Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2008 (02/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 2 de setiembre de 2008

educativas publicas de la jurisdiccion, que representan en numero proporcional, por distrito, la poblacion estudiantil de la Provincia Constitucional del Callao, habiendose privilegiado un mayor numero de escuelas iniciales, seguidas de escuelas publicas de primaria y luego de secundaria, en concordancia con las disposiciones tecnicas sobre el particular; Que, las mencionadas instituciones educativas publicas se encontrarian mas aptas para iniciar este MORDAZA, conforme a los parametros establecidos en las normas tecnicas aprobadas por el INDECOPI que rigen la materia, privilegiandose aspectos tales como organizacion institucional, contar con documentacion adecuada, mayor presencia de poblacion estudiantil del nivel inicial y primario, formacion del profesorado, personal administrativo y de direccion, entre otros criterios; Que, esto no impide que progresivamente se sumen a las primeras cincuenta (50) instituciones educativas publicas del Callao nuevas entidades, que se incorporen al MORDAZA de certificacion de sistemas de gestion de la calidad, via Decreto Regional; Que, la Presidencia Regional estima por conveniente precisar diversos aspectos de la Ordenanza Regional en cuanto a la mejora progresiva de la calidad educativa en el Callao, de acuerdo a las normas y planes nacionales vigentes en materia de educacion; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los articulos 21º, literal d) y 40º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; y la Ordenanza Regional Nº 011-2008-REGION CALLAO-CR y contando con el Acuerdo del Directorio de Gerentes de 22 de agosto de 2008; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 011-2008-REGION CALLAOCR por el cual se dispone la obligatoriedad de las instituciones educativas publicas ubicadas en la Provincia Constitucional del Callao de obtener, progresivamente, certificaciones de gestion de la calidad. Articulo 2º.- El presente Decreto Regional sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Gobierno Regional del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente REGLAMENTO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2008-REGION CALLAO-CR Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto precisar y regular los alcances de las disposiciones establecidas en la Ordenanza Regional Nº 011-2008-REGION CALLAOCR. Articulo 2º.- Progresividad del cumplimiento de la MORDAZA Las certificaciones de calidad, que estan obligadas a obtener las instituciones educativas publicas de nivel inicial, primario y MORDAZA en la Provincia Constitucional del Callao, seran el ISO 9001 y el ISO 9004, de acuerdo a los procedimientos tecnico-legales establecidos en las normas peruanas e internacionales vigentes. El cumplimiento de la Ordenanza Regional Nº 0112008-REGION CALLAO-CR sera progresivo. Se inicia con un grupo de cincuenta (50) instituciones educativas publicas que figuran consignadas en el presente Decreto Regional. La exigencia de obtener certificaciones de gestion de calidad se extendera progresivamente a todas las instituciones educativas publicas ubicadas en la Provincia Constitucional del Callao. La lista de entidades educativas se podra ampliar, en cualquier momento, mediante Decreto Regional. Articulo 3º.- Evaluacion de la calidad educativa La obtencion de los ISO 9001 e ISO 9004 por parte de las instituciones educativas publicas del Callao se entendera en la jurisdiccion, para todos sus efectos, como

etapa preparatoria del cumplimiento de lo previsto en la Ley Nº 28740 y el Reglamento de esta. Articulo 4º.- Disposiciones para las instituciones educativas Los Directores de las instituciones educativas publicas que figuran seleccionadas para iniciar el cumplimiento de la Ordenanza Regional Nº 011-2008, y las que se incorporen progresivamente, deberan realizar las siguientes acciones:

- 4.1 Custodiar las copias de las normas tecnicas peruanas que les seran entregadas por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y difundirlas apropiadamente entre los agentes de la comunidad educativa. - 4.2 Asistir obligatoriamente a las convocatorias que el Gobierno Regional del Callao realice para el adecuado desarrollo del MORDAZA y permitir en cualquier momento la inspeccion de las instituciones educativas por el personal del Gobierno Regional del Callao debidamente acreditado para efectuarlas. - 4.3 Realizar las autoevaluaciones de su institucion educativa, bajo los parametros establecidos en las mencionadas normas tecnicas peruanas, en un plazo no mayor de ochenta (80) dias habiles de publicada la presente MORDAZA y remitir dicha informacion a la DREC. - 4.4 Coordinar en forma permanente con la empresa certificadora que sea seleccionada para realizar el MORDAZA de certificacion ISO 9001 e ISO 9004, e implementar progresivamente las recomendaciones que esta formule al respecto. - 4.5 Actualizar, semanalmente, la informacion sobre el avance en el MORDAZA de certificacion que constara en el programa electronico que el Gobierno Regional del Callao ha disenado para este MORDAZA y al cual tendran acceso mediante clave personalizada. - 4.6 Identificar, en un plazo de cien (100) dias habiles de publicada la presente MORDAZA, las necesidades presupuestales minimas de su entidad, formuladas en un plan de mejora, para el cumplimiento adecuado de la Ordenanza Regional Nº 11-2008, informacion que sera revisada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la cual sera remitida dicha informacion. - 4.7 Proporcionar, con celeridad y eficiencia, toda la informacion que requiera la Unidad de Medicion y Evaluacion de la Calidad Educativa del CAFED. - 4.8 Celebrar los convenios de gestion con el Gobierno Regional del Callao, en el formato que les sera oportunamente proporcionado, para medir, evaluar y consiguientemente financiar justificadamente los avances en el MORDAZA de certificacion de sistemas de gestion de calidad. Articulo 5º.- Disposiciones de cumplimiento para la DREC - 5.1 Tener a disposicion de todos los directores de las instituciones educativas publicas del Callao MORDAZA de las siguientes normas tecnicas peruanas: NTP ISO 9001:2001, Sistemas de Gestion de la Calidad NTP ISO 9004:2001, Sistemas de Gestion de la Calidad, Directrices para la mejora de desempeno NTP 833.921:2004, Guia de Indicadores de gestion de la calidad en el Sector Educacion NTP 833.922:2005, Guia para la aplicacion de un Diagnostico a un Sistema de Gestion de la calidad en una Organizacion Educativa. - 5.2 Reportar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social cualquier retraso injustificado por parte de la empresa certificadora en el MORDAZA de certificacion de sistemas de gestion de calidad de las primeras cincuenta (50) instituciones educativas publicas de la jurisdiccion y de las que se sumen progresivamente - 5.3 Coordinar, con antelacion, con la Gerencia Regional de Desarrollo Social todos los aspectos presupuestales que se requieran para el cumplimiento

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