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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de octubre de 2008 381204 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Amplían plazo establecido en la Res. Nº 020-2008-CD/OSIPTEL para publicar propuesta de metodología y procedimiento para la determinación de proveedor importante de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 112-2008-PD/OSIPTEL Lima, 6 de octubre de 2008 MATERIA: Propuesta de metodología y procedimiento para la determinación del Proveedor Importante de Servicios Públicos de Telecomunicaciones / Ampliación de plazo. VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, mediante el cual se dispone la ampliación del plazo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria de la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2008-CD/OSIPTEL, que aprueba las Disposiciones Complementarias de la Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de Servicios Públicos de Telecomunicaciones; y, (ii) El Informe Nº 507-GPR/2008 que recomienda la ampliación del plazo señalado en el numeral precedente, con la conformidad de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 020-2008-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de setiembre de 2008, se aprobaron las Disposiciones Complementarias de la Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de Servicios Públicos de Telecomunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria de la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2008-CD/OSIPTEL, el OSIPTEL cuenta con un plazo de treinta (30) días calendario, a partir de su entrada en vigencia, para publicar para comentarios la propuesta de metodología y el procedimiento para la determinación del proveedor importante de servicios públicos de telecomunicaciones; Que, al respecto, conforme a lo establecido en el artículo 51° de la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2008-CD/OSIPTEL, es facultad del OSIPTEL ampliar, de o fi cio o a solicitud de parte, hasta por el doble de tiempo adicional, el plazo indicado en el párrafo precedente; asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 52°, corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo, mediante resolución debidamente motivada, disponer las ampliaciones de plazos que resulten necesarias; Que, en atención a la complejidad que involucra la realización de los estudios tendientes a elaborar la metodología y el procedimiento para la determinación de los Proveedores Importantes de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, se considera necesario ampliar en sesenta (60) días calendario el plazo inicialmente establecido; En aplicación de lo previsto en el inciso k) del artículo 86º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52° de la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2008-CD/OSIPTEL; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliar en sesenta (60) días calendario el plazo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria de la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2008-CD/OSIPTEL, que aprueba las Disposiciones Complementarias de la Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, de conformidad con las consideraciones expuestas. Artículo 2º.- El plazo señalado en el artículo precedente empezará a ser contado a partir del 07 de octubre de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo 261721-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Designan funcionaria responsable alterna de brindar información solicitada al amparo de la Ley Nº 27806 RESOLUCIÓN Nº 068-2008/SBN San Isidro, 3 de octubre de 2008. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 1º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, dicha norma tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el segundo párrafo del artículo 8º de la citada Ley, establece que las entidades públicas, bajo responsabilidad de su máximo representante, identi fi carán al funcionario responsable de brindar la información solicitada; Que, al amparo de las normas indicadas, mediante Resolución Nº 027-2007/SBN de fecha 30 de mayo de 2007, se designaron a los responsables titular y alterno de brindar la información que sea solicitada en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806; Que, se ha visto por conveniente designar un responsable alterno adicional de brindar la información que sea solicitada en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806; Que, de conformidad con el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano, debiéndose colocar copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Con la visación de la Gerencia General y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y la Resolución Nº 315-2001/SBN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a la abogada Tania Francisca Macedo Pacherres, Jefe (e) de la O fi cina de Trámite Documentario como funcionaria responsable alterna de brindar la información que sea solicitada al amparo de la Ley Nº 27806. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 261809-4