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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2008 (01/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de mayo de 2008 371627 PRODUCE Aprueban conformación de comisión encargada de organizar concurso público destinado a otorgar volumen de cuota asignada al Estado Peruano por la CIAT RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2008-PRODUCE Lima, 28 de abril de 2008VISTO: el Informe Nº 299-2008-PRODUCE/DGEPP- Dch; CONSIDERANDO: Que, el artículo 66º de la Constitución Política del Perú dispone que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación; y, que el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, de igual forma, el artículo 19º de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, estipula que los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural; Que, en esa línea, el artículo 2º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, en especial referencia al recurso atún, el numeral 6.2 del artículo 6º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 021- 2007-PRODUCE, dispone que “Por medio de concurso público se accede a la cuota asignada al Estado peruano por la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT y se otorga autorización de incremento de fl ota, a la que se refi ere el numeral precedente. Los términos y condiciones del concurso público se aprueban por resolución ministerial”; Que, de conformidad con las normas citadas, corresponde al Estado dictar las medidas de gestión necesarias para asegurar la explotación sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables. En especial, para el caso del recurso atún, el numeral 6.2 del artículo 6º del ROP del Atún, consagra que por concurso público se otorga acceso a la cuota de atún asignada por la CIAT al Perú. Además, la implementación del referido concurso se realiza a través de Resolución Ministerial del Ministro de la Producción; Que, de otro lado, por medio de la Resolución Legislativa Nº 27462 y del Decreto Supremo Nº 040-2001-RE el Estado peruano se adhirió a la “Convención celebrada entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el Establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical – CIAT”; Que, siendo ello así, en la sexagésimo novena reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical – CIAT, realizada en la ciudad de Manzanillo – México, se emitió la Resolución Nº C-02-03. En dicha resolución se otorgó al Perú 3,195 m3 de capacidad de bodega para añadir buques cerqueros al Registro después del 28 de junio de 2002; Que, conforme al documento del visto, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero señala que, en la actualidad, la cuota asignada al Perú por la CIAT asciende a 2,195 m3, ya que, a través de derechos administrativos tramitados ante dicha dependencia, antes del establecimiento del Concurso Público, se concedieron 1000 m3 a los particulares;Que, en ese sentido, corresponde emitir la Resolución Ministerial que conforme la comisión encargada de llevar a cabo el proceso de Concurso Público para otorgar la cuota de 2,195 m3 de recurso atún asignada al Perú por la Comisión Interamericana del Atún Tropical; Con el visado del Viceministro de Pesquería, de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Atún, Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar la conformación de la Comisión encargada de organizar, desarrollar y dirigir el Concurso Público destinado a otorgar 2,195 m3 de la cuota asignada al Estado peruano por la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT, la cual se conforma por los siguientes funcionarios:  Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción, quien la presidirá.  Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de la Producción.  Director General de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción.  Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción. Artículo 2º.- La Comisión, cuya conformación se aprueba en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, tiene un plazo de diez (10) días calendario para presentar al Ministro de la Producción su plan de trabajo, así como el proyecto de las bases del Concurso Público, para su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 194941-1 Prohíben extracción, transporte, comercialización y procesamiento de diversas algas marinas en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 460-2008-PRODUCE Lima, 28 de abril del 2008 Vistos: el Ofi cio Nº DE-100-072-2008-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú, el Informe Nº 294-2008-PRODUCE/DNEPP-Dch de la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, así como el Informe Nº 015-2008-PRODUCE/OGAJ-CFVA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;Descargado desde www.elperuano.com.pe