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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (19/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de setiembre de 2008 379918 Artículo 2°.- Disponer que el Director de la Ofi cina General de Administración informe mensualmente al Secretario General, respecto a las actuaciones derivadas del ejercicio de las facultades delegadas. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 013-2008-MINAM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 253927-1 Disponen la publicación del “Proyecto de Reglamento del Sector Ambiente sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales” en la página web institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2008-MINAM Lima, 17 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el literal o) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece como una de las funciones del Ministerio del Ambiente promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible y fomentar una cultura ambiental nacional; Que, el numeral 3º del artículo 13º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo y por no menos de cinco (05) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía cuando así lo requiera la Ley; Que, en el Capítulo Cuarto de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, se establecen las bases para el acceso a la información ambiental y la participación ciudadana; Que, se ha elaborado un proyecto de Reglamento del Sector Ambiente sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales, siendo en tal sentido necesario disponer la publicación del mencionado proyecto de Reglamento en el portal web institucional del Ministerio del Ambiente, a afectos de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Con el visado de la Secretaría General y de la Dirección General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del “Proyecto de Reglamento del Sector Ambiente sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales”, el cual como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución, en la página web institucional del Ministerio del Ambiente, http://www.minam.gob.pe, a efectos de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial.Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Asesoría Jurídica la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios al mencionado proyecto que se presenten dentro del plazo señalado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 253927-2 DEFENSA Aceptan donación efectuada a favor de CONIDA para la realización de un estudio de viabilidad sobre el Proyecto de Inversión Pública “Implementación y Desarrollo del Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 974-2008-DE/CONIDA Lima, 11 de setiembre de 2008Visto, el Informe Técnico Legal de fecha 15 de Agosto del 2008, que opina favorablemente por la aceptación de la donación por la suma de 256,500.00 euros a favor del Ministerio de Defensa - Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA); CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 011-2006-PCM/OPP- OPI de fecha 06 de Febrero del 2006, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, responsable de la OPI, aprueba a la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial-CONIDA, el estudio de preinversión a nivel de perfi l del Proyecto de Inversión Pública denominado, “Implementación del Sistema Nacional de Teledetección Espacial”, recomendándose la elaboración del estudio de prefactibilidad; Que, mediante Ofi cio CONIDA/J Nº 492-2006 de fecha 09 de Noviembre del 2006 el Jefe Institucional de la CONIDA, solicita a la Dirección de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, responsable de la OPI del sector PCM, modifi car la denominación del mencionado proyecto de inversión por el de “Implementación y Desarrollo del Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales”; Que, con la Resolución Ministerial Nº 144-2007- DE/SG de fecha 21 de febrero del 2007, se encarga en representación del Poder Ejecutivo a la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial-CONIDA, la elaboración del Proyecto para la Implementación y Desarrollo de un Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales, declarado de interés nacional por Ley Nº 28799, así como su operación y conducción; Que, con fecha 10 de marzo del 2008, mediante Ofi cio Nº 326 MD-VPD/B/01, el Ministro de Defensa agradece al Director General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio del Reino de España y acepta la donación para fi nanciar el Estudio de Viabilidad “Implementación del Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales”; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, y que dicha Resolución o Acuerdo, Descargado desde www.elperuano.com.pe