Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2008 (15/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2008

de la Union Europea, quienes adoptaran acuerdos para acciones concretas en materia de "Pobreza, Desigualdad e Inclusion" y "Desarrollo sostenible: medio ambiente, cambio climatico y energia"; Que, siendo nuestro MORDAZA, una vitrina para el MORDAZA durante el desarrollo de la precitada Cumbre, resulta conveniente motivar el MORDAZA nacional, patriotico y civico y los sentimientos de aliento y MORDAZA del pueblo surquillano para que las decisiones que adopten los altos dignatarios de los paises convocados puedan coadyuvar a lograr que nuestro MORDAZA sea uno mejor, mas saludable, mas MORDAZA y mas MORDAZA para vivir, con igualdad de oportunidades para todos; En Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 41° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, con la aprobacion unanime de sus miembros y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACORDO: Articulo 1°.- DISPONER, el izamiento de la Bandera Nacional en el distrito de Surquillo del 12 al 18 de MORDAZA de 2008, con motivo de la celebracion de la V CUMBRE DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE MORDAZA LATINA, EL CARIBE Y LA UNION EUROPEA - ALC-UE- a realizarse en la MORDAZA de Lima. Articulo 2°.- Los titulares y poseedores de viviendas, establecimientos comerciales y de servicios publicos y privados deberan cumplir con lo dispuesto en el presente Acuerdo, debiendo izar el Pabellon Patrio en buen estado de conservacion. Articulo 3.- Encargar a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusion del presente Acuerdo a traves del MORDAZA de la Pagina Web de la Municipalidad de Surquillo y a la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes y la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente Acuerdo, teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en la Ordenanza N°119-MDS. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 199678-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Otorgan Beneficios de Regularizacion de Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 009-2008-MDLP La MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto: en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 09 de MORDAZA del 2008, el Dictamen de la Comision de Administracion Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de Regularizacion de Arbitrios Municipales remitido con Memorandum Nº 0147-2008 GAT-MDLP emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, Informe Nº 155 -2008 GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; Informe Nº 071-2008 GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal; y

Que, el articulo 194° la Constitucion Politica del Estado senala que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que el articulo 9° numeral 9) de la ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una atribucion del concejo municipal crear ,modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley. Que, el MORDAZA parrafo del articulo 40° de la acotada MORDAZA Legal establece que mediante ordenanzas se crear, modificar, suprimir o exonerar los, arbitrios tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley. Que, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, "los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y de acuerdo a los limites que senala la Ley". Que en el MORDAZA parrafo del articulo 41º del TUO del Codigo Tributario establece que "excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, los intereses y las sanciones respecto a los tributos que administra". Que, el Articulo 52° del T.U.O del Codigo Tributario, dispone "que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la ley les asigne"; Que, la politica de la actual Gestion Municipal, esta orientada a velar por el saneamiento y actualizacion de los estado de cuenta de sus contribuyentes, en la linea de fomento del bienestar Distrital, procurando dictar las medidas que permitan la solucion de la problematica planteada actuando con equidad y tomando en consideracion la situacion economica que atraviesa a nuestro MORDAZA, es necesario dar las facilidades a nuestros vecinos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por cuanto la presente gestion municipal tiene sentada sus bases en una MORDAZA, humana y eficiente administracion; Que, segun informacion Proporcionada por la Sub Gerencia de Control y Recaudacion mediante el Memorandum Nº 107-2008 SGCyR-GAT/MDLP; la base de datos del Sistema Tributario Municipal registra saldos por cobrar al 31-03-2008. Que, mediante Memorandum Nº 0147-2008 GAT/MDLP, la Gerencia de Administracion Tributaria presenta el Proyecto de Ordenanza sobre Beneficios de Regularizacion Tributaria 2008. Que, mediante Informe Nº 155-2008 GAJ/MDLP, la Gerencia de Asesoria juridica emite opina por la Procedencia del proyecto de Ordenanza de Beneficio de Regularizacion Tributaria 2008 en consecuencia debe ponerse a consideracion del Pleno del Concejo Municipal a fin de aprobarla de considerarlo pertinente. Que mediante Informe Nº 071-2008 GM-MDLP, La Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de Alcaldia para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal. Que mediante Oficio Nº 174-2008 ALC-MDLP el Despacho de Alcaldia se remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto para el pronunciamiento respectivo. Que mediante Oficio Nº 014-2008 COM. ADM. E y P /SR/MDLP, la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto remite al Despacho de Alcaldia, el Dictamen respectivo. Que, habiendose sometido a debate y, a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando a los fundamentos expuestos, y, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA UNANIME de los Senores(as) regidores (as), con la

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