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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de noviembre de 2008 383664 “Artículo 23º.- El título de la concesión minera deberá contener la misma información exigida por el numeral 1) del artículo 17º del presente Reglamento y, en su caso, la identifi cación de las áreas de los petitorios o concesiones mineras anteriores con coordenadas UTM, que deberán ser respetadas por el nuevo concesionario. El título de concesión no autoriza por sí mismo a realizar las actividades mineras de exploración ni explotación, sino que previamente el concesionario deberá: a) Gestionar la aprobación del Instituto Nacional de Cultura de las declaraciones, autorizaciones o certifi cados que son necesarios para el ejercicio de las actividades mineras. b) Contar con la certifi cación ambiental emitida por la autoridad ambiental competente, con sujeción a las normas de participación ciudadana. c) Obtener el permiso para la utilización de tierras mediante acuerdo previo con el propietario del terreno superfi cial o la culminación del procedimiento de servidumbre administrativa, conforme a la reglamentación sobre la materia. d) Obtener las demás licencias, permisos y autorizaciones que son requeridos en la legislación vigente, de acuerdo con la naturaleza y localización de las actividades que va a desarrollar. Esta precisión deberá constar en el título de la concesión minera.” Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 280964-3 Aprueban el Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) correspon-diente al período 2008 - 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 533-2008-MEM/DM Lima, 14 de noviembre de 2008CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la aplicación de Fondos Concursables Proyecto - FONER y de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, siendo el órgano encargado de la ejecución del Plan Nacional de Electrifi cación Rural enmarcado dentro de los lineamientos de política del Sector Energía y Minas y, de modo específi co, la ejecución y/o coordinación de proyectos electromecánicos, prioritariamente en el área rural y zonas de extrema pobreza; Que, mediante la Ley Nº 28749, se aprobó la Ley General de Electrifi cación Rural, con el objeto de establecer el marco normativo para la promoción y desarrollo efi ciente y sostenible de la electrifi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM de fecha 03 de mayo de 2007, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28749 - Ley General de Electrifi cación Rural; Que, el artículo 15º del referido Reglamento, estableció que el Ministerio de Energía y Minas, es el encargado de formular el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) el cual se actualizará anualmente, en concordancia con las políticas sectoriales del Sector Energía y Minas y teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Regional y Local concertados, así como las iniciativas de los entes, programas, proyectos, instituciones e inversionistas privados que contribuyan a elevar el coefi ciente de electrifi cación rural, incrementar la intensidad energética y utilizar la energía eléctrica para usos productivos; Que, asimismo el artículo 18º prevé que el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) será aprobado por el Titular del Sector Energía y Minas y que la Resolución aprobatoria será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Electrifi cación Rural - Ley Nº 28749, la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas - Decreto Ley Nº 25962, el Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural - Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) correspondiente al periodo 2008-2017. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Electrifi cación Rural, la difusión del Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) a través de su publicación en la página web del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 279748-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aceptan renuncia y designan Directora Ejecutiva del INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 526-2008-MIMDES Lima, 19 de noviembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 604-2006- MIMDES de fecha 28 de agosto de 2006 se designó a la señora NELIDA ISABEL CHAVEZ LINARES DE LOCK en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, al cual ha formulado renuncia; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepta la renuncia formulada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el artículo 7º de la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora NELIDA ISABEL CHAVEZ LINARES DE LOCK, al cargo de Directora Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 280319-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 527-2008-MIMDES Lima, 19 de Noviembre de 2008CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES;