Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES
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DECRETA:

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

presente Ordenanza y hasta el 11 de Diciembre en la Oficina de los Registros Civiles de la Municipalidad y en las Agencias Municipales de Los Huertos de Manchay y MORDAZA Galvez. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza se encontrara vigente hasta la ejecucion del Matrimonio Comunitario. Articulo Septimo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaria General, a la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil, a la Unidad de Abastecimientos, Unidad de Imagen Institucional, y a las Agencias Municipales de MORDAZA MORDAZA y Los Huertos de Manchay, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, cumplase, archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 271690-1

Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General del Distrito de Pueblo Libre, en las viviendas, instituciones publicas y privadas y locales comerciales, del 01 al 30 de Noviembre de 2008, con motivo de la realizacion en la MORDAZA de MORDAZA de la XVI Cumbre del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA ­ APEC. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 272444-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo de la realizacion de la XVI Cumbre del APEC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2008-MPL Pueblo Libre, 28 de Octubre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, del 16 al 23 de Noviembre proximos, se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, las reuniones centrales de la XVI Cumbre del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA ­ APEC, dentro del MORDAZA de una serie de actividades que se han venido realizando a lo largo del presente ano, tendiendo como sede al Peru, reunion que reviste especial importancia por ser nuestro MORDAZA el unico miembro de la Comunidad MORDAZA integrante del APEC; Que, la XVI Cumbre del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA ­ MORDAZA ­ APEC, tiene como premisa lograr "Un MORDAZA compromiso para el desarrollo de MORDAZA Pacifico" idea escogida por nuestro MORDAZA, con el objetivo de ampliar la participacion en el MORDAZA de construccion de la comunidad de MORDAZA MORDAZA a otros actores, promoviendo la asociacion entre los sectores publico y privado, la inclusion de los representantes de la Sociedad Civil y el concurso de los organismos financieros internacionales; fortaleciendo el enfoque del desarrollo humano y economico que comprenda de manera integral los MORDAZA temas que afectan a la region, como seguridad energetica, la seguridad humana, el cambio climatico y el crecimiento economico sostenible; Que, la Administracion Municipal del Distrito de Pueblo Libre, comparte los objetivos expresados y considera necesario resaltar hechos historicos trascendentes como este, con el proposito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

Establecen beneficio de regularizacion tributaria y no tributaria en el distrito
ORDENANZA Nº 153 San MORDAZA de Lurigancho, 27 de octubre de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO, en sesion ordinaria de la fecha y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el articulo 60° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, se precisa que conforme a lo establecido por el inciso 4) del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la ley; Que, la MORDAZA IV del titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el articulo 41º del Codigo Tributario establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley y excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo. Que, siendo politica de la actual gestion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias otorgando beneficios para la regularizacion de sus deudas a favor de los vecinos de San MORDAZA de Lurigancho; debiendo en esta oportunidad atender a aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en una situacion economica dificil que les ha impedido acogerse bajo las diferentes modalidades a beneficios anteriores; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion de actas se aprobo la siguiente:

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