Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2008 (20/11/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

383662

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2008

Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 280964-9

International Cooperation Agency -JICA, hasta por ¥ 6 660 000 000,00 (SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar el proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos". La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara en quince (15) anos, que incluye un periodo de MORDAZA de cinco (5) anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes del 0,4% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago para la parte del prestamo que se destine a obras del proyecto; y devengara una tasa de interes del 0,01% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago para la parte del prestamo que se destine a consultoria del proyecto. El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso del 0,1% anual aplicable sobre los saldos no desembolsados del prestamo. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos" sera el Gobierno Regional de MORDAZA a traves del Organismo Publico Infraestructura para la Productividad -OPIPP. Articulo 3º.- Convenio de Traspaso El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, traspasara al Gobierno Regional de MORDAZA los recursos que resulten de la operacion que se aprueba por la presente MORDAZA legal, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial. Dicho Convenio establecera las condiciones para la devolucion de los recursos derivados de la operacion de endeudamiento externo al Ministerio de Economia y Finanzas por parte del Gobierno Regional de Loreto. Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 5º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que genere la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que para tal efecto proporcionara oportunamente el Gobierno Regional de Loreto. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 280964-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo con JICA
DECRETO SUPREMO Nº 135-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por US$ 1 402 130 000,00 (MIL CUATROCIENTOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con Japan International Cooperation Agency-JICA-, hasta por ¥ 6 660 000 000,00 (SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar el proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos"; Que, tal operacion se efectuara con cargo al Subprograma "Sectores Economicos y Sociales" referido en el literal a) numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29143; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29143, y la Ley Nº 28563 y modificatorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA y de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29143, y por la Ley Nº 28563 y modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y Japan

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.