NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (02/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de setiembre de 2008 379098 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Otorgan plazo para recabar premios obtenidos por ganadores del Programa “Sorteos PAGA Y GANA” ORDENANZA Nº 253 -MDSMP San Martín de Porres, 22 de agosto del 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO:En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 22.AGOSTO.2008, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales, con el quórum reglamentario de los Señores Regidores, se trató sobre otorgamiento excepcional de plazo y modifi cación de artículo contenido en Ordenanza; y CONSIDERANDO:Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre otorgamiento excepcional de plazo y modifi cación artículo Octavo de la Ordenanza No. 243-MDSMP (27.FEBRERO.2008), toda vez que algunos ganadores del sorteo del Programa “Sorteos PAGA Y GANA”, efectuado el 23.MAYO.2008, no han podido recabar sus premios debido a que sus predios están registrados como Sucesión, por lo que previamente deben efectuar la respectiva Sucesión Intestada que a su vez implica un trámite notarial o judicial sujeto a plazos y/o eventualidades que no les permiten una subsanación en corto tiempo; Que, habiéndose evaluado los Informes Nos. 119-2008- GAT/MDSMP y 892-2008-GAJ7MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, el Pleno considera que en forma excepcional puede otorgarse un plazo perentorio a aquellos ganadores del sorteo del 23.MAYO.2008 que no han podido recabar sus premios hasta la fecha, así como modifi carse el plazo contenido en el artículo Octavo de la Ordenanza No. 243-MDSMP y que será aplicable al próximo sorteo a realizarse en el mes de Diciembre del presente año; todo ello con la fi nalidad de generar mayor confi anza entre los contribuyentes de nuestra jurisdicción; De conformidad con los artículos 9, Inciso 8) y 40 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Voto Unánime de los Señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- OTORGAR en forma excepcional un plazo perentorio de sesenta (60) días calendarios para aquellos ganadores del Programa “Sorteos PAGA Y GANA” (Ordenanza No. 243-MDSMP) que a la fecha no han podido recabar sus premios obtenidos en el sorteo realizado el 23.MAYO.2008; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo Octavo de la Ordenanza No. 243-MDSMP (27.FEBRERO.2008), que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 8º.- Los premios serán entregados al contribuyente o a quien nombre como su representante, con la respectiva carta poder legalizada; teniendo un plazo de 120 días calendarios para recoger el premio luego de efectuado el sorteo. En caso de no recabar el premio obtenido, será nuevamente sorteado”. Manteniendo vigencia todo lo demás que contiene dicha Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como Secretaría General el cumplimiento del presente dispositivo municipal, en lo que les compete. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 245691-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOBAMBILLA Exoneran de proceso de selección la adquisición de unidades de alcantarillas galvanizadas ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 020-2008-MDA/CM. Acobambilla, 25 de agosto de 2008 POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL VISTO: El Informe Nº 081-2008-/MDA/J.ABAST de fecha 25- AGO-2008; y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Acobambilla viene ejecutando la obra “Mejoramiento de la Carretera Asención – Anccapa”, mediante Convenio suscrito con el Gobierno Regional de Huancavelica; Que, con el Informe del Visto el área de Abastecimientos de la Municipalidad Distrital de Acobambilla comunica al señor Alcalde que para la adquisición del material denominado alcantarilla existe proveedor único en la ciudad de Lima; Que, el Artículo 19º, literal e) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 144º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM dispone que procede la exoneración de proceso de selección cuando se trata de proveedor único; Que, el literal c) del artículo 20º del TUO de la Ley precitada establece que la exoneración de los procesos de selección se autoriza mediante Acuerdo de Concejo Municipal, cuando se trata de gobiernos locales; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reformada por Ley Nº 27680, y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades otorgan a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades vigente, el Pleno del Concejo Municipal con el voto aprobatorio conforme a Ley; ACUERDA: Artículo 1º.- EXONERESE el proceso de selección de proveedor para la adquisición de 30 unidades de Alcantarillas galvanizadas de 4.86 metros lineales por 0.90 metros de diámetro cada uno y 2.00 mm de espesor, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo Municipal. Artículo 2º.- FACULTESE al Despacho de Alcaldía disponer las acciones administrativas que según la normativa vigente se requieran para la inmediata adquisición del bien referido en el artículo 1º del presente Acuerdo de Concejo Municipal, así como efectuar las acciones posteriores conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SAMUEL TORALVA LÁZARO Alcalde 245658-1Descargado desde www.elperuano.com.pe