Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2008 (02/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 2 de setiembre de 2008

minimas a que hace referencia el articulo 43º del Decreto Supremo Nº 045-2001-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 245616-1

"5.2.1.- Las solicitudes se presentaran ante la Mesa de Partes de la Oficina de Administracion Documentaria del Ministerio de Justicia, dentro del horario de atencion al publico. Esta Oficina observara la solicitud en el acto de su MORDAZA, unicamente por la falta de uno de los requisitos formales de los senalados en el punto 5.1. De mediar observacion, el interesado tendra hasta dos (2) dias habiles para subsanarla, caso contrario se le considerara no presentada." Articulo 2º.- Adicionar el inciso g) al numeral 5.2.3 de la Directiva Nº 001-2001-JUS/VM, con el texto siguiente: "5.2.3.- La Direccion de Difusion Legislativa emitira informe opinando por la procedencia o improcedencia del pedido. Para dicha opinion debera evaluarse lo siguiente: (...) g.- Que la cantidad de horas academicas de duracion del evento se refleje en el programa que se presente, detallandose las correspondientes a horas presenciales y virtuales, de ser el caso." Articulo 3º.- Adicionar el numeral 5.4 a la Directiva Nº 001-2001-JUS/VM, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "5.4.- DEL INFORME: Dentro del plazo de 15 dias habiles de culminado el evento oficializado, el organizador remitira a la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos un informe de las actividades desarrolladas. La no MORDAZA del informe respectivo impedira la tramitacion de posteriores solicitudes de similar naturaleza."

JUSTICIA
Modifican Directiva Nº 001-2001JUS/VM "Lineamientos para la Oficializacion de Eventos de Caracter Juridico solicitados por Instituciones Publicas y Privadas, asi como para la Autenticacion de los Certificados de los Eventos Oficializados"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 025-2008-JUS MORDAZA, 29 de agosto de 2008 Visto, el Acta de la Reunion realizada el 16 de junio de 2008 en la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, en el documento de visto suscrito por los representantes del Despacho Viceministerial, Secretaria General, Direccion Nacional de Asuntos Juridicos, Direccion de Difusion Legislativa, Oficina General de Asesoria Juridica, Oficina de Racionalizacion y Estadistica y Oficina de Administracion Documentaria, se propusieron las medidas a adoptar para la optimizacion del tramite del Procedimiento de Oficializacion de Eventos de Caracter Juridico solicitados por terceros; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2322001-JUS se aprobo la Directiva Nº 001-2001-JUS/VM denominada "Lineamientos para la Oficializacion de Eventos de Caracter Juridico solicitados por Instituciones Publicas y Privadas, asi como para la Autenticacion de los Certificados de los Eventos Oficializados"; Que, mediante la Ley del Silencio Administrativo - Ley Nº 29060 se modifican los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ambito de aplicacion del silencio administrativo negativo, con el objeto de ofrecer una mejor atencion en los procedimientos administrativos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2001-JUS, ha sido modificado por la Resolucion Ministerial Nº 421-2007-JUS, estableciendose que el procedimiento de oficializacion de eventos de caracter juridico a ser realizado por terceros es uno de evaluacion previa con silencio administrativo positivo, con un plazo de ocho dias habiles; Que, en ese sentido, resulta necesario modificar la Directiva precitada, en lo concerniente al tramite y a la culminacion del procedimiento de oficializacion de eventos de contenido juridico organizado por terceros, a fin de hacerlo mas agil y de ese modo brindar un eficiente servicio al ciudadano; De conformidad con lo establecido en el articulo 9º de la Ley Organica del Sector Justicia - Decreto Ley Nº 25993, y el inciso d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el MORDAZA parrafo del numeral 5.2.1 de la Directiva Nº 001-2001-JUS/VM, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

Articulo 4º.- Modificar el numeral 6 de la Directiva Nº 001-2001-JUS/VM, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "6.- CULMINACION DEL PROCEDIMIENTO: El procedimiento de Oficializacion de Eventos culmina con la notificacion de la Resolucion respectiva o con su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", segun corresponda. El interesado al presentar su solicitud optara por cualquiera de las modalidades, y adjuntara a esta, segun el caso, el recibo de pago respectivo, conforme a las tasas senaladas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Justicia 245695-1

SALUD
Designan Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 598-2008/MINSA MORDAZA, 29 de agosto del 2008 CONSIDERANDO: Que, a la fecha se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario designar como Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud al profesional propuesto; Con las visaciones, del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora

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