TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369497 División de Policía DEINCRI-AZÁNGARO, en la Municipalidad Provincial de Azángaro - Departamento de Puno, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 1801-2006-CG/DC de 27.SET.2006 la Contraloría General de la República designó una Comisión, con la fi nalidad de recopilar información y verifi car denuncias sobre presuntas irregularidades que se habrían cometido en la Municipalidad Provincial de Azángaro – Departamento de Puno, durante el período comprendido entre los meses de Enero a Diciembre 2005; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verifi cación de Denuncias Nº 003-2006- CG/ORPU de 20.OCT.2006, en el cual se evidencia que la Municipalidad Provincial de Azángaro omitió la realización de los procedimientos esenciales para la contratación del suministro de combustible, fraccionando su adquisición mediante sucesivas adjudicaciones de menor cuantía, cuyo monto total asciende a S/. 469 023,16; siendo que los proveedores contratados no contaban con las autorizaciones legales correspondientes; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Ofi cio y Parte de Vistos; asimismo, la Unidad Policial DEINCRI AZÁNGARO ha emitido el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad a través del Ofi cio Nº 144-XII-DTP- DIVPOL-AZ/DEINCRI de 04.ABR.2007 a la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Azángaro, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Incumplimiento de Funciones y Colusión, ilícitos previstos y sancionados en los artículos 377º y 384º, del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, incluso interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Parte y Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Parte y Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 179368-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 106-2008-CG Lima, 25 de marzo de 2008 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 002-2008-CG/GDPC de 15.ENE.2008, los Ofi cios Nos 110-2007-DIRCOCOR-PNP/ DIVPACGR-PNP/DISREG-OPA-PUN de 02.ABR.2007 y 729-2007-MP-FSD-DJ-PUNO de 02.ABR.2007, la Denuncia Penal Nº 14-2007-MP-FPM-CARABAYA-MACUSANI de 26.FEB.2007 y el Parte Nº 001-2007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-PNP/DISREG-OPA-PUN de 03.ABR.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Provincial de Carabaya - Departamento de Puno, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 1802-2006-CG/DC de 27.SET.2006 la Contraloría General de la República designó una Comisión, encargada de recopilar información y verifi car las denuncias sobre presuntas irregularidades que se habrían cometido en la Municipalidad Provincial de Carabaya – Departamento de Puno, durante el período comprendido entre los años 2004 a 2006; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verifi cación de Denuncias Nº 006-2006-CG/ORPU de 21.NOV.2006, en el cual se evidencian las irregularidades siguientes: a) durante el ejercicio 2004 se adquirió combustible a un proveedor que señaló como domicilio un grifo inexistente, habiéndose aumentado el precio inicialmente convenido, en una suma mayor a la solicitada por el interesado; b) durante el ejercicio 2005, se compraron muebles en virtud de contratos suscritos con el hermano del encargado del área de adquisiciones de la Municipalidad, además de haberse emitido órdenes de compra dirigidas a una empresa de la sobrina del referido funcionario público; y c) respecto del ejercicio 2006, se ha evidenciado concertación entre los funcionarios de la Municipalidad y el Contratista de la obra “Estructura metálica y cobertura termoacústica del Coliseo Cerrado de Macusani”, habiéndose otorgado ampliaciones de plazo y un presupuesto adicional sin el sustento técnico y legal correspondiente, evitando la aplicación de penalidad por atraso injustifi cado y la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento, ocasionando perjuicio económico a la entidad edilicia; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Parte de Vistos, en el cual hace de conocimiento de este Organismo Contralor, la Denuncia Penal Nº 14-2007-MP-FPM-CARABAYA-MACUSANI de 26.FEB.2007 emitida por la Fiscalía Provincial Mixta de Carabaya-Macusani, formalizada ante el Juzgado Mixto de Carabaya-Macusani, por la comisión de los delitos de Omisión de Actos Funcionales, Colusión, Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsedad Genérica, ilícitos previstos y sancionados en los artículos 377º, 384º, 399º y 438º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n de que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Parte y en los documentos de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Parte y en los documentos de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 179368-2 Autorizan a procuradora impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos de colusión y otros en agravio de PETROPERÚ S.A. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 107-2008-CG Lima, 25 de marzo de 2008