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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2008 (29/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de mayo de 2008 372993 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 38 514 414,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 011 Ministerio de SaludFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 5. GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales 18 259 457,00 3 Bienes y Servicios 17 904 182,00 6. GASTOS DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital 2 350 775,00 _____________ TOTAL FUENTE 1 38 514 414,00 _____________ TOTAL EGRESOS 38 514 414,00 ============= A LA:SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 5. GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales 18 259 457,00 3 Bienes y Servicios 17 904 182,00 6. GASTOS DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital 2 350 775,00 ____________ TOTAL FUENTE 1 38 514 414,00 ____________ TOTAL EGRESOS 38 514 414,00 =========== El detalle de los recursos asociados a las Transferencias de funciones sectoriales en materia de Salud a los 24 Gobiernos Regionales están especifi cados en el Cuadro Nº 1; los recursos asociados a los 24 Gobiernos Regionales por grupo genérico del gasto se encuentran detallados en el Cuadro Nº 2; las transferencias desagregadas a nivel de unidad ejecutora, función, programa, subprograma, actividad y proyecto, grupo genérico de gasto y fuente de fi nanciamiento del Pliego Habilitador se detalla en los Anexos adjuntos al presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Obligación de desagregar las Transferencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan los gastos mediante Resolución del Titular del Pliego a nivel de actividad y proyecto y genérica del gasto dentro de los cinco días siguientes de la aprobación del presente dispositivo. La citada Resolución se remite a los cinco días de aprobada a los Organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 3º.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Salud y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil ocho.ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas HERNÁN GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud Cuadro Nº 1: Recursos asociados a la transferencia a 24 gobiernos regionales de funciones sectoriales en materia de salud. Fuente de fi nanciamiento: recursos ordinarios. Abril – diciembre 2008 (en Nuevos Soles). Competencia o función. Art. 49º LOGR Recursos por transferirseActividades que se fi nancian Abril - Diciembre 2008 c) Coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional3 056 703,00 Programa Salud Básica para Todos: Personal asistencial. g) Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los Gobiernos Locales.3 605 938,00 Fortalecimiento de los equipos de vigilancia y control epidemiológico (control de brotes), sostenimiento de los equipos que realizan el control de ETS, implementación de equipos de salud mental en las regiones para la aplicación del PIR. i) Conducir y ejecutar coordinadamente con los órganos competentes la prevención, protección y control de riesgos y daños de emergencias y desastres.4 437 523,00 Vigilancia y acciones sectoriales e intersectoriales de promoción, protección y recuperación de la salud ambiental y ocupacional en el ámbito regional k) Promover y preservar la salud ambiental de la región.8 317 528,00 Vigilancia y acciones sectoriales e intersectoriales de promoción, protección y recuperación de la salud ambiental y ocupacional en el ámbito regional. m) Poner a disposición de la población, información útil sobre la gestión del sector, así como de la oferta de infraestructura y servicios de salud611 050,00 Acciones para la difusión de información en salud. p) Promover la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos humanos y articular los servicios de salud en la docencia e investigación y proyección a la comunidad.18 485 672,00 Conducción y administración de los programas de SERUMs. TOTAL S/. 38 514 414,00 Cuadro Nº 2 – Recursos asociados a la transferencia a 24 gobiernos regionales por grupo genérico de gasto. Fuente de fi nanciamiento: recursos ordinarios Abril – diciembre 2008 (en Nuevos Soles) GOBIERNO REGIONAL GRUPO GENERICO DE GASTO TOTAL 13 7 Amazonas 1,285,618 531,840 111,297 1,928,755 Ancash 512,455 634,239 127,690 1,274,384 Aprurímac 1,293,101 855,202 111,396 2,259,699 Arequipa 780,646 586,808 73,898 1,441,352 Ayacucho 533,426 829,746 122,462 1,485,634 Cajamarca 2,078,275 995,702 166,972 3,240,949 Cusco 690,757 350,601 49,450 1,090,808 Huancavelica 690,757 574,215 83,718 1,348,690 Huánuco 704,245 594,484 99,380 1,398,109 Ica 512,455 537,124 117,648 1,167,227 Junín 635,326 810,997 164,353 1,610,676 La Libertad 566,407 537,334 80,068 1,183,809 Lambayeque 539,431 493,740 88,478 1,121,649 Lima 969,480 3,974,573 104,317 5,048,370 Loreto 690,757 939,406 91,590 1,721,753 Madre de Dios 690,757 381,575 65,794 1,138,126 Moquegua 368,613 296,546 67,284 732,443 Pasco 669,785 498,297 107,299 1,275,381 Piura 1,086,345 999,572 118,532 2,204,449 Puno 642,809 545,569 83,498 1,271,876 San Martín 629,321 599,557 66,248 1,295,126 Tacna 471,991 337,696 55,028 864,715 Tumbes 498,967 441,502 63,194 1,003,663 Ucayali 717,733 557,859 131,181 1,406,773 Total 18,259,457 17,904,182 2,350,775 38,514,414Descargado desde www.elperuano.com.pe