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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (12/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de noviembre de 2008 383284 el Suministro de Combustible y Lubricantes, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 008-2007-MDP/A de fecha 9 de enero del 2007 y la Adquisición de Leche Evaporada entera y Hojuela de Quinua, por Acuerdo de Concejo Municipal Nº 025-2007-MDP/A de fecha 17 de febrero del 2007, sería consecuencia de actos negligentes de los funcionarios y/o encargados de planifi car y llevar a cabo los procesos de selección, toda vez que no habrían adoptado oportunamente las medidas administrativas tendientes a garantizar el suministro de combustible, lubricantes e insumos para el Programa de Vaso de Leche 2007; Que, la actual administración ante el hecho del desabastecimiento inminente del suministro de combustible y lubricantes tomó las decisión de exonerar del proceso de selección sin embargo existen responsabilidades en aquellos funcionarios de la administración anterior que no realizaron las acciones que correspondían a fi n de no haber llegado a esa situación límite, responsabilidades que la Contraloría General de la República señala serían consecuencia de actos negligentes de los funcionarios y/o encargados de planifi car y llevar a cabo los procesos de selección; Que, en efecto existen responsabilidades en el Jefe de Unidad de Abastecimiento, Sr. Alfonso Tomás Montoya Arias, porque de acuerdo con lo establecido en el ROF de la Institución, es el encargado de planifi car los procesos de selección de las adjudicaciones directas y de menor cuantía, así como de participar como miembro del Comité Especial Permanente encargado de llevar adelante los procesos de selección de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y también de aplicar las Directivas emanadas del CONSUCODE en materia de manejo de los procesos de adquisición de bienes y servicios; Que, igualmente, existe responsabilidad en la Gerente de Administración, Sra. María Melva García Atalaya .ya que, de acuerdo con lo establecido en el ROF de la Municipalidad, es la encargada de controlar los procesos de selección de las diferentes modalidades de adquisición para el aprovisionamiento de Bienes, Servicio, Consultorías, Consultorías de Obras y Ejecución de Obras de conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; así como planifi car, dirigir, controlar y evaluar las actividades económicas fi nancieras, contables, logísticas, orientadas a optimizar el manejo de los recursos; Que, igualmente el Gerente Municipal, Sr. Jorge Fernando Rebolledo Chávez tendría responsabilidad, ya que, de acuerdo con lo establecido en el ROF de la Entidad, es el encargado de planifi car, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de los órganos internos de la Municipalidad, así como de no solo aprobar el Plan Anual de Adquisiciones, sino, de supervisar el cumplimiento de su ejecución; Que, todos los funcionarios involucrados, estarían incursos en las faltas contempladas en los incisos a) y d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, al actuar con negligencia en el desempeño de sus funciones; Que, si bien la Ley y el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen la posibilidad de recurrir a la exoneración de los procesos de selección, esto debe realizarse en forma excepcional y no por el contrario ser una práctica usual, como en efecto por los antecedentes que obran en la institución esta fue una práctica reiterada por parte de los principales funcionarios responsables; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM; Ley Nº 27444, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- I NSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario, contra los ex funcionarios JORGE FERNANDO REBOLLEDO CHAVEZ - Ex Gerente Municipal; MARIA MELVA GARCIA ATALAYA - Ex Gerente de Administración; ALFONSO TOMAS MONTOYA ARIAS - ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente resolución a través del Diario Ofi cial el Peruano Regístrese, comuníquese y cúmplase.HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 276701-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 945-2008-GDU/MDSM San Miguel, 30 de octubre del 2008LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL. VISTO:El Expediente Nº 04676-2006, seguido por la Compañia RVV GERENCIA INMOBILIARIA S.A.C. con RUC Nº 20508763381 y como representante legal don Gustavo Rizo Patrón Tori, identifi cado con DNI Nº 10491036, por el que solicita la Recepción de Obra de la Habilitación Urbana Nueva Parcela 2B, con construcción simultánea de un Conjunto Residencial que se acoge al programa MI VIVIENDA, con un área de terreno de 11,044.81 m2, ubicado frente a la Av Brígida Silva de Ochoa, del distrito de San Miguel provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 12003947, de los Registros Públicos de Lima. CONSIDERANDO: Que con fecha 22 de agosto de 2006, la Municipalidad Distrital de San Miguel emitió la Resolución de Gerencia Nº 0551-2006-GDU/MDSM, en el que resolvió aprobar la Habilitación Urbana Nueva Parcela 2B, con construcción simultánea de un Conjunto Residencial que se acoge al programa MI VIVIENDA, con un área de terreno de 11,044.81 m2, ubicado frente a la Av. Brígida Silva de Ochoa, jurisdicción del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano 001-2005-HU-SGFUC-GDU-MDSM. Que con fecha 22 de noviembre del 2006, mediante Ofi cio Nº 109-2006-GDU/MDSM, se remitió en copia certifi cada el Expediente Administrativo Nº 04676-2006, a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la ratifi cación de la Resolución de Gerencia Nº 0551-2006-GDU/MDSM de fecha 22 de agosto del 2006, recepcionado con fecha 22 de diciembre del 2006 y, generándose el codifi cado Nº 126678-2006. Que, con fecha 23 de enero del 2007, mediante Correspondencia Nº 0648-2007, la Compañía RVV Gerencia Inmobiliaria S.A.C., solicitó a la Municipalidad Distrital de San Miguel, Constancia de silencio administrativo de la Resolución de Gerencia Nº 0551-2006-GDU/MDSM. Que con fecha 25 de enero del 2007, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Miguel emitió la Constancia Nº 001-2007-GDU/MDSM, haciendo constar que la Municipalidad Metropolitana de Lima, no ha cumplido con emitir pronunciamiento dentro del plazo de ley, respecto del expediente codifi cado con el Nº 126678-2006. Descargado desde www.elperuano.com.pe