NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (29/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de setiembre de 2008 380485 se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1035-2008-DE/SG 25 SET 08a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de cinco (05) efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América para realizar un Ejercicio de Entrenamiento de Campo con personal del Ejército y la Marina de Guerra del Perú. b.- IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. SUBOFICIAL TERCERO, EJERCITO EDWIN RAMOS 2. SUBOFICIAL TERCERO, EJERCITO ISMAEL ORONA 3. SUBOFICIAL TERCERO, EJERCITO JUAN HICKSON 4. SUBOFICIAL TERCERO, EJERCITO ALFREDO LEDEZMA 5. SARGENTO PRIMERO, EJERCITO JUAN CARLOS LOPEZ c.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 30 de setiembre de 2008 al 30 de abril de 2009. 257530-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1036-2008-DE/SG Lima, 26 de setiembre de 2008CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº F-1070, de fecha 22 de setiembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la VI Reunión de Jefes de Estado Mayor General de las Fuerzas Aéreas de Perú y Chile, realizada en la ciudad de Lima en el año 2007, se acordó la realización de la XV Reunión entre las Guarniciones Aéreas Fronterizas de Perú y Chile para el año 2008; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) Ofi ciales de la Fuerza Aérea de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 29 de setiembre al 03 de octubre de 2008, para participar en la “XV Reunión de Confraternidad entre las Guarniciones Aéreas Fronterizas”, que se realizará en la ciudad de Arequipa. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1036-2008/DE/SG 26 SET 08a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) Ofi ciales de la Fuerza Aérea de Chile para participar en la “XV Reunión de Confraternidad entre las Guarniciones Aéreas Fronterizas”, que se realizará en la ciudad de Arequipa. b.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. GENERAL DE BRIGADA AEREA CESAR ALBERTO MAC-NAMARA MANRIQUEZ 2. COMANDANTE DE GRUPO LEONARDO GINO ROMANINI GUTIERREZ 3. COMANDANTE DE GRUPO GERMAN MENESES MATUS c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 29 de setiembre al 03 de octubre de 2008. 257530-3 RELACIONES EXTERIORES Designan Directores Titular y Alterno ante el Fondo General de Contravalor Perú - Japón, en representación de la APCI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1103-2008-RE Lima, 19 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 27692 de fecha 12 de abril de 2002, se creó la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, siendo una de sus funciones de acuerdo con el literal h) del artículo 4° del mismo cuerpo legal, participar en el seguimiento, administración y evaluación de la utilización de los fondos de contravalor generados por la Cooperación Técnica Internacional; Que, el artículo 9º del Reglamento del Fondo General de Contravalor Perú – Japón, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 162-93-PCM y modifi cado por Resolución Suprema Nº 266-2001-PCM, señala que el Comité Directivo estará integrado entre otros, por un Director en representación de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros hoy APCI, quien lo presidirá, Descargado desde www.elperuano.com.pe