TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de mayo de 2008 371631 Aceptan renuncia y designan Director de la Oficina de Logística del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 470-2008-PRODUCE Lima, 30 de abril de 2008VISTO: el Ofi cio S/N del señor Héctor Fidel Rojas Rodríguez; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 109-2007- PRODUCE del 25 de abril de 2007, se designó al señor Héctor Fidel Rojas Rodríguez, como Director de la Ofi cina de Logística del Ministerio de la Producción; Que, a través del documento de visto, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por razones de carácter personal; Que, en consecuencia, debe dictarse el acto de administración que acepte la renuncia formulada y designe al funcionario que desempeñará el cargo de Director de la Ofi cina de Logística del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor HÉCTOR FIDEL ROJAS RODRÍGUEZ, al cargo de Director de la Ofi cina de Logística del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Sr. AUGUSTO EFFIO ORDOÑEZ, en el cargo de Director de la Ofi cina de Logística del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 195667-3 Prorrogan plazo para que concluya el Proceso de Fusión por Absorción del CEP PAITA con el FONDEPES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 472-2008-PRODUCE Lima, 30 de abril del 2008VISTOS: el Memorando Nº 0565-2008-PRODUCE/ OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y el Informe Nº 060-2008-PRODUCE/OGAJ-JCF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE se aprobó la Fusión del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiéndole al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES la calidad de entidad incorporante; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo estableció un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la norma citada, para que concluya el proceso de fusión aprobado; Que, asimismo, el artículo 4º del Decreto Supremo de fusión, dispuso que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, adecue sus instrumentos de gestión conforme a lo establecido en el mismo, teniendo en cuenta la fi nalidad, acciones y criterios de la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, debiendo en un plazo no mayor de sesenta (60) días, elevar al Ministerio de la Producción un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones; Que, los plazos antes referidos, fueron sucesivamente prorrogados hasta el 1 de mayo de 2008; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE, el mismo que faculta al Ministerio de la Producción a dictar, de ser necesario y mediante Resolución Ministerial, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicación del referido Decreto Supremo; así como, para prorrogar los plazos dispuestos en sus artículos 2º y 4º; Que, en concordancia con los documentos de vistos, resulta necesario ampliar nuevamente los plazos previstos en los artículos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE, para la continuación del trámite de modifi cación total o parcial, del Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de conformidad con la Ley Nº 27789 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 009-2007-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Prorrogar el plazo para que concluya el Proceso de Fusión por Absorción del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; así como, el plazo para la adecuación de los instrumentos de gestión de la entidad incorporante, a los que se refi eren los artículos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE y el artículo único de la Resolución Ministerial Nº 377-2008-PRODUCE; hasta el 1 de julio de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 195858-1 Otorgan concesión especial a persona jurídica y a persona natural para desarrollar actividades de acuicultura mediante el cultivo del recurso concha de abanico RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 024-2008-PRODUCE/DGA Lima, 21 de abril de 2008Visto los escritos con Registro Nºs. 00041372 y su Adjunto Nº 1, del 11 de junio y 9 de noviembre de 2007, respectivamente, relacionados con la solicitud de concesión especial para desarrollar actividades de acuicultura en áreas naturales protegidas no declaradas intangibles, presentada por la ASOCIACION DE PESCADORES ARTESANALES Y MARICULTORES CRUZ DE MOTUPE. CONSIDERANDO:Que el artículo 6º de la Ley Nº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, establece que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción) es el ente rector a nivel nacional de la actividad acuícola que promueve, norma y controla el desarrollo de la actividad en coordinación con los organismos competentes del Estado conforme al Reglamento de la precitada Ley;Descargado desde www.elperuano.com.pe