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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de mayo de 2008 371922 Crean la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad ORDENANZA Nº 103 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Santa María del Mar, en sesión Ordinaria de 28 de abril del 2008 ha dado la siguiente ordenanza: ORDENANZA DE CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Artículo Primero.- Créase en la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad, designada también con las siglas OMAPED, cuyo objetivo es establecer el vínculo entre la Municipalidad y los vecinos que sufren algún grado de discapacidad, como se defi ne en la Ley General de la Persona con Discapacidad. Artículo Segundo.- Son funciones de la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad: Empadronar a las personas con discapacidad residentes en el distrito. Sensibilizar y crear conciencia en la comunidad acerca de la problemática de las personas con discapacidad. Promover la integración social de las personas con discapacidad residentes en el distrito, en coordinación con los organismos del Estado, instituciones privadas y organizaciones que tengan fi nes similares. Realizar programas de apoyo social a las personas con discapacidad residentes en el distrito, contribuyendo a su desarrollo personal e inclusión en la sociedad en condición de igualdad, sin discriminación de raza, sexo, religión o de cualquier clase. Fomentar la participación de personas con discapacidad residentes en el distrito en actividades que la Municipalidad realiza en las áreas de cultura, deporte, educación, salud, recreación y otros. Difundir la Ley General de la Persona con Discapacidad, el Reglamento y otras disposiciones legales a favor de las personas con discapacidad y velar por el cumplimiento de estos dispositivos legales en cuanto sea de competencia municipal. Artículo Tercero.- La Ofi cina que se crea mediante la presente Ordenanza, será un órgano dependiente de la Gerencia Municipal. Artículo Cuarto.- La Gerencia Municipal coordinará con CONADIS el desarrollo de las funciones de la OMAPED. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto modifi cará la Estructura Orgánica de la Municipalidad y el Reglamento de Organización y Funciones para incluir a la OMAPED en tales documentos. POR TANTOLa promulgo en Santa María del Mar a los veintiocho días del mes de abril del 2008 y mando que se publique y cumpla. ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 195969-2MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Disponen el embanderamiento general del distrito con ocasión de celebrarse la V Cumbre América Latina, El Caribe y la Unión Europea y la XVI Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico - APEC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11-2008-DASS. Santiago de Surco, 30 de abril de 2008 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: CONSIDERANDO: Que, durante el presente año, la ciudad de Lima será sede de dos grandes eventos, como son la “V CUMBRE AMÉRICA LATINA, EL CARIBE Y LA UNIÓN EUROPEA”, a realizarse desde el día 13 al 17 de mayo del 2008 y durante esos días participarán 33 países de Latinoamérica y del Caribe y 27 de la Unión Europea, para acordar acciones concretas sobre los dos importantes temas planteados en esta cita “Pobreza, desigualdad e inclusión” y “Desarrollo sostenible: medio ambiente, cambio climático; energía”; Asimismo, durante los días 22 y 23 de noviembre del presente año, se realizará la XVI Cumbre de Líderes del “FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ASIA PACÍFICO” APEC, donde el Perú ejercerá la Presidencia y contará con la asistencia de los líderes de las 21 economías o naciones integrantes; nuestra participación tiene como ventaja ser el único miembro de la Comunidad Andina. APEC también es una plataforma para impulsar acuerdo de relaciones económicas internacionales, con esa región a fi n de que nuestro país se convierta en un socio estratégico de Asia y Oceanía dentro de América Latina; Que, con motivo de resaltar estos eventos de gran magnitud para nuestro país, se requiere de la participación conjunta de los vecinos, instituciones públicas, privadas, Iglesias y establecimientos comerciales de nuestra jurisdicción, a fi n de expresar nuestro espíritu cívico, para reafi rmar el compromiso de desarrollo de nuestro país así como de nuestro distrito, mediante el embanderamiento general del distrito; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, locales públicos y privados del Distrito de Santiago de Surco, desde las 00:00 horas del día 12 de mayo hasta las 24 horas del día 18 de mayo del año en curso, con ocasión de celebrarse la “V CUMBRE AMÉRICA LATINA, EL CARIBE Y LA UNIÓN EUROPEA”, a realizarse en la ciudad de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, locales públicos y privados del Distrito de Santiago de Surco, desde las 00:00 horas del día 21 de noviembre hasta las 24 horas del día 24 de noviembre del año en curso, con ocasión de celebrarse la “XVI CUMBRE DE LÍDERES DEL FORO DE COOPERACIÓN ECÓNOMICA ASIA PACÍFICO”- APEC, a realizarse en la ciudad de Lima. Artículo Tercero.- Los Pabellones Nacionales y Banderas a instalarse en las viviendas, locales comerciales, Instituciones públicas y privadas deberán estar en buen estado de conservación. Artículo Cuarto.- Disponer que la difusión de la presente norma, sea realizada a través de la Revista Surco, Portal de la Municipalidad y Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaria General, Ofi cina de Imagen Institucional y a la Gerencia de Sistemas y Procesos. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 196061-1Descargado desde www.elperuano.com.pe