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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2008 (15/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de mayo de 2008 372323 del mismo plazo, copia de dicha Resolución, así como de los informes que la sustentan, deberán remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar a la Unidad Ejecutora 007 - Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de selección correspondiente al Concurso Público, para la contratación del servicio de arrendamiento de bien inmueble para la Procuraduría Pública Ad Hoc, los Programas de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI y la Unidad Zonal Lima del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos y cuyo proveedor es único en el mercado, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según el detalle siguiente: a) Tipo de contrato : Servicios. b) Descripción básica : Arrendamiento de bien inmueble. c) Duración del contrato : Tres (3) años, el cual comenzará a operar a partir del día siguiente de su suscripción. d) Valor referencial : US$ 335 694.24 (Trescientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Noventa y Cuatro y 24/100 Dólares Americanos), incluido el Impuesto General a las Ventas. e) Fuente de fi nanciamiento : Recursos Ordinarios. f) Dependencia u órgano : Provías Nacional. encargado de realizar la contratación del servicio requerido Artículo 2º.- La presente Resolución, así como los Informes Nº 016 y Nº 019-2008-MTC/20.2.4, Informe Nº 142-2008-MTC-20.3-RIVO e Informe Nº 1018-2008-MTC/08, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la presente Resolución Ministerial deberá publicarse también a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 200029-1 Modifican la “Directiva que regula el procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud piscosomática para licencias de conducir” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 6694-2008-MTC/15 Lima, 12 de mayo de 2008CONSIDERANDO:Que el artículo 3º de la Ley General de Transporte y Tránsito, Ley Nº 27181, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto. Que mediante Resolución Directoral Nº 13674- 2007-MTC se aprueba la Directiva Nº 006-2007-MTC/15 “Directiva que regula el procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática para licencias de conducir” la misma que establece que profesionales en la salud pueden realizar los exámenes de aptitud psicosomática, siendo necesario flexibilizarla, acorde a la realidad nacional y a las condiciones en que vienen operando los centros de salud a nivel nacional. Que el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 018-2007- MTC establece que la Dirección General de Transporte Terrestre adecuará los procedimientos de toma de exámenes de aptitud psicosomática establecidos en la Directiva Nº 002-97-MTC/15.18 aprobada por Resolución Directoral Nº 110-97-MTC y la Directiva Nº 001-98-MTC/15.18 aprobada mediante Resolución Directoral Nº 218-98-MTC/15.18, a las exigencias del referido Decreto Supremo. Que en consecuencia resulta necesario modifi car, eliminar e incorporar ciertos aspectos y requisitos del procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática para licencias de conducir. Que de conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modifi catorias, Reglamento Nacional de Tránsito, Decreto Supremo Nº 018-2007-MTC y la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifíquese el numeral 6.1.2, la relación de restricciones contenidas en el numeral XI, el inciso f) y penúltimo párrafo del numeral XIV, el inciso c) del numeral XV, la numeración XVI y los Anexos A, B y C de la “Directiva que regula el procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática para licencias de conducir” aprobada por Resolución Directoral Nº 13674-2007-MTC/15, en los términos siguientes: VI. INSTRUCTIVOS PARA LA TOMA DE LOS EXAMENES QUE COMPRENDE LA EVALUACION PSICOSOMATICA 6.1.2.1 (...) PRUEBAS DE CAPACIDAD FUNCIONAL Y DE FUERZA MUSCULARRESULTADO Prueba de fuerza muscular, mediante elevación de peso por cada mano, por cinco (5) veces consecutivas sobre la altura de la cabeza, empleando pesas (mancuernas) o su equivalente el dinamómetro.Mayor a 2 Kg./fuerza cada mano Prueba índice - índice Sinergia Prueba índice - nariz Sinergia Prueba de Romberg Equilibrio conservado RESERVA CARDIORESPIRATORIA RESULTADO Presión Arterial Diastólica No mayor a 120 mmHg Frecuencia Pulso en reposo No mayor a 100 por minuto Frecuencia Respiratoria en reposo No mayor a 20 por minuto Auscultación de Tórax Normal MOVIMIENTOS INVOLUNTARIOS RESULTADO Coreo - atetosis Ausente Corea Ausente Parkinson AusenteDescargado desde www.elperuano.com.pe