Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2008 (15/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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B-017 Por acumular los agregados (piedraarena) en la via publica sin elementos rigidos (estructura mixta; base de concreto y MORDAZA de MORDAZA debidamente pintada) y/o sobrepasar los mismos 1. 00 de alto sobre el nivel de la vereda. B-018 Por no apilar el ladrillo, unicamente en modulo de berma de estacionamiento y/o exceder la altura MORDAZA establecida para apilar ladrillos (2.00 M. lineales). B-019 Por no cercar y/o delimitar el 50% de la vereda con MORDAZA, triplay u otro similar, debidamente pintado, para que sea visible y no afecte el ornato de la MORDAZA cuando se realicen obras (sotano, demoliciones, uso de equipo mecanico). B-020 Por efectuar la mezcla de concreto directamente sobre la via publica, sin perjuicio de ordenarse la paralizacion del trabajo. B-021 Por no colocar mallas, cintas plasticas de color u otro elemento similar, que delimite las pareas ocupadas por el material acumulado. B-022 Por no colocar elementos visuales que adviertan la descarga de los materiales acumulados en la via publica, desde una distancia de 50 M. y 25 M. (conos, letreros, entre otros). B-023 Por no colocar, a partir de las 18:30 horas hasta las 06:30 horas, elementos luminosos para advertir la presencia de material acumulado en la via publica; a 50 M. y 25 M. MORDAZA de estos (lamparas o similares de luz intermitente). B-024 Por usar mecheros a petroleo o kerosene para advertir la presencia de material acumulado en la via publica. B-025 Por no dejar la via publica limpia de todo material excedente, asi como reparadas las veredas y cualquier otro deterioro que se hubiera producido como consecuencia de la construccion, al termino de la obra de edificacion. B-026 Por usar maquina mezcladora o de equipo similar sin proteger la calzada, vereda y berma con mantas de plastico, debiendo mantenerlas limpias de todo material excedente. B-027 Por permitir que la via publica sea ocupada por personal obrero que labore en las obras de construccion o demolicion, para tomar sus alimentos, descansar, miccionar y/o realizar practicas deportivas. B-028 Por obstruir el MORDAZA peatonal o vehicular y/o no mantener los espacios libres (ocupar el 50% del ancho de la vereda, el 100% del modulo de la berma lateral del estacionamiento y 1. 00 M. de la calzada en forma simultanea, con material de construccion o desmonte. B-029 Por no retirar materiales de construccion de la via publica cuando la obra de edificacion se encuentra paralizada por mas de 15 dias utiles. 20% UIT. Retiro de lo indebidamente acumulado. 15% UIT. Retiro de lo indebidamente acumulado. 20% UIT.

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Multa Directa

obrero que labore en las obras de construccion, para lo cual los administrados que realicen obras civiles en el distrito estan obligados a destinar dentro de los limites en que se ejecute su obra espacios para el funcionamiento de comedores y servicios higienicos para su personal debiendo estos tomar sus alimentos y/o descansar, en el interior de la obra. CAPITULO III SENALIZACION Y PREVENCION

Multa Directa

Articulo 7.- Con la finalidad de evitar accidentes como consecuencia de la ocupacion de la via publica, segun lo establecido en el Capitulo II de la presente Ordenanza; se deberan tomar las siguientes medidas de seguridad:

Multa Directa

a) Colocar mallas, cintas plasticas de color u otro similar con elementos rigidos, que delimite las areas ocupadas por el material acumulado. b) Se colocaran elementos visuales que adviertan de la descarga de materiales, en la via publica a 50 m. y 25 m. de distancia MORDAZA de la ubicacion de estos. (conos, letreros, entre otros) c) A partir de las 18.30 horas hasta las 06.30 horas deberan colocarse letreros luminosos, para advertir la presencia del material acumulado en la via publica; a 50 m. y 25 m. MORDAZA de estos. d) Las senales de seguridad deberan cumplir con lo senalado en el Reglamento Nacional de edificaciones y las disposiciones del Codigo Internacional de Senales de seguridad. No se permitira usar mecheros a petroleo o kerosene, sino lamparas o similares de luz intermitente. CAPITULO IV OBLIGACIONES Y SANCIONES Articulo 8.- Para poder otorgarse el Certificado de Finalizacion de Obra y Zonificacion correspondiente a cualquier MORDAZA de Licencia de Obra emitida por la Municipalidad de San MORDAZA, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones, al termino de la obra de edificacion, la via publica debera quedar limpia de todo material excedente, asi como reparadas las veredas, calzada, bermas, sardineles y cualquier otro deterioro que se hubiere producido como consecuencia de la construccion, emitiendo la Unidad de Control MORDAZA y la Unidad de Obras Publicas e Infraestructura Menor los informes correspondientes. Articulo 9.- Son responsables del cumplimiento de esta MORDAZA tanto el titular de la Obra de Edificacion, asi como las personas naturales o juridicas, publicas o privadas encargadas de la ejecucion de obra. Articulo 10.- El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en los articulos de la presente Ordenanza, sera motivo de paralizacion de la Obra y aplicacion de la multa correspondiente de acuerdo al Reglamento de Aplicacion y Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones correspondiente, asi como la paralizacion inmediata de la obra respectiva y el retiro de materiales de construccion, herramientas y equipos que se encuentren en la via publica. Articulo 11.- Las infracciones que se deriven de la no observancia de la presente Ordenanza, seran sancionadas de conformidad con el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San MORDAZA vigente, incorporando al mismo, las siguientes:
B-015 Por no eliminar de la via publica el. desmonte embolsado y/o el desmonte que por su volumen no puede ser embolsado, dentro de las 48 horas siguientes a su acumulacion B-016 Por mantener desmonte en la via publica el dia sabado, todo el dia MORDAZA y feriados y/o no mantener las veredas y calzadas barridas y limpias. 20% UIT. Retiro desmonte y limpieza. 20% UIT. Retiro desmonte y limpieza. del Multa del Directa

20% UIT. Retiro de mezcla y limpieza. 15% UIT.

Multa la Directa Multa Directa Multa Directa

15% UIT.

20% UIT.

Multa Directa

15% UIT. Retiro. 50% UIT. Reparacion del dano y limpieza.

Multa Directa Multa Directa

Retiro Limpieza.

y Multa Directa

20% UIT. Retiro y limpieza.

Multa Directa

30% UIT. Retiro.

Multa Directa

20% UIT. Retiro desmonte y limpieza.

Multa del Directa

DISPOSICIONES FINALES Primera.- Dispongase que toda Paralizacion de Obra por cualquier causa que supere los 15 dias utiles, obligara al propietario a retirar los materiales de construccion de la via publica. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Fiscalizacion para que a traves de la Unidad de Control MORDAZA y la Unidad de Policia Municipal efectue el control, fiscalizacion y verificacion del cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Fiscalizacion la adecuada difusion de la presente Ordenanza. Cuarta.- Deroguese la Ordenanza Nº 322-MSB y toda disposicion legal que se oponga a la presente Ordenanza.

Multa Directa

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