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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de mayo de 2008 372436 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de la República Federativa de Brasil y de la República de Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-2008-DE/SG Lima, 14 de mayo de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 442 de fecha 05 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, el 25 de agosto del 2003 se fi rma el Memorando de Entendimiento entre los Gobiernos de Perú y Brasil sobre cooperación en materia de vigilancia y Protección de la Amazonía, mediante el cual Brasil proporcionará asesoramiento y cooperación técnica para la integración progresiva al SIVAM por parte del Perú; Que, como parte de las actividades de integración progresiva del Perú al SIVAM-SIPAM con Brasil, se realizan operaciones combinadas de transferencia de blancos entre las fuerzas Aéreas de Perú y de Brasil, denominados PERBRA; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa de Brasil, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, para participar en la Reunión Inicial de Planeamiento de la Operación Perú-Brasil III (PERBRAIII) del 18 al 24 de mayo de 2008. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 201180-1RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2008-DE/SG Lima, 14 de mayo de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 440 de fecha 05 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, el año 2007 se llevó a cabo la V Reunión de Estados Mayores y XX Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú, en la que se acordó realizar intercambios profesionales y académicos para el año 2008, habiéndose considerado la realización de una pasantía en el Crucero Oceanográfi co “ENOS 2008”, a bordo del B.A.P “Carrasco”. Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 18 de mayo al 17 de junio de 2008, para participar en una pasantía en el Crucero Oceanográfi co “ENOS 2008”, a bordo del B.A.P “Carrasco” de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 201180-2 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban modelo de Convenio de Gestión a ser suscrito con Gobiernos Locales Provinciales para la Gestión de Programas y Servicios Sociales durante el año 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2008-MIMDES Lima, 14 mayo de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe