NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (02/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de setiembre de 2008 379087 participantes entendimiento sobre las disposiciones sustantivas y procesales necesarias para un marco nacional amplio contra el delito cibernético; así como, brindar conocimiento sobre buenas prácticas y reformas en curso, con relación a la legislación en delito cibernético en las Américas así como en otras regiones del mundo; Que, por Resolución de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República del 14 de agosto del presente año, se designó a los señores doctores Hugo Sivina Hurtado y Javier Villa Stein, Vocales Titulares del Supremo Tribunal para que participen del Taller antes aludido; Que, siendo así, corresponde fijar los montos que por gastos de impuesto aéreo, assiscard, viáticos, traslados y telefonía estarán a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo a la normatividad vigente y a la propuesta remitida por dicho órgano administrativo; Por tales fundamentos, el Presidente del Poder Judicial en uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial: RESUELVE: Artículo Primero.- Fijar los montos que por gastos de impuesto aéreo, assiscard, viáticos, traslados y telefonía estarán a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial de acuerdo al siguiente detalle: Comisionado : Dr. HUGO SIVINA HURTADO Fecha : 03 AL 05 de SETIEMBRE 2008Destino : Bogotá - Colombia U.S. $ • IMPUESTO CORPAC : 30.25 • ASSISCARD : 59.00 • VIÁTICOS : 300.00 • GASTOS DE TRASLADO : 100.00• TELEFONO : 50.00 ----------- 539.25 ====== Comisionado : Dr. JAVIER VILLA STEIN Fecha : 03 AL 05 de SETIEMBRE 2008Destino : Bogotá - Colombia U.S. $ • PASAJE AEREO : 751.21 • IMPUESTO CORPAC : 30.25• ASSISCARD : 59.00• VIÁTICOS : 600.00• GASTOS DE TRASLADO : 200.00• TELEFONO : 50.00 ------------ 1,690.46 =======Nota: • Los Viáticos se calculan, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Rendición de Cuentas:• Se sustentara con documentos hasta el 70% de los viáticos asignados y el 30% con Declaración Jurada. • Por los gastos de instalación y traslado se presentaran documentos sustentatorios. • Por los gastos de telefonía se presentara documentos sustentatorios. Artículo Segundo.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 246023-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario a que se refiere el Artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de setiembre de 2008 CIRCULAR Nº 036-2008-BCRP Lima, 1 de setiembre de 2008 El índice de reajuste diario, a que se refi ere el artículo 240 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de setiembre es el siguiente: DÍA ÍNDICE 1 6,82302 2 6,82436 3 6,82570 4 6,82704 5 6,82838 6 6,82972 7 6,83106 8 6,83240 9 6,83374 Descargado desde www.elperuano.com.pe