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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2008 (18/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de mayo de 2008 372453 Zonifi cación Industrial – Cuadro Nº 03 (Anexo Nº 04) aprobadas mediante Ordenanza Nº 1015-MML publicada el 14 de mayo del 2007. Artículo 3º.- Plano de Alturas de Edifi cación Aprobar el Plano de Alturas de Edifi cación del distrito de La Molina (Plano Nº 02) que como Anexo Nº 04 forma parte de la presente Ordenanza que será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo 4º.- Concepto de Colindancia de Alturas Establecer que en el área materia de la presente Ordenanza, complementariamente a las Alturas normativas y Planos de Alturas aprobados, se aplica el concepto de Colindancia para precisar el número de pisos o altura de edifi cación que corresponde a un predio que se ubica inmediatamente vecino a una edifi cación de mayor altura. Los criterios aprobados se especifi can en las Especifi caciones Normativas A.16 (Anexo Nº 03). Artículo 5º.- Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas Aprobar el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Área de Tratamiento Normativo III presentado por la Municipalidad Distrital de La Molina que como Anexo Nº 05 forma parte de la presente Ordenanza, el que será de aplicación en ámbito correspondiente del distrito de La Molina, y será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de Municipalidad Distrital de La Molina En el Área de Tratamiento Normativo I será de aplicación el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas aprobado mediante Ordenanza Nº 933-MML, publicada el 5 de mayo del 2006, complementado mediante Ordenanza Nº 1015-MML. Artículo 6º.- Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios Establecer que la Municipalidad Distrital de La Molina, en estricta sujeción a los Planos y Normas aprobadas en la presente Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de Estacionamientos, Retiros y Tamaños Mínimos de Departamentos, para su aplicación en su jurisdicción. Artículo 7º.- Ordenanzas sobre Cambios Específi cos de Zonifi cación Establecer que las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Específi cos de Zonifi cación, promulgadas con anterioridad a la presente Ordenanza, tienen plena vigencia hasta el Plazo establecido en el Primer Párrafo de la Primera Disposición Final de la Ordenanza que se aprueba. Artículo 8º.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales Establecer que en el área de la presente Ordenanza, los Centros de Educación Inicial, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Areas Verdes Locales, Equipamientos Comunales y los aportes que se determinan en las Habilitaciones Urbanas son compatibles con las zonas Residenciales y por lo tanto, no tienen necesariamente califi cación especial en los planos aprobados por la presente Ordenanza. La aprobación de su construcción, operación y niveles operacionales correspondientes, depende únicamente de la Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo 9º.- Compatibilidad de Uso de los Aportes del Reglamento Nacional de Edifi caciones Los aportes para Recreación Pública y Servicios Públicos Complementarios resultantes del proceso de habilitación urbana de los predios, así como los provenientes del proceso de saneamiento físico legal, mantienen el uso para el que fueron aportados, el que prevalece sobre la califi cación que se indique en el plano de Zonifi cación que se aprueba por la presente Ordenanza.Artículo 10º.- Zona de Reglamentación Especial Universidad Agraria de La Molina Establecer como Zona de Reglamentación Especial (ZRE) al área correspondiente a la Universidad Agraria La Molina, comprendida entre la Av. Los Fresnos, Av. Raúl Ferrero, Asentamientos Humanos y Av. Las Viñas de La Molina, en la cual la Universidad Agraria, en coordinación con la Municipalidad Distrital de La Molina deberá formular el Planeamiento Integral del área que defi na los usos del suelo y el trazo de las vías locales y las vías metropolitanas, el que deberá ser sustentado en estudios de impacto vial y de impacto ambiental. Dicha propuesta, con la opinión favorable de la Municipalidad Distrital de La Molina y del Instituto Metropolitano de Planifi cación, será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación por Ordenanza Metropolitana. Artículo 11º.- Zona de Reglamentación Especial Las Canteras de la Molina Establecer como Zona de Reglamentación Especial (ZRE) al área conformada por los terrenos de la Arenera La Molina en los cuales el propietario, deberá realizar el estudio de Planeamiento Urbano correspondiente que considere aspectos de seguridad física, impacto ambiental, factibilidad de servicios, saneamiento legal, la defi nición de los Usos del Suelo y el Sistema vial. Dicha propuesta, con las opiniones favorables de las Municipalidades Distritales de La Molina y Pachacámac y del Instituto Metropolitano de Planifi cación, será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación por Ordenanza Metropolitana. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera .-Disponer que en el plazo de noventa (90) días calendario la Municipalidad Distrital de La Molina, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, las Normas sobre Estándares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la localización de actividades urbanas en el distrito. Segunda.- Disponer que todos los Expedientes en trámite relacionados a los Cambios Específi cos de Zonifi cación del distrito de La Molina, que se encuentren en las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sean remitidos a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fi n de ser resueltos en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. Tercera .- Autorizar se asigne la zonifi cación que corresponda a la zona denominada Cerros de San Francisco luego de resuelta la consulta legal formulada a solicitud expresa de la Municipalidad Distrital de la Molina. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Garantícese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonifi cación e Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de La Molina que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiéndose que los mismos, dentro de dos años, sean evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Distrital, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Excepcionalmente y a pedido de la Municipalidad Distrital, se podrán realizar modifi caciones al Indice de Usos, a partir de ciento ochenta (180) días calendario de su aplicación. Durante dicho período, se suspenden los Cambios Específi cos de Zonifi cación, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversión que se califi quen de Interés Local por el Concejo Distrital o de Interés Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual, se seguirá el proceso que se precisa en la Segunda Disposición Final. Segunda.- Establézcase un régimen excepcional de Cambios Específi cos de Zonifi cación que promueva la Descargado desde www.elperuano.com.pe