Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2008 (20/11/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

383678

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2008

servicios requeridos por el plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, de conformidad con el cronograma adjunto al memorando de vistos, lo que permitira la elaboracion de los documentos correspondientes, como es el diseno de estrategia de levantamiento de fondos, identificacion de auspiciadores, elaboracion de herramientas de comunicacion e implementacion de estrategia, sin los cuales no se puede continuar con los pasos siguientes para lograr la MORDAZA de la candidatura de la MORDAZA de MORDAZA como sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos 2015; Que, resulta importante precisar, que de no contarse con los servicios MORDAZA mencionados, podria verse afectada la Institucion en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 012-2008-ED que declara de interes nacional la postulacion del Peru para que la MORDAZA de MORDAZA sea la sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos 2015; Que, la organizacion de los Juegos Deportivos Panamericanos contribuira a la inclusion social y formacion de los jovenes de nuestro MORDAZA, induciendo a la participacion ciudadana en todos los niveles, promoviendo y desarrollando el deporte y la educacion en la juventud peruana, asi como fomentar la practica de competencias deportivas en procura de alcanzar un alto nivel en el desarrollo de las mismas, asegurando que las representaciones del deporte peruano a nivel internacional MORDAZA la real expresion de la jerarquia cultural y deportiva del MORDAZA, contribuyendo de este modo a mejorar de imagen de la MORDAZA de MORDAZA en el exterior, posicionandola como un destino turistico atractivo e importante en nuestro pais; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con el informe de vistos, recomienda precisar la Resolucion Nº 291-2008P/IPD, determinando el MORDAZA de seleccion exonerado para la contratacion de los servicios MORDAZA mencionados, a ser proporcionados por Apoyo Comunicacion Corporativa, a fin de llevar a cabo la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo; y poder contratar los servicios mencionados cumpliendo con los objetivos establecidos en el Decreto Supremo Nº 012-2008-ED: Que, en tal sentido, corresponde aprobar hasta por el monto de S/. 30.345,00 (Treinta mil trescientos cuarenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas, la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de la empresa Apoyo Comunicacion Corporativa quien realizara el servicio consistente en el desarrollo e implementacion de la estrategia necesaria para recabar fondos para la promocion de la candidatura de MORDAZA para ser sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos 2015; De conformidad con lo previsto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM asi como por el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar en la Resolucion Nº 291-2008P/IPD, la exoneracion para contratar con la empresa Apoyo Comunicacion Corporativa, durante el plazo de 45 dias calendarios para la ejecucion del servicio: Desarrollo e implementacion de la estrategia necesaria que permita recabar fondos para la promocion de la candidatura de MORDAZA en la postulacion para ser sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos 2015, a un costo de S/. 30.345,00 (Treinta mil trescientos cuarenta y cinco y 00/100 Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y se remita, junto con los Informes Tecnico y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA WOODMAN POLLITT Presidente 280332-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aprueban inicio de procedimiento de fijacion de oficio del Peaje aplicable a los tramos Empalme 1B - Buenos Aires - Canchaque
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 052-2008-CD-OSITRAN MORDAZA, 13 de noviembre de 2008 PROCEDENCIA : Gerencia de Regulacion MATERIA : Inicio de procedimiento de fijacion de peaje en los Tramos Viales Empalme 1B ­ Buenos Aires ­ Canchaque.

VISTOS: El Informe Nº 059-08-GRE-OSITRAN, de fecha 22 de octubre de 2008 emitido por la Gerencia de Regulacion de OSITRAN; y, CONSIDERANDO: I. ANTECEDENTES 1. El 09 de febrero del ano 2007, se suscribio el Contrato de Concesion entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representacion del Estado Peruano y la Empresa Concesiones Canchaque S.A. en su calidad de adjudicataria de la Buena Pro del MORDAZA de Concesion tramos Viales Empalme 1B ­ Buenos Aires ­ Canchaque. 2. El 23 de setiembre del 2004, mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 043-2004-CD-OSITRAN, aprobo el Reglamento General de Tarifas (RETA) de OSITRAN, modificado por Resolucion Nº 082-2006-CD-OSITRAN. 3. Con la finalidad de contar con un MORDAZA conceptual y metodologico para la fijacion de peajes en carreteras cofinanciadas MORDAZA Costa MORDAZA, asi como una estimacion preliminar del peaje para tramos Viales Empalme 1B ­ Buenos Aires ­ Canchaque, en marzo del presente ano OSITRAN encargo a la Universidad ESAN el desarrollo de una propuesta. Dicha propuesta fue desarrollada y entregada a OSITRAN en agosto de 2008. II. OBJETIVO DEL PRESENTE ACTO 4. Sustentar el inicio del procedimiento de fijacion de peaje de oficio de los tramos Viales Empalme 1B ­ Buenos Aires ­ Canchaque. III. MORDAZA NORMATIVO III.1. Contrato de Concesion 5. La clausula 1.5 del Contrato de Concesion establece: (...) "Peaje Es el cobro en Nuevos Soles por el uso del Tramo de la Concesion, correspondiente a cada eje cobrable que pase por cada una de las unidades de peaje, que el CONCESIONARIO esta facultado a exigir a los Usuarios en los terminos establecidos en el Contrato. No incluye el IGV ni algun otro tributo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.