Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2008 (29/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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380491

discordia del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por mayoria; RESUELVE:

Articulo Primero.- Prorrogar el periodo de vacatio legis del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 1912006-CE-PJ, hasta el 31 de diciembre del ano en curso. Articulo Segundo.- Precisar que en tanto dure el periodo de vacatio legis del citado Reglamento, y las prorrogas a que MORDAZA lugar, mantendra su vigencia el anterior Reglamento de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 263-96-SE-TP-CME-PJ del 16 de MORDAZA de 1996 y su modificatoria que sanciono la Resolucion Administrativa Nº 799-CME-PJ, del 26 de noviembre de 1998. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las dependencias administrativas correspondientes, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

Organo cumplan funciones perifericas o de apoyo a las que ya detenta el Jefe de dicho organo como pueden ser la tareas de veeduria o el papel de dictaminador, sino con la finalidad de cumplir labores importantes coincidentes con el papel fundamental que justifica la existencia del mismo organo disciplinario, tal como lo es la imposicion o la propuesta de imposicion de medidas disciplinarias a los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; TERCERO: Que, la democracia constitucional tiene como una de sus principales caracteristicas el fomento de la participacion de la sociedad civil en los asuntos publicos y en ese MORDAZA se inspira la nueva estructura de control disciplinario en el Poder Judicial que traduce la Ley 28149 y que sigue el Reglamento aprobado por Resolucion Administrativa Nº 191-2006-CE-PJ de fecha 27 de diciembre del 2006; por tales consideraciones y porque la Ley 28149, vigente actualmente, no puede esperar casi 5 anos en ser efectivamente implementada, porque en este caso su demora lesiona a los poderes constituidos y sus organos que lo integran, en agravio de la democracia, la legitimidad, la Ley y el Estado, MI MORDAZA es por que el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 191-2006-CE-PJ entre en vigencia inmediatamente al termino de la vacatio legis dispuesta por la Resolucion Administrativa Nº 1832008-CE-PJ, es decir, el 01 de octubre del ano en curso. MORDAZA, 26 de setiembre de 2008

SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El MORDAZA del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA es como sigue: MORDAZA SINGULAR DEL SENOR CONSEJERO MORDAZA MORDAZA MORDAZA En uso de la prerrogativa que me otorga el articulo 97º numeral 2 de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General dejo MORDAZA de mi MORDAZA singular, contrario al expresado por la mayoria de los miembros de este Organo de Gobierno y Gestion Administrativa, quienes han optado por diferir hasta el 31 de diciembre del ano en curso la entrada en vigencia del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial que fuera aprobado por Resolucion Administrativa Nº 191-2006-CE-PJ de fecha 27 de diciembre del 2006 expedida por este Colegiado, en merito a las consideraciones que expongo: PRIMERO: Que, las Resoluciones Administrativas Nºs 098-2007CE-PJ, 157-2007-CE-PJ, 228-2007-CE-PJ, 286-2007CE-PJ, 092-2008-CE-PJ y 183-2008-CE-PJ acordaron prorrogar la entrada en vigencia del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial aprobado por Resolucion Administrativa Nº 191-2006-CE-PJ y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de MORDAZA del 2007. En esta oportunidad con el MORDAZA mayoritario de los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y por setima vez se adopta una decision similar originando que el periodo de vacatio legis de tan importante reglamentacion se prolongue hasta el 31 de diciembre del 2008, es decir por espacio de 1 ano, 6 meses y 21 dias desde que por Resolucion Administrativa Nº 090-2007-CE-PJ se dispuso que su vigencia opere a partir del 05 de junio del 2007; SEGUNDO: Que, la Ley 28149 en vigencia desde el 07 de enero del ano 2004, modifico las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial referidas a la funcion de control disciplinario judicial, permitiendo la inclusion de los miembros de la Sociedad Civil en la Oficina de Control de la Magistratura. El MORDAZA de esta Ley no fue que los integrantes de la Sociedad Civil en dicho 257633-7 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MERA MORDAZA Secretario General

Imponen medida de destitucion a servidor por su actuacion como Relator de la Sala Mixta de Chincha, Corte Superior de Justicia de Ica
INVESTIGACION ODICMA Nº 19-2007-ICA MORDAZA, treinta de enero de dos mil ocho. VISTA: La Investigacion ODICMA numero diecinueve guion dos mil siete guion Ica seguida contra el servidor judicial MORDAZA Elisban MORDAZA Anchante por su actuacion como Relator de la MORDAZA Sala Mixta de Chincha, Distrito Judicial de Ica; por los fundamentos pertinentes de la resolucion numero veintinueve expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial con fecha doce de junio de dos mil siete; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, a merito del Oficio numero veinticinco sesentitres guion dos mil cinco guion SSSMDCH guion expediente numero dos mil tres guion ciento sesenta y ocho, el Presidente de la MORDAZA Sala Mixta de Chincha comunica a la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, hechos que evidencian irregularidades en el tramite de los Expedientes numero ciento sesentiocho guion dos mil tres, seguido por MORDAZA Munante de Paulet con Telefonica del Peru S.A. sobre Reintegro de Beneficios Sociales; y numero cien guion dos mil tres seguido por MORDAZA Granda MORDAZA contra Telefonica del Peru, sobre Reintegro de Beneficios Sociales; iniciandose las Investigaciones numero ciento once guion dos mil cinco y numero ciento cincuentiocho guion dos mil cinco, MORDAZA acumuladas mediante resolucion de fojas doscientos sesentiseis; inicialmente contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Secretario de la referida Sala Superior por conducta disfuncional compatible con infraccion a la obligacion, prevista en los incisos setimo y decimo MORDAZA del articulo doscientos cincuentinueve del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; y, posteriormente contra el servidor MORDAZA Elisban MORDAZA Anchante, a merito de la resolucion numero veintidos que amplia la investigacion en su actuacion como Relator de la MORDAZA Sala Mixta de la referida provincia, por los cargos de

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