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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de abril de 2009 393568 Designan Asesores del Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2009-PCM Lima, 31 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007- PCM, el Presidente del Consejo de Ministros podrá contar con asesores designados mediante Resolución Ministerial; Que se ha visto por conveniente designar a uno de los asesores del Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor PIERRE AUGUSTO NALVARTE SALVATIERRA en el cargo de Asesor del Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 331065-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2009-PCM Lima, 31 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007- PCM, el Presidente del Consejo de Ministros podrá contar con asesores designados mediante Resolución Ministerial; Que se ha visto por conveniente designar a uno de los asesores del Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor GINO ALEJANDRO TREJO MAGUIÑA en el cargo de Asesor del Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 331065-3 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal del Sur de Celendín - MAMSURCE” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 020-2009-PCM/SD Lima, 30 de marzo de 2009 VISTOS: La solicitud de fecha 18 de febrero de 2009, Informes Técnicos de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 010-2008, de la Municipalidad Distrital de Jorge Chávez, Acuerdo de Concejo Nº 005-2008, de la Municipalidad Distrital de José Gálvez, Acuerdo de Concejo Nº 012-2007, de la Municipalidad Distrital de Oxamarca, Acuerdo de Concejo Nº 146-2008/MDS, de la Municipalidad Distrital de Sucre, Acuerdo de Concejo Nº 014-2007, de la Municipalidad Distrital de Utco, Acta de Constitución, Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Sur de Celendín - MAMSURCE” y el Informe Nº 004- 2009 – PCM/SD-OGI- NCHL. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se dispuso abrir el Registro de Mancomunidades Municipales y aprobar su reglamento, estableciéndose los requisitos para la inscripción de éstas; Que, mediante la solicitud de vistos, los señores alcaldes de las Municipalidades Distritales de Jorge Chávez, José Gálvez, Oxamarca, Sucre, y Utco, en la provincia de Celendín, en el departamento de Cajamarca; solicitan la inscripción de la “Mancomunidad Municipal del Sur de Celendín - MAMSURCE”; Que, los informes técnicos de viabilidad de vistos, contienen el diagnóstico de cada uno de los distritos ubicados en el ámbito territorial de la mancomunidad con datos generales sobre los recursos naturales, población, educación, salud, el índice de desarrollo humano y un análisis FODA a nivel distrital. Asimismo, comprende un análisis interno de la municipalidad distrital. Por otro lado, se precisa la ubicación geográfi ca de la mancomunidad, objetivos, importancia, propuesta de estructura y expectativas sobre la mancomunidad municipal a conformarse; que en su conjunto justifi can la viabilidad para la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Sur de Celendín - MAMSURCE”; Que, por los Acuerdos de Concejo Municipal de vistos, las Municipalidades Distritales de Jorge Chávez, José Gálvez, Oxamarca, Sucre, y Utco, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal del Sur de Celendín - MAMSURCE”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Sur de Celendín - MAMSURCE”, aprobado por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, señala como fi nes de la misma los siguientes: a) promover, gestionar y ejecutar proyectos de inversión social y económica interdistrital en el ámbito de competencia de la mancomunidad municipal, b) promover una gestión municipal moderna, efi ciente y transparente, institucionalizando la participación ciudadana bajo una visión proactiva y concertada de la mancomunidad municipal, c) fomentar e implementar planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia técnica e investigación tecnológica en convenio con universidades e institutos superiores públicos y privados, d) Promover, elaborar, gestionar e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales públicas y/o privadas que busquen y auspicien el desarrollo económico, productivo, ambiental y cultural, e) impulsar acciones de desarrollo económico local, potenciando las principales actividades económicas del territorio mancomunado para incrementar las oportunidades de empleo y mejorar los ingresos económicos de la población y la calidad de vida de la población, y f) acreditar capacidades en los actores públicos y privados, con el propósito de fortalecer el sistema institucional mancomunado;