Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Division de Policia DEINCRI-AZANGARO, en la Municipalidad Provincial de Azangaro - Departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1801-2006-CG/DC de 27.SET.2006 la Contraloria General de la Republica designo una Comision, con la finalidad de recopilar informacion y verificar denuncias sobre presuntas irregularidades que se habrian cometido en la Municipalidad Provincial de Azangaro ­ Departamento de MORDAZA, durante el periodo comprendido entre los meses de Enero a Diciembre 2005; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 003-2006CG/ORPU de 20.OCT.2006, en el cual se evidencia que la Municipalidad Provincial de Azangaro omitio la realizacion de los procedimientos esenciales para la contratacion del suministro de combustible, fraccionando su adquisicion mediante sucesivas adjudicaciones de menor cuantia, cuyo monto total asciende a S/. 469 023,16; siendo que los proveedores contratados no contaban con las autorizaciones legales correspondientes; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Oficio y Parte de Vistos; asimismo, la Unidad Policial DEINCRI AZANGARO ha emitido el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad a traves del Oficio Nº 144-XII-DTPDIVPOL-AZ/DEINCRI de 04.ABR.2007 a la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Azangaro, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Incumplimiento de Funciones y Colusion, ilicitos previstos y sancionados en los articulos 377º y 384º, del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, incluso interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Parte y Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Parte y Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

Que, mediante Oficio Nº 1802-2006-CG/DC de 27.SET.2006 la Contraloria General de la Republica designo una Comision, encargada de recopilar informacion y verificar las denuncias sobre presuntas irregularidades que se habrian cometido en la Municipalidad Provincial de Carabaya ­ Departamento de MORDAZA, durante el periodo comprendido entre los anos 2004 a 2006; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 006-2006-CG/ORPU de 21.NOV.2006, en el cual se evidencian las irregularidades siguientes: a) durante el ejercicio 2004 se adquirio combustible a un proveedor que senalo como domicilio un grifo inexistente, habiendose aumentado el precio inicialmente convenido, en una suma mayor a la solicitada por el interesado; b) durante el ejercicio 2005, se compraron muebles en virtud de contratos suscritos con el hermano del encargado del area de adquisiciones de la Municipalidad, ademas de haberse emitido ordenes de compra dirigidas a una empresa de la sobrina del referido funcionario publico; y c) respecto del ejercicio 2006, se ha evidenciado concertacion entre los funcionarios de la Municipalidad y el Contratista de la obra "Estructura metalica y cobertura termoacustica del Coliseo Cerrado de Macusani", habiendose otorgado ampliaciones de plazo y un presupuesto adicional sin el sustento tecnico y legal correspondiente, evitando la aplicacion de penalidad por atraso injustificado y la ejecucion de la Garantia de Fiel Cumplimiento, ocasionando perjuicio economico a la entidad edilicia; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Parte de Vistos, en el cual hace de conocimiento de este Organismo Contralor, la Denuncia Penal Nº 14-2007-MP-FPM-CARABAYA-MACUSANI de 26.FEB.2007 emitida por la Fiscalia Provincial Mixta de Carabaya-Macusani, formalizada ante el Juzgado Mixto de Carabaya-Macusani, por la comision de los delitos de Omision de Actos Funcionales, Colusion, Negociacion Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsedad Generica, ilicitos previstos y sancionados en los articulos 377º, 384º, 399º y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin de que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Parte y en los documentos de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Parte y en los documentos de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

179368-1 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 106-2008-CG
MORDAZA, 25 de marzo de 2008 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 002-2008-CG/GDPC de 15.ENE.2008, los Oficios Nos 110-2007-DIRCOCOR-PNP/ DIVPACGR-PNP/DISREG-OPA-PUN de 02.ABR.2007 y 729-2007-MP-FSD-DJ-PUNO de 02.ABR.2007, la Denuncia Penal Nº 14-2007-MP-FPM-CARABAYA-MACUSANI de 26.FEB.2007 y el Parte Nº 001-2007-DIRCOCOR-PNP/ DIVPACGR-PNP/DISREG-OPA-PUN de 03.ABR.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Provincial de Carabaya - Departamento de MORDAZA, y;

179368-2

Autorizan a procuradora impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos de colusion y otros en agravio de PETROPERU S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 107-2008-CG MORDAZA, 25 de marzo de 2008

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