligaciones de los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones la de pagar oportunamente los derechos, tasas, canon y demas obligaciones que genere la concesion; Que, el numeral 6.03 de la Clausula Sexta del contrato de concesion suscrito con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA estipula que es obligacion del concesionario cumplir con el pago, entre otros conceptos, de la tasa anual por la explotacion comercial del servicio concedido, conforme a lo establecido en el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el literal a) del numeral 18.01 de la Clausula Decima Octava del contrato de concesion suscrito con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA establece que este quedara resuelto cuando la concesionaria incurra en alguna de las causales de resolucion del contrato de concesion previstas en el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el numeral 5) del articulo 137º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0202007-MTC, dispone que el contrato de concesion se resuelve por incumplimiento del pago de la tasa durante dos (2) anos calendario consecutivos; asimismo, establece que para este caso, la resolucion opera de pleno derecho, sin perjuicio de su formalizacion mediante la resolucion correspondiente; Que, segun las Hojas Informativas Nos. 00036-2008MTC/27 y 00163-2008-MTC/27, del 23 de enero y 07 de marzo de 2008, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incumplio el pago de la tasa por la explotacion comercial del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.