Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2008 (09/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

381214

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2008

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion e instalacion de modulos de vivienda prefabricadas de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-A-MDPN/2008
Pueblo MORDAZA, 1 de octubre de 2008 VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 30 de Setiembre de 2008, con los antecedentes del Informe Tecnico Nº 04483-2008/DO-MDPN de fecha 23/09/08 y el Informe Legal Nº 032-AL/MDPN de fecha 23/09/08, sobre la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion e Instalacion de 630 viviendas temporales, para la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo; y CONSIDERANDO: Que, es de conocimiento publico la dificil situacion y la gravedad que atraviesan las localidades del departamento de Ica, por efectos del sismo acaecido el pasado 15 de Agosto del presente ano. Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, modificado mediante D.S. Nº 076-2007-PCM, se declara en Estado de Emergencia el Departamento de Ica y la Provincia de Canete, por los efectos del fuerte sismo registrado el 15 de Agosto del presente ano, asi mismo mediante Decreto Supremo Nº 054/2008-PCM de fecha 9 de Agosto del 2008 se prorroga el estado de emergencia en el Departamento de Ica por el termino de 60 dias a partir del 11 de Agosto, Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el articulo VIII la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala que los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, de acuerdo al articulo 32º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades es inherente a su gestion la funcion de brindar los servicios asegurando el equilibrio presupuestario de la Municipalidad. Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 033-2008 de fecha 18 de MORDAZA del 2008 se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a contratar y adquirir bienes y servicios asi como ejecutar transferencias de recursos a los Gobiernos Locales destinadas a financiar actividades a favor de los damnificados de los sismos del 15 de Agosto de 2007, acogiendose a lo establecido en el articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en los articulos 142º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Que asi mismo el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 308-2008-VIVIENDA de fecha 21 de MORDAZA del 2008 aprueba una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en favor de la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA hasta por la suma de de S/. 1'4000,000.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados para la adquisicion e instalacion de modulos temporales de vivienda, en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 033-2008 MORDAZA mencionado; dando cuenta la Oficina de Presupuesto que dicha transferencia se habria efectuado el 25/07/2008. Que, los Art. 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 142º¹, 146º, 147º y 148º de su reglamento, establecen las medidas a adoptar para prever la atencion y satisfaccion de la necesidad sobrevenida por situaciones de emergencia siendo procedente que las entidades estatales adquieran

bienes y/o contraten servicios o ejecucion de obras por exoneracion del MORDAZA de Seleccion Correspondiente. Que el Informe Tecnico Nº 04483-2008/DO-MDPN de fecha 23/09/08, da cuenta de la dificil situacion de la poblacion afectada que no cuenta con viviendas adecuadas, habiendose iniciado la estacion de invierno la cual pone en alto riesgo la salud de la poblacion especialmente de los menores de edad. Que, mediante Informe Nº 15-2008-ABAST-MDPN de la Oficina de Abastecimiento, se remite las cotizaciones que sustentan el Valor referencial de los Modulos Prefabricados de MORDAZA con un Valor Referencial Unitario de S/. 2,222.22 por cada uno. Que mediante informe legal Nº 032-AL/MDPN de fecha 23/09/08, opina sobre la viabilidad a traves de Acuerdo de Concejo segun lo dispuesto en lo articulos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los articulos 142, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atencion y satisfaccion de la necesidad sobrevenida. Que, ante esta situacion el MORDAZA legal vigente en materia de contrataciones y Adquisiciones del estado, permite adecuarse a la exoneracion de Procesos de Seleccion a traves de la declaratoria de Situacion de emergencia, y estando al MORDAZA de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, apruebe la Adquisicion e Instalacion de 630 viviendas temporales, hasta por un Monto de S/. 1' 400,000.00 Nuevos Soles. Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y lo previsto en los articulos 19º, 20º y 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los articulos 142º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento; y demas normas pertinentes con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta. ACORDO: Articulo 1º.- Se declare en situacion de emergencia la Adquisicion e Instalacion de 630 Modulos de Vivienda Prefabricados de MORDAZA por un periodo de 120 dias. Articulo 2º.- En ejecucion de las acciones que corresponde adoptarse por el Estado de emergencia a nivel del ambito distrital de Pueblo MORDAZA, declarar de urgente necesidad la adquisicion de 630 Modulos de Vivienda Prefabricados de MORDAZA, para la atencion de los pobladores del Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia de Chincha, departamento de Ica, alojados en modulos deteriorados o destruidos, debidamente identificados, por el periodo precisado en el articulo primero de esta norma. Articulo 3º.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion que corresponda a la Adquisicion e Instalacion de 630 Modulos de Vivienda Prefabricados de MORDAZA hasta por un Monto de S/. 1'4000,000.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), que se efectuaran conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º, 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y con cargo a los fondos de Transferencia del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (Rubro:13 ­ Donaciones y Transferencias); los montos senalados incluyen el IGV. Articulo 4º .- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA, realizar todas las acciones y tramites conducentes a la formalizacion y ejecucion de la adquisicion de los Bienes descritos en el numeral 2º del presente Acuerdo conforme a los procedimientos establecidos en los articulos 19º, 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los articulos 142º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento. Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria de la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 032004-PCM, y se remita una MORDAZA del mismo y los Informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado dentro de los plazos establecidos en la Ley. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

261520-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.