Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2008 (19/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2008

de Asesoria Legal del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru"; y el oficio Nº 970-2008MTPE/3/14.120, de fecha 9 de setiembre de 2008, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29035, Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigesima Cuarta Disposicion Complementaria y Final que el Programa de Emergencia Social Productivo MORDAZA "A Trabajar Urbano" creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, tiene autonomia administrativa, financiera y presupuestal, siendo su objetivo la generacion de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la poblacion desempleada de las areas urbanas y rurales, favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso economico, en situacion de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ambito y alcance, se denominara Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru" (en adelante, el Programa); Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3° del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del Programa se lograran a traves del financiamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, el cual sera aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo conforme a los criterios de focalizacion y seleccion que el sector establezca; Que segun lo mencionado precedentemente, el Programa efectua transferencias financieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 1052008-TR del 9 de MORDAZA de 2008, que aprueba "Disposiciones para la tramitacion de las transferencias financieras que realiza el Programa a favor de entidades privadas", establece que seran aprobadas por resolucion ministerial aquellas transferencias financieras correspondientes a proyectos de obras o servicios cuyo financiamiento individual respecto al rubro "otros" o de la bonificacion economica por formulacion de proyectos sea igual o superior a las diez (10) unidades impositivas tributarias; Que mediante memorando Nº 476-2008-DVMPEMPE/ CP-OATEP de fecha 27 de agosto de 2008, la Jefa de la Oficina de Asistencia Tecnica y Evaluacion de Proyectos remite el consolidado de convenios suscritos con organismos ejecutores del sector privado en el MORDAZA del Concurso de Proyectos Regulares ­ Convocatoria 2008 ­ II del Programa, senalados en el anexo de la presente resolucion un aporte destinado al rubro "otros" ascendente a la suma de S/ 2 491 443,81 (Dos Millones Cuatrocientos Noventa y Un Mil Cuatrocientos Cuarenta y Tres y 81/100 Nuevos Soles); Que mediante informe Nº 348-2008-DVMPEMPE/CPOPP de fecha 29 de agosto de 2008, el Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Programa otorgo disponibilidad presupuestal para atender la transferencia senalada en el considerando precedente, precisando que dicha transferencia debe ser aprobada por resolucion ministerial; Con las visaciones del Director Nacional, el Secretario Ejecutivo, del Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru"; y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley Nº 27711 ­ Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; y la Resolucion Ministerial Nº 105-2008-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru" por un monto total de S/. 2 491 443,81 (Dos

Millones Cuatrocientos Noventa y Un Mil Cuatrocientos Cuarenta y Tres y 81/100 Nuevos Soles) a favor de los organismos ejecutores del sector privado senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion ministerial, por concepto del rubro "otros" de convenios suscritos con dichos organismos en el MORDAZA del Concurso de Proyectos Regulares ­ Convocatoria 2008 ­ II del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru". Articulo 2°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el tramite de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y que proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 253590-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Aerolite S.A.C. la renovacion de permiso de operacion de aviacion comercial - trabajo aereo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 145-2008-MTC/12 MORDAZA, 12 de agosto del 2008 Vista la solicitud de la compania AEROLITE S.A.C., sobre Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Trabajo Aereo: Propaganda Aerea y Actividad MORDAZA (Fumigacion Aerea); CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral N° 01272004-MTC/12 del 25 de agosto del 2004 se otorgo a la compania AEROLITE S.A.C. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Trabajo Aereo: Propaganda Aerea y Actividad MORDAZA (Fumigacion Aerea); Que, el Permiso de Operacion de la compania AEROLITE S.A.C., fue otorgado por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 10 de setiembre del 2004, plazo que vence el 10 de setiembre del 2008; Que, mediante Documento de Registro N° 2008-021692 del 26 de MORDAZA del 2008, la compania AEROLITE S.A.C. solicito la Renovacion de su Permiso de Operacion; Que, segun los terminos del Memoranda N° 570-2008MTC/12, Nº 638-2008-MTC/12 y Nº 2856-2008-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes;

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