Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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EXPOSICION DE MOTIVOS

PROYECTO
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El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

Teniendo en cuenta que la determinacion de Sectores de Distribucion Tipicos, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 028-2008-EM/DGE, fue publicada el 11 de setiembre de 2008; resulto necesario que mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 592-2008-OS/CD, se postergue el inicio de Procedimiento para la Fijacion de las Tarifas de Distribucion Electrica: Valor Agregado de Distribucion (VAD), correspondiente al periodo noviembre 2009 ­ octubre 2013, de manera que el "Encargo del Estudio de Costos del VAD", se efectuara a mas tardar el 03 de noviembre de 2008. Sin embargo, resulta imposible iniciar el mencionado procedimiento regulatorio en la fecha indicada en el parrafo precedente, toda vez que segun los resultados obtenidos el 29 de octubre de 2008, en el Concurso de Precalificacion de Empresas Consultoras para la Elaboracion de los Estudios de Costos del VAD, solo se encontraron aptas dos empresas consultoras, lo cual implica que a la fecha no se cuenta con la cantidad minima de empresas consultoras para la elaboracion de los estudios mencionados, toda vez que de acuerdo a las normas aplicables se requiere como minimo 7 empresas

consultoras, es decir, una para cada uno de los sectores tipicos aprobados por la Resolucion Directoral Nº 0282008-EM/DGE. La situacion descrita en los parrafos que anteceden determina la necesidad de convocar a una nueva precalificacion de empresas consultoras con la finalidad de alcanzar la cantidad minima requerida y postergar el inicio del mencionado procedimiento regulatorio; en consecuencia, se requiere tambien la modificacion de los plazos de las diferentes etapas (procesos) previstas en dicho procedimiento, de tal forma, que la Publicacion de la Resolucion de Fijacion del VAD (periodo noviembre 2009 ­ octubre 2013) pueda efectuarse a mas tardar el 16 de octubre de 2009, de acuerdo al cumplimiento del Articulo 72 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y el Articulo 152º de su Reglamento; siendo conveniente que para evitar confusiones se apruebe un procedimiento especial para la proxima fijacion, que incluya los plazos modificados. El proyecto materia de la presente exposicion de motivos, cumple con los objetivos indicados. 272702-1

Exposicion de Motivos correspondiente a la Prepublicacion del "Procedimiento de Fijacion de Tarifas de Distribucion de Gas Natural en MORDAZA y Callao para el Periodo 2009-2013"
(La resolucion en referencia fue publicada el 30 de octubre de 2008) ANEXO RESOLUCION OSINERGMIN Nº 643-2008-OS/CD

Prepublicacion del "Procedimiento de Fijacion de Tarifas de Distribucion de Gas Natural en MORDAZA y Callao para el Periodo 2009-2013"
EXPOSICION DE MOTIVOS El sistema de distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao, se encuentra conformado por la Red Principal de Distribucion y por el sistema de Distribucion de gas natural por Red de Ductos (Otras Redes), sistemas que poseen tarifas, procesos tarifarios y normas regulatorias independientes. Las tarifas de la Red Principal de Distribucion y del sistema de Distribucion de gas natural por Red de Ductos (Otras Redes) se determinan de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Anexo J y F, respectivamente, del Texto Unico Ordenado y Concordado de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobado por OSINERGMIN, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 775-2007-OS/CD. Ambos procedimientos poseen las mismas etapas pero en algunos casos con diferentes plazos de ejecucion. Las tarifas de la Red Principal de Distribucion, para el periodo 2008-2010, se fijaron mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 340-2008-OS/CD, mientras que las tarifas del sistema de Distribucion de gas natural por Red de Ductos (Otras Redes), para el periodo 2008-2012, se encontraban en pleno MORDAZA de fijacion, especificamente en la etapa de publicacion del proyecto de resolucion que fija las tarifas, para lo cual OSINERGMIN habia emitido la Resolucion OSINERGMIN Nº 610-2008-OS/CD, debiendose publicarse la resolucion final de fijacion en noviembre de este ano. Sin embargo, de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 048-2008-EM y a la solicitud presentada por la empresa Calidda, el MORDAZA de fijacion de tarifas de Distribucion de gas natural por Red de Ductos (Otras Redes), ha quedado sin efecto y se debe proceder a establecer un MORDAZA procedimiento de fijacion de tarifas, el cual debe considerar la integracion de la Red Principal de Distribucion y del sistema de Distribucion de gas natural por Red de Ductos (Otras Redes) en un solo sistema. En ese sentido, es necesario contar con un MORDAZA procedimiento que establezca solamente las etapas imprescindibles que contienen los procedimientos de fijacion de la Red Principal de Distribucion y del sistema de Distribucion de gas natural por Red de Ductos (Otras Redes), reduciendo en lo posible los plazos de ejecucion de dichas etapas, con la finalidad de contar con las tarifas respectivas a la brevedad posible, considerando ademas que el MORDAZA de fijacion de las tarifas del sistema de Distribucion de gas natural por Red de Ductos (Otras Redes) ya se encontraba avanzado. 272670-1

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