Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2008 (09/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 9 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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tramite de aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES

Articulo 1º.- TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL La Tasa de Estacionamiento Vehicular temporal es un tributo que se paga por el estacionamiento de un vehiculo en las zonas habilitadas por la Municipalidad para la prestacion del servicio de estacionamiento. Esta orientada a otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el estacionamiento y mantener el orden vial. El rendimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal sera destinado a cubrir el costo de las actividades y gastos en los que incurre la Municipalidad a fin de propiciar el uso ordenado de las vias publicas habilitadas para el estacionamiento. Articulo 2 º.- HECHO IMPONIBLE Constituye el hecho imponible de la Tasa de Estacionamiento VehicularTemporal el uso o aprovechamiento de los espacios habilitados por la Municipalidad para la prestacion del servicio de estacionamiento.

el que conste como domicilio el distrito de Miraflores. Articulo 8 º.- FIJACION Y SENALIZACION DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO Se consideran zonas habilitadas para el estacionamiento temporal las que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, y que suman un total de 446 espacios. Las zonas habilitadas sujetas al pago de la tasa de estacionamiento vehicular temporal se distinguiran por el pintado de lineas blancas. Tratandose del espacio destinado a personas con discapacidad o madres gestantes, se colocara un simbolo distintivo sobre un MORDAZA de fondo MORDAZA en el espacio para estacionarse. Articulo 9º.- HORARIO La Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal es exigible de lunes a sabado entre las 08:00 horas y las 23:00 horas. Articulo 10º.- DIFUSION DE INFORMACION BASICA En las zonas habilitadas para el estacionamiento vehicular temporal se publicara en lugares visibles, la siguiente informacion: La Ordenanza de la Municipalidad de Miraflores que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal vigente. El Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que ratifica la Ordenanza senalada en el literal anterior. El monto de la tasa aprobada vigente por cada treinta (30) minutos o fraccion. El tiempo de tolerancia. El horario de cobro para el uso de los estacionamientos. El numero de espacios habilitados. El significado del color de las zonas senalizadas. Articulo 11 º.- TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA Los boletos o comprobantes de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes consignados en el articulo precedente, asi como el nombre del concesionario de ser el caso. Articulo 12º.- ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS Los documentos que sustentan la estructura de costos y la estimacion de ingresos por el servicio de estacionamiento vehicular forman parte integrante de la presente Ordenanza como Anexos Nº 2 y 3. Articulo 13º.- OBLIGACIONES CONEXAS Cuando por el uso o aprovechamiento de los espacios habilitados, se produzcan danos o destruccion del pavimento, letreros, tranqueras o los elementos de senalizacion ubicados en la via publica, el conductor estara obligado al pago de los gastos de reconstruccion, reparacion o reposicion del bien. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS PRIMERA: Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda dictar normas tecnicas y reglamentarias necesarias para la prestacion efectiva del servicio. SEGUNDA: Los reajustes a la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, se efectuara de acuerdo al costo efectivo del servicio, el mismo que no podra exceder del porcentaje de variacion del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana. TERCERA: La Municipalidad podra prestar directamente el servicio o a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley. CUARTA: La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que lo ratifique. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN

Articulo 3º.- SUJETO PASIVO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes, los conductores de vehiculos que usen o aprovechen temporalmente los espacios de las zonas habilitadas para el estacionamiento de vehiculos. Articulo 4º.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACION La obligacion tributaria nace en el momento en que el conductor estaciona su vehiculo en los espacios habilitados para la prestacion del servicio de estacionamiento vehicular. Articulo 5º.- DETERMINACION DEL MONTO DE LA TASA, TIEMPO DE ESTACIONAMIENTO Y TOLERANCIA El monto de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal asciende a la suma de S/. 0.50 por cada treinta (30) minutos de ocupacion del espacio de estacionamiento. El tiempo de tolerancia para el estacionamiento de vehiculos en MORDAZA habilitada, exento al pago del tributo, es de diez (10) minutos, transcurrido este tiempo se procedera al cobro del monto minimo, aun cuando no se utilice el total del tiempo establecido. Articulo 6º.- PAGO La Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal constituye un tributo de realizacion inmediata, por lo que el pago debe producirse en el momento en el que el conductor del vehiculo decida abandonar la MORDAZA de estacionamiento. En caso se use medios mecanicos o electronicos para el control y cobro del estacionamiento, el pago de la tasa puede producirse al estacionar el vehiculo y por el tiempo que requiera el usuario. En caso de incumplimiento parcial o total del pago de la tasa, la administracion tributaria municipal puede ejercer todas las atribuciones respectivas para hacer efectivo su cobro. Articulo 7º.- EXONERACIONES Estan exonerados del pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, siempre que se hallen en cumplimiento de sus funciones, los conductores de los vehiculos oficiales de propiedad de: - El Cuerpo General de Bomberos del Peru - Las Fuerzas Armadas - La Policia Nacional del Peru - Ambulancias en general - Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local - Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal Vehiculos que presten el servicio de Serenazgo y de Limpieza Publica. Asimismo, se encuentran exonerados por el lapso de una (1) hora al dia los vecinos de Miraflores, debidamente acreditados con su Documento Nacional de Identidad en

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