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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de mayo de 2008 371640 la suma de Un millón setenta y nueve mil trescientos ochenta y seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 079 386,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del proyecto detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma contenido en el Anexo B que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución del Proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolución, quedando la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS Grau S.A., prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3.- De conformidad con el numeral 9.4) del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS Grau S.A., presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución, podrá ser materia de modifi cación en función de los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modifi cado) deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidas en el Convenio Específi co de fecha 18 de julio de 2007, y su Addenda de 18 de marzo de 2008, suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS Grau S.A., para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, así como de la ejecución del Convenio y Addenda señalados en el artículo 4, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIO DE SANEAMIENTO GRAU S.A. COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008 S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 37702 AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL A.H FELIPE COSSIO DEL POMAR - CASTILLA - PIURA INDIRECTA 1,079,386.00 1,079,386.00 TOTAL 1,079,386.00 1,079,386.00ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIO DE SANEAMIENTO GRAU S.A. COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUES- TARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOSTRANS. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 MES 03 37702 AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL A.H FELIPE COSSIO DEL POMAR - CASTILLA - PIURA INDIRECTA 359,795.00 359,795.00 359,796.00 1,079,386.00 TOTAL 359,795.00 359,795.00 359,796.00 1,079,386.00 195613-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2008-VIVIENDA Mediante Ofi cio Nº 256-2008-VIVIENDA-SG/T el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 108-2008-VIVIENDA, publicada en la edición del 18 de abril de 2008. DICE:“Artículo 2º.- Exonerar del Proceso de Licitación Pública a la “Adquisición de Módulos Temporales de Vivienda” por la causal de Situación de Urgencia (...)”. DEBE DECIR:“Artículo 2º.- Exonerar del Proceso de Licitación Pública a la “Adquisición de Módulos Temporales de Vivienda” por la causal de Situación de Emergencia (...)”. 195857-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el Ejercicio Gravable del año 2008 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 086-2008-CE-PJ Lima, 10 de abril de 2008VISTA:La propuesta del Nuevo Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales para el ejercicio gravable 2008, remitida por la Gerencia General del Poder Judicial mediante Ofi cio Nº 388-2008-GG/PJ; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 139º, numeral 16, establece el Principio de Gratuidad de la Administración de Justicia, para las personas de escasos recursos económicos; principio que no puede hacerse extensivo indiscriminadamente a quienes no se encuentren en esta situación; Descargado desde www.elperuano.com.pe