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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de abril de 2009 394291 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo sobre Trabajo Remunerado para los Cónyuges y Familiares Dependientes de los Funcionarios Internacionales del Banco Mundial”, fue suscrito el 10 de diciembre de 2008 en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, el propósito de este Acuerdo es permitir el libre ejercicio de actividades remuneradas a los cónyuges y los dependientes directos de los funcionarios internacionales que trabajan en la Representación del Banco Mundial en el Perú; Que, el cónyuge y los dependientes directos, que desarrollen actividades remuneradas en el Perú, estarán sujetos en lo relativo al ejercicio de las mismas, a la legislación peruana en materia tributaria, laboral y de seguridad social; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo sobre Trabajo remunerado para los Cónyuges y Familiares Dependientes de los Funcionarios Internacionales del Banco Mundial”, suscrito el 10 de diciembre de 2008 en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de abril del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 336144-4 Dan por terminadas funciones de Representante Permanente del Perú ante el MERCOSUR y ante la Asociación Latinoamericana de Integración ALADI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2009-RE Lima, 14 de abril de 2009 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 031-2009-RE, que da por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Max Juan De la Fuente Prem, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay; La Resolución Ministerial Nº 0520-2009-RE, que fi ja el 8 de mayo de 2009, como la fecha de término de funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 107- 2007-RE, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Max Juan De la Fuente Prem, como Representante Permanente del Perú ante el MERCOSUR, con sede en Montevideo, República Oriental del Uruguay, a partir del 1 de abril de 2007; Que, mediante Resolución Suprema Nº 108- 2007-RE, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Max Juan De la Fuente Prem, como Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), con sede en Montevideo, República Oriental del Uruguay, a partir del 1 de abril de 2007; Que, en tal sentido, procede dar término al nombramiento como Representante Permanente del Perú ante el MERCOSUR y ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), que viene ejerciendo el citado funcionario diplomático; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Max Juan De la Fuente Prem, como Representante Permanente del Perú ante el MERCOSUR y ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), con sede en Montevideo, República Oriental del Uruguay, con fecha 8 de mayo de 2009. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 336144-10 Delegan facultades para la suscripción del “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Túnez sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y Especiales o de Servicio” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 145-2009-RE Lima, 14 de abril de 2009 Visto el cablegrama L-Argel20090110 de 16 de marzo de 2009, de la Embajada del Perú en Argelia; Debiéndose suscribir el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Túnez sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Ofi ciales y Especiales o de Servicio”; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 21 de mayo de 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Perú en la República Argelina Democrática y Popular, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Túnez sobre Supresión de Visas para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Ofi ciales y Especiales o de Servicio”.