Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2008 (09/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

381199

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 884-2008-OASA (Expediente Nº 129661) recibido el 4 de setiembre de 2008, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita se autorice la Exoneracion del MORDAZA de seleccion, Adjudicacion Directa Selectiva, para la "Contratacion de Alquiler del Local del MORDAZA Noreste - San MORDAZA de Lurigancho del Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional del Callao", por un valor referencial de S/. 47,520.00 (cuarenta y siete mil quinientos veinte nuevos soles), por el periodo de doce (12) meses. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por Resolucion Nº 044-2008R de fecha 25 de enero de 2008 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2008, habiendose considerado la "Contratacion de Alquiler del Local del MORDAZA Noreste - San MORDAZA de Lurigancho del Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional del Callao", mediante un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, el Art. 13º, numeral 13.1, inc. b) de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 29142, senala los montos para la determinacion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion de Servicios, indicando Adjudicacion Directa si el monto referencial es inferior a sesenta (60) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); es decir, S/. 210,000.00 (doscientos diez mil nuevos soles); asimismo, el Art. 77º Inc. 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, senala que la Adjudicacion Directa Selectiva se convoca cuando el monto de la contratacion es menor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa por las normas presupuestarias, como es el presente caso; Que, los Arts. 19º Inc. e) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, lo cual se aplica en el presente caso; ya que la prestacion de dicho servicio no admite sustitutos; disponiendo que las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico legal previo; asimismo, se determina que las adquisiciones o contrataciones exoneradas se realizaran mediante acciones inmediatas; Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Informe Tecnico Nº 05-OASA-2008 de fecha 3 de setiembre de 2008, dando cuenta que el alquiler del local de la Sede del MORDAZA Noroeste - San MORDAZA de Lurigancho del Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional del Callao, por encontrarse en un lugar centrico que es accesible a la captacion de estudiantes y el local reune los requisitos necesarios, siendo procedente la contratacion, via exoneracion, por satisfacer los requerimientos del Centro Pre Universitario; por un valor referencial de S/. 47,520.00 (cuarenta y siete mil quinientos veinte nuevos soles), por el periodo de doce (12) meses; Que, el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, respecto al procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; asimismo, la contratacion del servicio objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad; la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; Estando a lo glosado; al Informe Nº 1792-2008-UPEPOPLA y Oficio Nº 584-2008-OPLA recibidos de la Oficina de Planificacion el 03 de setiembre de 2008; al Informe

Nº 718-2008-AL recibido de la Oficina de Asesoria Legal el 11 de setiembre de 2008; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º.- APROBAR la EXONERACION del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la "Contratacion de Alquiler del Local del MORDAZA Noreste - San MORDAZA de Lurigancho del Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional del Callao", por un valor referencial de S/. 47,520.00 (cuarenta y siete mil quinientos veinte nuevos soles) incluido el IGV, por el periodo de doce (12) meses, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, para que dentro del MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Reglamento de la Ley, aprobados mediante Decretos Supremos Nºs 083 y 0842004-PCM, y demas normatividad vigente, proceda a la "Contratacion de Alquiler del Local del MORDAZA Noreste San MORDAZA de Lurigancho del Centro Pre Universitario de la Universidad Nacional del Callao", mediante una accion inmediata, por un valor referencial total de S/. 47,520.00 (cuarenta y siete mil quinientos veinte nuevos soles), incluido el IGV, por el periodo de doce (12) meses. 3º.- DISPONER, que el egreso que origine la presente Resolucion se afectara al Programa 029: "Educacion Superior", Sub-Programa 0076: "Superior Universitaria", Actividad 1000493: "Unidades de Ensenanza y Produccion", Componente 3001341: "Unidades de Ensenanza, Practica y Produccion", Especifica del Gasto 65: "Alquiler de Bienes Inmuebles", con cargo a los recursos directamente recaudados de la administracion central por el monto de S/. 47,520.00 (cuarenta y siete mil quinientos veinte nuevos soles). 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion al CONSUCODE, Sistema Electronico de Informacion de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- SEACE; a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Posgrado, Oficina de Informacion y Relaciones Publicas, Organo de Control Institucional, Oficina de Asesoria Legal; Oficina de Planificacion, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina General de Administracion, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesoreria, ADUNAC, e interesados, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MEREA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional del Callao MORDAZA G. MORDAZA UBILLUZ Secretario General

261944-1

Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Ingenieria a Brasil para participar en evento sobre virtualidad y educacion a distancia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 1221
MORDAZA, 19 de setiembre de 2008 Visto el Oficio Nº 636-Rect.- del 15 de setiembre del 2008, relacionado al evento coordinado por la Alianza Estrategica - UNMSM-UNI-UNALM con UNISULVIRTUAL; CONSIDERANDO: Que, mediante carta remitida por el Director Ejecutivo de la Alianza Estrategica - UNMSM-UNI-UNALM, se pone en conocimiento del Rector los compromisos adquiridos con la Direccion del UNISULVIRTUAL (Educacion Superior a Distancia), entre ellos la participacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Docente de la Facultad de Ingenieria

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