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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (29/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de setiembre de 2008 380484 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1034-2008-DE/SG Lima, 25 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 1035 de fecha 16 de setiembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América tiene programado desarrollar un Programa de Apoyo Informativo con el Ejército y la Marina de Guerra del Perú, que incluye asistencia en creación y producción de productos informativos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cinco (05) efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 30 de setiembre de 2008 al 30 de enero de 2009, para desarrollar un Programa de Apoyo Informativo con el Ejército y la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1034-2008/DE/SG 25 SET 08a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de cinco (05) efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América para desarrollar un Programa de Apoyo Informativo con el Ejército y la Marina de Guerra del Perú b.- IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. MAYOR, EJERCITO OSCAR MALAVE 2. SUBOFICIAL TERCERO CHRISTOPHER JOHNSON 3. SUBOFICIAL TERCERO ROSALYNN RODRIGUEZ 4. SUBOFICIAL TERCERO LEWIS BULNES 5. SARGENTO PRIMERO EVERT ESTRADA c.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 30 de setiembre de 2008 al 30 de abril de 2009. 257530-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1035-2008-DE/SG Lima, 25 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 1040 de fecha 16 de setiembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos tienen programado realizar un Ejercicio de Entrenamiento de Campo con personal del Ejército y la Marina de Guerra del Perú, en el que se desarrollarán cursos de entrenamiento en unidades pequeñas, entrenamiento médico, de supervivencia en combate, técnicas de planeamiento de misiones y capacitación en el área de Derechos Humanos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de cinco (05) efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 30 de setiembre de 2008 al 30 de abril de 2009, para realizar un Ejercicio de Entrenamiento de Campo con personal del Ejército y la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que Descargado desde www.elperuano.com.pe