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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de mayo de 2008 372503 Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de abril de 2008; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del Artículo 59º de la Ley, el numeral 14 del Artículo 3º y el numeral 23 del Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la publicación de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de abril de 2008: 1.SERVICIOS Y REPUESTOS DE MOTORES DIESEL CALLAO S.R.L. (SERMODIC S.R.L.) Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolución, causal tipificada en el literal b) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 883-2008-TC-S3 de 28.03.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 2.CREYVAL COMPUTER S.A.C. Inhabilitación por nueve (9) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 965-2008-TC-S3 de 04.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 3.CORPORATION SIMEH E.I.R.L. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 971-2008-TC-S3 de 07.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 4. IMPORTACIONES ATC MOTOR´S S.R.L. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1010-2008-TC-S3 de 10.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 5.INDUSTRIAL PERUANA S.A. Mediante Resolución Nº 1012-2008-TC-S3 de 10.04.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 835-2008-TC-S3 de 26.03.2008, que le sanciona con ocho (8) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 6.PROFESSIONAL AVIATION ASSOCIATES INC. Inhabilitación defi nitiva en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse confi gurado la causal de reincidencia establecida en el artículo 209º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 1013-2008-TC-S3 de 10.04.2008.7.AVILAN SANTOS SOLUTIONS. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no suscribir injustificadamente el contrato, infracción tipificada en el literal a) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 1022-2008-TC-S3 de 11.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 8.CODISA TRADING E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 1024-2008-TC-S3 de 11.04.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 857-2008-TC-S3 de 27.03.2008, que le sanciona con nueve (9) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 9.A & J CONTRATISTAS E.I.R.L. Mediante Resolución Nº 1025-2008-TC-S3 de 11.04.2008, se declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución Nº 865-2008-TC-S3 de 27.03.2008, que le sanciona con nueve (9) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10.TOLOMEO VILCA COLONIO. Mediante Resolución Nº 1308-2008-TC-S3 de 08.05.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución Nº 1026-2008-TC-S3 de 11.04.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 11. METAL MECÁNICA S.A. (EMEMSA). Inhabilitación por dieciséis (16) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infracción tipificada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1026-2008-TC-S3 de 11.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 12. CONSTRUCTORA, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. Inhabilitación por diecisiete (17) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustifi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1038-2008-TC-S3 de 11.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 13.WEYMO CONTRATISTAS S.R.L. Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustifi cado de sus obligaciones derivadas del contrato dando lugar a su resolución, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 1039-2008-TC-S3 de 11.04.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución.Descargado desde www.elperuano.com.pe