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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (09/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de setiembre de 2008 379377 Presidente de la República, para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas; Que el numeral 23 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República, autorizará a los peruanos para servir en un ejército extranjero; Que en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a dieciocho (18) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas. Nº de OrdenApellidos y Nombres del Solicitante DNI LM 01 CASTILLO ZARATE RUDY GARY 43340324 ------------ 02 CHAVEZ DIEZ ALEJANDRO MARTIN 44749762 ------------03 ALVAREZ MATOS LUIS MIGUEL 42581704 ------------04 CAMANA VEGA ROSA ISABEL 45795173 ------------05 TORRES RIVASPLATA KAREN MILAGRITOS 45219048 ------------06 GALVEZ RENGIFO GERALD ALEXANDER 70022353 ------------07 PEREZ COTRINA EDER WILFREDO 45805284 ------------08 BUSTIOS TORANZO JORGE ALBERTO 43526337 ------------09 NATIVIDAD CARDENAS JOEL STEVEN 45589339 ------------10 RODRIGUEZ CHIROQUE JOSE ORLANDO 17910916 ------------ 11 LOPEZ SOCOLA JORGE ISRAEL 43708145 ------------ 12 FARFAN MINCHOLA ROMY HAROLD 41546893 ------------13 YÁÑEZ DONAYRE JORGE LUIS 43641674 ------------14 VEGA ALMEYDA GIAN CARLOS 44267602 ------------15 PIYAYO SÁNCHEZ ALAN URBANO 42948903 ------------16 VILCACHAGUA YAURI JUAN CRISÓSTOMO 42861786 ------------17 QUISPE MANOSALVA HENDRYCKS CHESTHER45737205 ------------ 18 BAZAN TARCO JOSE LUIS 42308122 ------------ Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 249170-16 Autorizan viaje de funcionario a Colombia para participar en la Conferencia Regional de América Latina y el Caribe en conmemoración del 60º Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1061-2008-RE Lima, 5 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de Colombia, con el apoyo de la UNESCO, está organizando la Conferencia Regional de América Latina y el Caribe en conmemoración del 60º Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos que versará sobre el tema “Medios de Comunicación, Educación y Cultura en Derechos Humanos” que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 09 al 10 de septiembre de 2008; Que, la Conferencia tiene por objetivo analizar el fuerte vínculo existente entre los medios de comunicación y la educación y su contribución a un diálogo cada vez más sólido en la construcción de una cultura de los derechos humanos. Estos lineamientos pretenden reafi rmar los principios consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos como un compromiso para su aplicación a todas las personas y en toda circunstancia; Que, la importancia de la participación del Perú en esta reunión gira en torno al compromiso e interés del país con la cultura de los derechos humanos, a la cual ha contribuido desde la aprobación y proclamación de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Asimismo, debido a la gran convocatoria realizada por el gobierno de Colombia para la participación de representantes del Estado y de la sociedad civil de toda la región; Teniendo en cuenta el Memorándum (SME) Nº 0902/2008, de 03 de septiembre de 2008, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, y estando a lo dispuesto por la Hoja de Trámite Nº 1000, de 02 de septiembre de 2008, del Gabinete del señor Ministro; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 185º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Pablo Vegas Torres, Director General de Derechos Humanos de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 09 al 10 de septiembre de 2008, para que forme parte de la delegación que participará en la Conferencia Regional de América Latina y el Caribe en conmemoración del 60º Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que versará sobre el tema “Medios de Comunicación, Educación y Cultura en Derechos Humanos”. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Pablo Vegas Torres, por concepto de transporte aéreo y alojamiento serán asumidos por la UNESCO. Los gastos por concepto de alimentación y tarifa de aeropuerto serán asumidos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33855 – Participación en Organismos Internacionales, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del mismo, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Juan Pablo Vegas Torres 100.00 2+1 300.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones desarrolladas durante el viaje autorizado.Descargado desde www.elperuano.com.pe