Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

382710

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2006AG publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de MORDAZA del 2006, se aprobo el "Plan Nacional de Desarrollo Ganadero 2006-2015", en el cual se aprueba los lineamientos de politica, estrategias y lineas de accion para el desarrollo de la pequena y mediana ganaderia; el mismo que es resultado de los aportes de los agentes involucrados y a traves de 8 talleres regionales donde participaron ganaderos e instituciones representativas de 22 regiones; Que, el Plan Regional de Desarrollo Ganadero MORDAZA 2008-2015 ­ PRDG, constituye un instrumento de cumplimiento obligatorio para el Sector Publico Regional y orientador para el Sector Privado, para lograr el desarrollo integral, sostenido y sustentable de la actividad Ganadera en el ambito de la Region Ayacucho; cuya vision principal, es hacer de la Ganaderia una actividad competitiva, rentable social y ambientalmente sostenible, articulada y posicionada en el MORDAZA nacional e internacional, mediante la Oferta de productos de calidad en alianza con organizaciones empresariales de la produccion e instituciones publicas y privadas; Por lo que en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros, aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR, "El Plan Regional de Desarrollo Ganadero 2008-2015" para el ambito de la Region MORDAZA, cuyo texto consta de cinco capitulos, Bibliografia y Anexos, en un total de 78 folios; que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional MORDAZA, sea la instancia tecnico-normativa encargada de evaluar y monitorear el cumplimiento del "Plan Regional de Desarrollo Ganadero 2008-2015". Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion Regional Agraria MORDAZA la implementacion y ejecucion del "Plan Regional de Desarrollo Ganadero 2008-2015", haciendo extensivo al resto de provincias no consideradas en su I Etapa con criterio de vocacion productiva y aprovechamiento de ventajas competitivas; y encargando el reporte de los informes semestrales de avance de metas y ejecucion presupuestal a la Presidencia Regional, Consejo Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Economico, a partir de la promulgacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, enmarque la ejecucion de la meta "Apoyo a campesinos pastores de altura de los Departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica - PROALPACA" en el MORDAZA de las estrategias, politicas y ejes de intervencion, contenidos en el "Plan Regional de Desarrollo Ganadero 2008 - 2015" Articulo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano; y el texto integro del "Plan Regional de Desarrollo Ganadero 2008-2015" en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional Ayacucho: www.regionayacucho.gob.pe. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 22 dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 22 dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 271633-1

Disponen que los profesionales que ingresen a prestar servicios en la Administracion Publica en el ambito de la Region MORDAZA, deberan presentar MORDAZA de Colegiatura en sus respectivos Colegios Profesionales
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2008-GRA/CR MORDAZA, EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha 09 de setiembre de 2008, trato el tema relacionado a la obligatoriedad de todos los profesionales en el ambito de la Region MORDAZA que ocupen cargos de confianza y contrataciones bajo cualquier modalidad, la obligatoriedad del Registro de Colegiatura en su respectivo Colegio Profesional; y CONSIDERANDO: Que, el Titular del Pliego Regional con las atribuciones conferidas por el literal q) del Art. 21º de la Ley Nº 27867, mediante Oficio Nº 532-2008-GRA/PRES del 07-072008, propone al Consejo Regional la iniciativa legislativa para regular mediante Ordenanza Regional que los profesionales en el ambito de la Region que presten servicios profesionales en las entidades publicas deben ser colegiados, y acreditar su correspondiente certificado de habilidad; Que, conforme establece el Articulo 20º de la Constitucion Politica del Peru, los Colegios Profesionales son instituciones autonomas con personalidad de derecho publico. Prescribiendo que la ley senala los casos en que la colegiatura es obligatoria. Los Colegios Profesionales se rigen por la ley de creacion, Estatutos y Reglamentos; Que, el Inc. a) del Art. 15º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional tiene atribuciones para aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materia de competencia, concordante con el literal a) del Art. 48º del referido cuerpo legal, atribucion para formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de trabajo, promocion del empleo; Que, mediante el Art. 1º de la Ley Nº 28948, Ley de Institucionalizacion del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru, como institucion autonoma con personeria de derecho publico sin fines de lucro, representativa de todas las profesiones organizadas en Colegios Profesionales del MORDAZA, sin perjuicio de la autonomia que les corresponde de acuerdo con sus leyes de creacion, estatutos y/o reglamentos. El articulo 2º de la MORDAZA acotada establece la constitucion de los Consejos Regionales de Decanos de los Colegios Profesionales en cada region, concordante con el Inc. b), e) y f) del Art. 3º de la MORDAZA invocada, siendo entre sus finalidades de promover la colegiacion y habilitacion para el ejercicio profesional. Promover y proteger el ejercicio profesional, conforme a ley. Velar por el cumplimiento de las normas eticas y deontologicas de cada profesion;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.