Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2008 (20/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2008

materiales y residuos peligrosos, resulta necesario incorporar en el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC, una disposicion transitoria destinada a establecer una excepcion a la aplicacion del numeral 3) del articulo 43º, referida a la antiguedad en la permanencia en el servicio para aquellos vehiculos que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre y en el Registro de Comercializacion de Hidrocarburos, con anterioridad a la entrada en vigencia del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley N° 28256; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporacion de la Decimo Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC Incorporar en el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC, la Decimo Primera Disposicion Complementaria Transitoria, la misma que quedara redactada en los siguientes terminos: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS (.....) Decimo Primera.- Los vehiculos que a la fecha de entrada en vigencia del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC, se encontraban inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el Registro de Comercializacion de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, podran ser habilitados hasta el 31 de MORDAZA de 2009 para brindar el servicio de transporte de materiales y/o residuos peligrosos de la Clase 3: liquidos inflamables, y Clase 9: sustancias y objetos peligrosos varios, aun cuando superen los veinte (20) anos de antiguedad indicados en el numeral 3) del articulo 43º del citado Reglamento, siempre que se acredite que cuentan con Certificado de Inspeccion Tecnica Vehicular vigente, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, y en el Reglamento para la Comercializacion de Combustibles Liquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-98-EM, en lo que corresponda." Articulo 2º.-Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Transportes y Comunicaciones, Salud, Energia y Minas, Produccion, Agricultura e Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MELONI Ministro del Interior 280964-4

Designan Secretaria Tecnica del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones FITEL
RESOLUCION MINISTERIAL N° 851-2008 MTC/03 MORDAZA, 19 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley Nº 28900 - "Ley que otorga al Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona juridica de Derecho Publico, adscrita al Sector Transportes y Comunicaciones", concordado con el articulo 11° del Decreto Supremo N° 010-2007-MTC, Reglamento de la citada Ley, modificado por el Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, establecen que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, actua como Secretaria Tecnica del FITEL, la misma que esta a cargo de un Secretario Tecnico, designado por Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que mediante Resolucion Ministerial N° 737-2008MTC/03, se acepto la renuncia del Secretario Tecnico del FITEL y se encargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Viceministro de Comunicaciones, las funciones del Secretario Tecnico del FITEL, con efectividad al 28 de setiembre de 2008 y en tanto se designe al funcionario que asumira dicho cargo; Que, en consecuencia, mediante Acuerdo N° 0292008/FITEL, el Directorio del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL, luego de evaluar el cumplimiento de los requisitos previstos en el articulo 11° del Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, acordo designar como Secretaria Tecnica del citado Fondo, a la Economista MORDAZA Garcia-Godos MORDAZA, por lo que compete expedir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28900, Ley Nº 27594, Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC y Decreto Supremo N° 036-2008-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la encargatura otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Secretario Tecnico del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL. Articulo 2°.- Designar a la Economista MORDAZA GarciaGodos MORDAZA como Secretaria Tecnica del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones - FITEL Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 280891-1

Otorgan autorizacion a Aries E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en Yurimaguas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 703-2008-MTC/03 MORDAZA, 14 de noviembre de 2008 VISTO, el Expediente Nº 2008-004076, presentado por la empresa ARIES E.I.R.L. sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Yurimaguas, departamento de Loreto; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles

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