Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2008 (09/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 9 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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De la Devolucion de los bienes afectados:

Realizado el embargo en la modalidad de secuestro conservativo, previo pago de la multa impuesta, los obligados (multados), solicitaran la entrega de sus bienes afectados. MORDAZA de proceder a su devolucion, se aplicara la liquidacion de los intereses legales devengados hasta la fecha de embargo asi como la liquidacion por concepto de Costas (gastos de movilidad, cerrajero, cargadores y otros). Con estas dos liquidaciones de intereses devengados y de las costas, se expedira la resolucion para conocimiento del multado, a fin que cumpla con el pago adeudado por estos conceptos. Una vez que el multado ha cumplido con el pago total de la deuda, se procedera a hacer entrega de los bienes embargados, previa Acta que constara en el cuadernillo respectivo. b) Embargo en forma de retencion

gratuita; pues este servicio genera un pago de honorarios de acuerdo a lo establecido por Ley, lo cual conlleva un costo adicional a los otros gastos expuestos, elevando el valor total del bien mueble que hace imposible su remate inmediato. d) DE LA NOTIFICACION Las notificaciones a los multados, se realizaran por intermedio de la Central de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia. En el caso que el multado viviera en otra MORDAZA, se le notificara en su domicilio real via exhorto. Asimismo, si no fuese posible encontrar la direccion del multado, la oficina encargada remitira dicha informacion a la Central de Riesgo de Credito. e) CALCULO DE INTERESES LEGALES Los intereses legales se calcularan desde la fecha en que la multa fue impuesta sobre la base de la tasa de interes legal efectiva2. f) CALCULO DE COSTAS Comprende a partir de la notificacion del requerimiento de pago por el Juzgado, hasta el estado en que se encuentre el expediente al momento de pagarse la multa considerando las notificaciones efectuadas (tomar el valor de la Cedula de Notificacion Valorada). g) RESPONSABLES Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, los Jueces, Especialistas Legales de los organos jurisdiccionales, el personal asignado para conformar la Secretaria encargada de la Cobranza de Multas (SECOM) y la Administracion Distrital. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Esta medida cautelar se aplica cuando el obligado tiene fondos susceptibles de embargo en entidades bancarias y/o financieras, por lo que se ordena se trabe embargo en forma de retencion sobre las cuentas, fondos, valores y otros que tuviera el multado en dicha entidad bancaria, para cuyo efecto el Especialista de Multas debera levantar el Acta respectiva. c) Embargo en forma de inscripcion Este MORDAZA de embargo se realiza cuando el multado tiene inscrita una propiedad inmueble ante el Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, el mismo que se realizara cursando partes a dicha entidad a efectos de inscribir la medida cautelar ordenada. d) Secuestro de Vehiculo

Esta medida se realiza previa busqueda en el registro vehicular a efectos de determinar la existencia de este MORDAZA de bien a nombre del ejecutado, y posteriormente se ordena la medida de Secuestro Vehicular, oficiandose para tal efecto a la Direccion de MORDAZA de la Policia Nacional del Peru, a fin que ubique y capture el vehiculo materia de garantia, debiendose designar al MORDAZA judicial. Al solicitar la captura del vehiculo este es puesto a disposicion de la Administracion de esta Corte Superior de Justicia, en caso de incumplimiento del pago, se procedera al remate del bien, debiendo realizarse la valoracion correspondiente por parte de un perito contable. 5. DISPOSICIONES GENERALES a) DEL REMATE La Secretaria encargada de la Cobranza de Multas (SECOM) se encargara de realizar el remate por el incumplimiento del pago de la multa impuesta procediendo a: · Efectuar la valoracion de los bienes embargados a rematar a traves de un perito contable. · Poner en conocimiento del multado la valoracion del bien por el termino de tres (3) dias. · Aprobar y ordenar el remate en primera convocatoria, debiendose publicar en el Diario Oficial, previa verificacion de la inobservancia por parte del multado. · Coordinar con el area administrativa la programacion del remate determinandose el lugar, dia y hora en el que se llevara a cabo el remate, requiriendose de ser el caso apoyo de los efectivos policiales. b) DEL MORDAZA JUDICIAL La custodia judicial y conservacion de los bienes materia de los procesos de ejecucion forzada, estaran a cargo de la Oficina de Administracion Distrital de esta Corte Superior de Justicia. c) DEL MARTILLERO La Presidencia de la Corte realizara las acciones correspondientes a efectos que se suscriba un acuerdo y/o convenio con la Asociacion Americana de Martilleros Publicos, a fin que brinden apoyo en la ejecucion de la diligencia de remate a traves de la asignacion de Martilleros en forma
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Publicada diariamente por la Superintendencia de Banca y Seguros en el Diario Oficial El Peruano.

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ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Nombran Fiscal Adjunta Provincial en el Pool de Fiscales en Delito de Trafico Ilicito de Drogas del Callao
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 1198-2008-MP-FN MORDAZA, 8 de setiembre de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA Ataulluco MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial del Callao y su designacion en el Pool de Fiscales en Delito de Trafico

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