Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2008 (09/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 9 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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RAMPAS PEATONALES.- En los lugares de las aceras, indicados en el plano de lotizacion, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas; de concreto de calidad igual a las aceras, de 0.90 ml. de ancho, de acabado con superficie antideslizante y limitada por planos laterales inclinados. ESTACIONAMIENTOS VEHICULARES.- Las zonas de estacionamiento vehicular, para su construccion, tendran las mismas caracteristicas de subrasante, base y superficie de rodadura y desgaste, que las descritas para las calzadas de las vias por ejecutar.

Que, por los fundamentos esgrimidos en dichos informes y estando a la opinion de los senores Regidores, se ha procedido a su respectiva aprobacion, disponiendose a su vez la emision de la Ordenanza Municipal y su publicacion para que surtan todos sus efectos legales. Que, en uso de las facultades conferidas por el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA aprobatorio del Concejo Municipal se dispuso: ORDENANZA MUNICIPAL: Articulo Primero.- APROBAR los DOCUMENTOS DE GESTION DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA, que a continuacion se detallan: · Manual de Organizacion y Funciones (MOF) · Cuadro de Asignacion de Personal (CAP). · Presupuesto Analitico de Personal (PAP) Articulo Segundo.- DISPONER su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" por el termino de Ley. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de todas las Areas correspondientes de la Municipalidad Provincial de Anta, sobre el contenido de la presente Ordenanza Municipal para su estricto cumplimiento. Dado en el Palacio Municipal de la Municipalidad Provincial de Anta a los un dia de septiembre del ano dos mil ocho. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. WILBERT MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 248649-1

Articulo Cuarto.- Para la construccion de las edificaciones debera obtenerse previamente en la Gerencia de Obras la Licencia correspondiente. Articulo Quinto.- Para la etapa de Recepcion de Obras debera encontrarse debidamente rectificada el area del terreno inscrita. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano", en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo Septimo.- CUMPLASE con NOTIFICAR al administrado conforme lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444, para los fines de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA ECHAZU MORDAZA Gerente General Gerencia General de Desarrollo MORDAZA 206203-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA
Aprueban Documentos de Gestion de la Municipalidad Provincial de Anta
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 17-2008-MPA-SG. Anta, uno de septiembre del 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA. POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Anta, en sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha veintinueve de agosto del ano dos mil ocho, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Como Gobiernos locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomia que la Constitucion Politica del Estado otorga a las Municipalidades y radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico de la nacion, derecho reconocido por los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972. Que, la Comision encargada de formular los siguientes documentos: Manual de Organizacion y Funciones (MOF), Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), Presupuesto Analitico de Personal (PAP) ha cumplido con su labor habiendo alcanzado los documentos sustentatorios que han sido analizados en la Sesion Ordinaria de fecha veintinueve de agosto del ano dos mil ocho.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2008-MDE/LC Mediante Oficio Nº 363-2008-MDE/LC, la Municipalidad Distrital de Echarate solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 024-2008-MDE/LC, publicado en nuestra edicion del dia 5 de setiembre de 2008. En la parte Considerativa, parrafo tercero; DICE: "... establecido en el inciso f), del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado..." DEBE DECIR: "... establecido en el inciso e), del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado..." En el Articulo 1º; DICE: "DECLARAR procedente la necesidad de exoneracion de MORDAZA de Seleccion como bien unico, ..." DEBE DECIR: "DECLARAR procedente la necesidad de exoneracion de MORDAZA de Seleccion, con la causal cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, ..." 248769-1

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