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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de mayo de 2008 371919 Desarrollo Urbano, de esta Corporación Municipal, para la aprobación de los proyectos de edifi cación y otorgamiento de la Licencia de Obra correspondiente; asimismo, las edifi caciones que en virtud de la referida autorización se construyan, no podrán ser ocupadas sin contar con el Certifi cado de Finalización de Obra. Artículo 7º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., para su conocimiento y fi nes. Artículo 8º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, SERPAR, EMILIMA, Instituto Metropolitano de Planifi cación, División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras y a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Artículo 9º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la propietaria del predio objeto de Habilitación Urbana, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendarios contados a partir de la notifi cación de la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 196168-1 Proclaman Alcalde y lista de regidores del Centro Poblado Santa María de Huachipa para el período 2008-2012 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 226 Lima, 21 de abril de 2008VISTO: El Dictamen Nº 56-2008-MML/CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales de la Municipalidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28440 - Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, se estableció el proceso de la elección democrática de Alcaldes y Regidores de las municipalidades de centros poblados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 132º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 28440 estipula en su artículo 2º que corresponde al Alcalde Provincial convocar a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, asimismo establece que a través de ordenanza provincial se deben precisar la convocatoria, fecha del sufragio, funciones, conformación del padrón electoral e inscripción de listas de candidatos, impedimentos, tachas, reglas sobre el cómputo y proclamación de las autoridades de centros poblados, impugnaciones, asunción y juramentación de los cargos, y demás aspectos relacionados; Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 1089-MML publicado en el diario ofi cial El Peruano el 19 de noviembre de 2007 se aprobó el Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1296 de fecha 24 de septiembre de 2007, se convocó a Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa dentro del plazo establecido por la precitada Ley Nº 28440 señalándose el día 3 de febrero de 2008 para el acto de votación; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 043 de fecha 31 de enero de 2008 a solicitud del Presidente del Comité Electoral para las Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa Maria de Huachipa se resolvió prorrogar el plazo para el acto de votación en el Proceso Electoral para el domingo 09 de marzo de 2008; Que, mediante Ofi cio Nº 037-2008-CEPCPSMH de fecha 14 de marzo de 2008 se remite la Resolución Nº 018-2008-CECPSMH de fecha 13 de marzo de 2008, mediante la cual el Comité Electoral remite los resultados ofi ciales del cómputo de resultados de los comicios realizados el día 09 de marzo de 2008 indicando el siguiente resultado según la cantidad de votos: Primer Lugar : Movimiento Vecinal Solidaridad Huachipa, 786 votos, 26,8% Segundo Lugar : Movimiento Independiente Obras, Salud y Orden, 489 votos, 16,6% Tercer Lugar : Movimiento Democrático Huachipa, 458 votos, 15,6% Cuarto Lugar : Partido Aprista Peruano, 241 votos, 8,2% Quinto Lugar : Movimiento Vecinal Villodas, 236 votos, 8,0% Sexto Lugar : Movimiento Independiente Fuerza Vecinal, 201 votos, 6,8% Séptimo Lugar : Movimiento Independiente Huachipa y Punto, 197 votos, 6,7% Octavo Lugar : Movimiento Independiente Unidos por el Desarrollo Integral de Huachipa, 128 votos, 4,4% Noveno Lugar : Huachipa Adelante, 69 votos, 2,3%Votos en Blanco : 24 votos 0.8%Votos Nulos o Viciados : 104 votos, 3,5%Votos Impugnados : 5 votos, 0,2% Que, el Concejo Metropolitano en Sesión de fecha 10 de abril de 2008, cumplió con resolver las impugnaciones planteadas por ciudadanos y lista de candidatos participantes en el Proceso Electoral de Elección de Autoridades del Centro Poblado Santa María de Huachipa, en atención a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados; Que, el artículo 187° de la Constitución Política del Perú de 1993 señala que en las elecciones pluripersonales hay representación proporcional, conforme al sistema que establece la ley; Que, tanto la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683 como la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 aplicable supletoriamente al presente proceso, establecen que a la lista ganadora se le asigna la cifra repartidora o la mitad mas uno de los cargos, lo que mas le favorezca; Que, el resultado del Proceso Electoral convocado para el día 09 de marzo de 2008, dio como ganador al Movimiento Vecinal Solidaridad Huachipa al cual le corresponde la mitad mas uno de los cargos de regidor asignados a la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa, es decir cuatro (4) de los cinco (5) escaños de regidor (2.5 = 3 + 1); Que, asimismo le corresponde al Movimiento Independiente Obras, Salud y Orden, que obtuvo el segundo lugar en el presente proceso electoral un (1) escaño de regidor; Que, en ese sentido, completada la representación proporcional, corresponde se proclame a las siguientes Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa: Alcalde: Miguel Ángel Málaga Cuadros Regidor 1: Inocente Carlo Bernales Aragón (Movimiento Vecinal Solidaridad Huachipa) Regidor 2: Arturo Segura Rojas (Movimiento Vecinal Solidaridad Huachipa) Regidor 3: Antonia Lucía Enríquez Ramos (Movimiento Vecinal Solidaridad Huachipa) Regidor 4: Carmela Alicia Tapia De La Cruz (Movimiento Vecinal Solidaridad Huachipa) Regidor 5: Irma Violeta Hidalgo Vega (Movimiento Independiente Obras, Salud y Orden) Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 131° de la Ley Nº 27972, el Artículo 8º de la Ley Nº 28440, y al artículo 40° de la Ordenanza Nº 1089, el Alcalde Provincial proclama al Alcalde y su lista de Regidores, que obtiene la Descargado desde www.elperuano.com.pe