TEXTO PAGINA: 21
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de mayo de 2008 372991 Viáticos: US$. 220.00 x 2 Personas x 4 días Pasajes: Lima - Panamá - Lima US$. 759.39 x 2 Personas Viáticos: US$. 200.00 x 2 Personas x 3 días Pasajes: Lima - Santiago de Chile - Lima US$. 819.41 x 2 Personas Viáticos : US$. 200.00 x 2 Personas x 3 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 30.25 x 10 PersonasArtículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la Comisión a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El mencionado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GALVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 206157-11 Designan representante del Ministerio en las gestiones administrativas relacionadas a los auspicios de la Iniciativa Global de Operaciones de Paz para el año 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 501-2008-DE/SG Lima, 27 de mayo de 2008 Visto el Ofi cio N° 154/MAAG/ARSEC-LOG, del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, de fecha 11 de febrero de 2008. CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, con el cual manifi esta que con el propósito de completar la documentación requerida para solicitar la Licencia de Exportación de SIETE (7) vehículos 4 x 4 de uso militar, HUMVEES Modelo M1026, cuyo costo unitario es de CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SEIS CON 54/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 48,306.54), se requiere que el Gobierno Peruano complete debidamente el “Certifi cado de No Transferencia y Uso”, Formato DSP-83 del Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos de América; indicando que el item N° 8, a solicitud del Departamento de Estado de los Estados Unidos, deberá ser fi rmado por un representante del Gobierno del Estado de destino fi nal que tiene la autorización para comprometer al Gobierno del país que representa.Que, bajo los auspicios de la Iniciativa Global de Operaciones de Paz (GPOI) y amparado por la Nota Diplomática N° 447 de la Embajada de los Estados Unidos al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú de fecha 24 de mayo de 2007, y Nota RE (GAB) N° 6-3/286 del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Embajada de los Estados Unidos de América de fecha 13 de julio de 2007, se ha acordado las donaciones contempladas por la Ley de Ayuda Extranjera de 1961, tal como ésta ha sido modifi cada, o legislación subsiguiente y la entrega de artículos de defensa, a una capacitación relacionada con estos artículos y otros servicios de defensa, de parte del Gobierno de los Estados Unidos de América al Gobierno de la República del Perú; Que, es necesario designar al Director General de Relaciones Internacionales como Representante del Ministerio de Defensa en las gestiones administrativas relacionadas a los auspicios de la Iniciativa Global de Operaciones de Paz (GPOI), para el año 2008; Que, la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 74°, numerales 74.1 y 74.3, establece que la titularidad y el ejercicio de la competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, transfi riéndoles competencia para emitir Resoluciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al Embajador José Antonio Bellina Acevedo, Director General de Relaciones Internacionales, como representante del Ministerio de Defensa, en las gestiones administrativas relacionadas a los auspicios de la Iniciativa Global de Operaciones de Paz (GPOI), para el año 2008 Artículo 2º.- Autorizar al citado Embajador a suscribir toda la documentación administrativa necesaria para los fi nes de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíqueseANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 205940-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 507-2008-DE/SG Lima, 28 de mayo de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 439 de fecha 05 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el Programa de Actividades Operacionales del año 2008 de la Marina de Guerra del Perú, aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 29221, se encuentra considerada la participación del buque de los Estados Unidos de América USS “BOXER”, para la realización de un ejercicio de acción cívica en el mes de junio; Que, personal militar de los Estados Unidos de América sostendrá reuniones ofi ciales previas a la llegada del mencionado Buque; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la Descargado desde www.elperuano.com.pe