Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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necesarias asi como la provision de recursos que demande el cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 272117-1

Aprueban transferencia financiera a favor de diversas entidades publicas y proyectos
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 085-2008-GR.CAJ-CR MORDAZA, 7 de octubre de 2008 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 03 de octubre del ano 2008; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 0032008-GR.CAJ/COAJ-COP evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Planeamiento referente a la transferencia de proyectos del Gobierno Regional MORDAZA a entidades Publicas, con el MORDAZA unanime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, mediante Oficio Nº 1296 -2008-GR.CAJ/GGRSG, de fecha 02 de setiembre de 2008, la Secretaria General, Abog. Luvy MORDAZA MORDAZA, eleva al Consejo Regional el Acuerdo Nº 02 de Directorio de Gerentes, el mismo que senala: Teniendo en cuenta la Directiva N 06-2008-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI que "Establece los mecanismos para canalizar las iniciativas normativas en materias y asuntos de competencia del Gobierno Regional Cajamarca", la cual en su acapite VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS, numeral 6.5 senala que, corresponde la aprobacion de la pertinencia de las iniciativas en asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional MORDAZA al Directorio de Gerentes Regionales, esto es, se le otorga al Directorio de Gerentes la atribucion para constituirse en un filtro de la documentacion que ingrese a las sesiones del Consejo Regional; y, estando a lo sustentado por el Eco. MORDAZA Ibanez MORDAZA, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, respecto a que procede la transferencia financiera a favor de las entidades publicas y para los proyectos descritos en el cuadro anterior, debiendo: a) Suscribirse los Convenios pertinentes con cada una de ellas; b) Los recursos a transferirse deben ser aplicados exclusivamente para la ejecucion de los proyectos materia de la transferencia y; c) Debera cumplirse previamente con efectuar la modificacion presupuestaria de la Generica del Gasto 6.5 Inversiones a 6.7 otros gastos de capital y la entidad receptora debera incorporarlo a su presupuesto en la fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias, lo que asegurara la no reversion en el caso de su no utilizacion al 31 de diciembre por ser recursos ordinarios; se acuerda por unanimidad: Derivar al Consejo Regional, la iniciativa propuesta por el lng. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Memorando N° 1200-2008-GR.CAJ/GGR, para solicitar la aprobacion de la transferencia de los presupuestos para los proyectos descritos, sin perjuicio a que previamente se recepcione el informe presupuestal correspondiente y de acuerdo a lo sustentado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento territorial; - Que, con Oficio Nº 1294-2008-GR.CAJ/GRPPATSGPT, de fecha 02 de setiembre de 2008, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Eco. MORDAZA Ibanez MORDAZA, emite Opinion para Transferencias Financieras del Gobierno Regional MORDAZA a otros Organismos Publicos, en la cual previo analisis de la propuesta de la Gerencia General manifesto que el Gobierno Regional MORDAZA, en el MORDAZA de lo

establecido en el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, asi como lo prescrito por el articulo 2° de la Ley N° 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, por lo que esta facultado a efectuar transferencias financieras de fondos publicos a otros Organismos Publicos, previo Acuerdo de Consejo Regional. De otro lado la Ley N° 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que tales Gobiernos tienen como competencia, entre otros, el de promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos en dicho ambito, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversion privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. Es asi que teniendo en cuenta el antecedente que sobre el particular ha emitido conformidad la Direccion Nacional del Presupuesto Publico sobre transferencias similares del Gobierno Regional de Huancavelica a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun Oficio N° 12682005-EF/76.15, el mencionado funcionario opino por la procedencia de la transferencia financiera a favor de las entidades publicas y para los proyectos que en anexo se detalla; debiendo suscribirse los Convenios pertinentes con cada una de ellas; precisando que los recursos a transferirse deben ser aplicados exclusivamente para la ejecucion de los proyectos materia de la transferencia. De igual manera, debera cumplirse previamente con efectuar la modificacion presupuestaria de la Generica del Gasto 6.5 Inversiones a 6.7 Otros Gastos de Capital y la entidad receptora debera incorporarlo a su presupuesto en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias; lo que asegurara la no reversion en el caso de su no utilizacion al 31 de Diciembre por ser Recursos Ordinarios; - Que, mediante Oficio Nº 793-2008-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 19 de setiembre de 2008, el Director Regional de Asuntos Juridicos, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emite opinion legal en los siguientes terminos siguientes: a) Dentro del MORDAZA legal lo dispuesto por el articulo 15°, literal c. de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, segun el cual es atribucion del Consejo Regional, Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Anual Participativo; b) Segun el articulo 53°, numeral 1 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Presupuesto de los Gobiernos Regionales es aprobado por Acuerdo del Consejo Regional a propuesta del Titular del Pliego; siendo asi, cualquier modificacion requiere el mismo procedimiento; c) La ejecucion del presupuesto de acuerdo al articulo 59° de la Ley N° 28411 acotada lineas arriba, puede realizarse a traves de los siguientes tipos: a) Ejecucion Presupuestaria Directa y b) Ejecucion Presupuestaria Indirecta. En estos dos casos no se requiere de la aprobacion del Consejo Regional; d) Las transferencias de Partidas, constituyen traslados de creditos Presupuestarios entre pliegos. Las transferencias de Partidas Presupuestales con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 73° de la Ley N° 28411, esta a prohibido a los Gobiernos Regionales; e) Las transferencias financieras entre entidades del Sector Publico, con exclusion de los Recursos del Tesoro Publico y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, si esta permitido, segun el numeral 75.2 del dispositivo legal acotado, cuya aprobacion se ejecuta mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del sector correspondiente y el Ministerio de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; f) Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional, tratandose de Gobiernos Regionales, se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional, segun lo dispuesto por la parte pertinente del numeral 39.2 deI articulo 39° de la Ley N° 28411. Respecto a este tema el Director Regional de Asuntos Juridicos emitio opinion en el sentido que dichas transferencias deben ser aprobadas por Acuerdo de Consejo Regional; sin embargo, tratandose de un MORDAZA de caracter tecnico Transferencia de Partidas Presupuestales manifesto que dicha consulta sea dirigida directamente a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, a fin de evitar futuras responsabilidades; - Que, la Sub Gerente de Supervision y Liquidacion de Obras, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, da el visto MORDAZA del

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