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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2008 (29/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de mayo de 2008 372982 Trabajo y Promoción del Empleo, para participar en la 97º reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo - OIT, como Jefe de la Delegación Peruana, así como encargar la Cartera de Trabajo y Promoción del Empleo a la Ministra de Justicia, quien lo reemplazará; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión ofi cial del señor MARIO PASCO COSMOPOLIS, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Ginebra - Suiza, del 4 al 14 de junio de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 3,200.00 Viáticos: US$ 2,340.00Tarifa Corpac (TUUA): US$ 30.25 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Trabajo y Promoción del Empleo a la señora ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA, Ministra de Justicia, a partir del 4 de junio de 2008 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación y será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MARIO PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 206157-7 AGRICULTURA Dan por concluida transferencia de maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas efectuada a favor del Gobierno Regional del departamento de Arequipa DECRETO SUPREMO Nº 013-2008-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006- PCM, se incorporó en el “Plan Anual de Transferencia y Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, la transferencia de mil seiscientos sesenta y siete (1,667) equipos de maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP), del Ministerio de Agricultura a favor de veintitrés (23) Gobiernos Regionales para la ejecución de obras de encauzamiento de ríos, defensas ribereñas y prestación de servicios de mecanización agrícola dentro de sus respectivas jurisdicciones, cuyo número fue modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM a mil seiscientos sesenta y dos (1,662) equipos, con un monto estimado de S/. 171’907,763.00 (Ciento Setenta y Un millones Novecientos Siete Mil Setecientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolución Presidencial Nº 100- CND-P-2006, se aprobaron las normas específi cas para la transferencia de bienes del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales, previo cumplimiento de los procedimientos, plazos y mecanismos de verifi cación fi jados por la mencionada norma, estableciendo que el proceso de transferencia concluye con la dación del respectivo Decreto Supremo por parte del Ministerio de Agricultura ; Que, en mérito a la norma legal glosada en el considerando precedente, mediante Resolución Ministerial Nº 01513-2006-AG, el Ministerio de Agricultura conformó la Comisión de T ransferencia de Entrega de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del PMAAP a los Gobiernos Regionales; Que, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros ha expedido la Resolución Secretarial Nº 001-2007-PCM que incluye al Gobierno Regional del departamento de Arequipa, declarando a dicho Gobierno Regional haber cumplido con todos los mecanismos de verifi cación requeridos, declarándolo apto para acceder a la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas incluidos en el Plan Anual de Transferencias del año 2006, debiendo el Ministerio de Agricultura continuar el procedimiento establecido en la Resolución Presidencial Nº 100-CND-P-2006; Que, mediante la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción de fecha 10 de abril del 2008, el Ministerio de Agricultura ha transferido al Gobierno Regional de Arequipa, noventa y uno (91) equipos, respectivamente, entre maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas, con un valor patrimonial ascendente a S/. 8, 478,421.35 (Ocho millones cuatrocientos setenta y ocho mil cuatrocientos veintiuno y 35/100 Nuevos Soles), para la ejecución de obras de encauzamiento, defensas ribereñas y prestación de servicios de mecanización agrícola dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, conforme al numeral 4.10 de las normas específi cas para la transferencia de equipos de maquinarias, aprobado por Resolución Presidencial Nº 100-CND-P-2006, corresponde dictar el correspondiente Decreto Supremo que da por concluida la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Ministerio de Agricultura a favor del Gobierno Regionale del departamento de Arequipa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM se amplió hasta el 31 de diciembre de 2008, el plazo para culminar la transferencia, entre otros, de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Ministerio de Agricultura, a los Gobiernos Regionales y Locales, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencia de maquinaria Agrícola y Pesada, Implementos y Equipos Agrícolas a los Gobiernos Regionales Dar por concluida la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas, efectuada por el Ministerio de Agricultura a favor del Gobierno Regional del departamento de Arequipa, cuyas características y valores se detallan en el anexo adjunto que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Procedimientos administrativos para la transferencia de los equipos a los Gobiernos Regionales Autorizar a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Agricultura a efectuar las acciones administrativas necesarias para formalizar la transferencia a que se refi ere el artículo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a los valores que fi guran en el anexo adjunto. Descargado desde www.elperuano.com.pe