TEXTO PAGINA: 49
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de abril de 2009 395075 El Equipo Técnico programará la realización de actividades de capacitación para lograr que los agentes participantes conozcan el manejo técnico del presupuesto y el mecanismo de participación y elaboración del presupuesto participativo. Las acciones de capacitación podrán realizarse en días consecutivos, agrupando a los agentes participantes por sectores. Artículo 23°.- Temas propuestos a desarrollar en la capacitación Las materias a desarrollar en las acciones de capacitación se señalan en el Anexo Nº 01 de la presente ordenanza. CAPÍTULO IV DESARROLLO DE TALLERES DE TRABAJO Artículo 24°.- Talleres de trabajo Los talleres de trabajo son las reuniones de los agentes participantes, convocadas por el Alcalde en los que, sobre la base de la visión y los objetivos estratégicos del Plan Integral de Desarrollo y Plan Estratégico Institucional, se identifi can, analizan y priorizan los problemas, potencialidades, las soluciones y se defi nen los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Artículo 25°.- Participación en los talleres de trabajo Los agentes participantes conformarán grupos de trabajo según los criterios que establezca la municipalidad. Los talleres se realizaran en forma descentralizada con cada grupo de trabajo, procurando así una mayor participación e intervención de los agentes participantes, pudiendo realizarse en cualquier local dentro de la jurisdicción de La Molina. Los grupos de trabajo estarán integrados por Agentes Participantes, debiendo estar integrado necesariamente por lo menos por un agente participante con derecho a voz y voto para adoptar decisiones válidas. En caso contrario, los grupos de trabajo deberán acumularse, a criterio del Equipo Técnico, con el fi n de cumplir con dicho requisito. De manera excepcional, el Equipo Técnico podrá considerar a algún vecino asistente o participante del proceso, no considerado como agente participante, para integrar un grupo de trabajo con el objeto de cumplir con el requisito descrito en el párrafo anterior, siempre que sea debidamente instruido de las responsabilidades que su condición de representante vecinal acarreará, con cargo a darse cuenta a la comunidad o zona del distrito que representará. Artículo 26°.- Desarrollo de los talleres de trabajo Las reuniones serán descentralizadas y por sectores, en cualquier local de la jurisdicción del distrito, a criterio del Equipo Técnico. El Equipo Técnico comunicará a los agentes participantes la sectorización que se ha dispuesto para el desarrollo de los talleres de trabajo del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 27°.- Convocatoria a los talleres Se convocará de acuerdo a lo previsto en la presente ordenanza, señalándose el día, lugar y hora. Se preverá una tolerancia de 30 minutos para el inicio de los talleres. Artículo 28°.- Intervenciones de los agentes participantes Las intervenciones de los agentes participantes deberán respetar las reglas básicas establecidas en la presente ordenanza y no deberán exceder de tres (3) minutos por cada agente participante. El Equipo Técnico si lo considera pertinente podrá extender las intervenciones por dos (2) minutos adicionales. Artículo 29°.- Adopción de acuerdos La adopción o aprobación de acuerdos en el proceso del Presupuesto Participativo, serán establecidas por consenso y si no fuera posible esto, por votación a favor de la mitad más uno de los agentes participantes con derecho a voto en primera convocatoria y en segunda convocatoria bastará con la votación de la mayoría simple de los agentes participantes asistentes con derecho a voto. Entre la primera y la segunda convocatoria sólo mediará 30 minutos. CAPÍTULO V TALLER DE RENDICIÓN DE CUENTAS, PLAN INTEGRAL DE DESARROLLO Y PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL Artículo 30°.- Taller de Rendición de Cuentas En este taller se informa sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos en el Proceso Participativo anterior. Igualmente, la visión y objetivos contenidos en el Plan Integral de Desarrollo y Plan Estratégico Institucional del distrito. Artículo 31°.- Elaboración de documentos para la rendición de cuentas La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto será la encargada de realizar el seguimiento y evaluación del Plan Integral de Desarrollo, Plan Estratégico Institucional y del Presupuesto Participativo del distrito, en todas sus etapas; elaborando la presentación y ayuda memoria para la rendición de cuentas que dará a conocer el Alcalde o quien éste designe, al inicio de los Talleres de Trabajo. Artículo 32°.- Contenido del Informe El informe de Rendición de Cuentas debe contener como mínimo la siguiente información: a) Resumen Ejecutivo de la Rendición de Cuentas, para ser expuesto a los Agentes Participantes. b) Grado de cumplimiento de los acuerdos y compromisos tomados durante el Proceso Participativo correspondiente. c) Nivel de avance en ejecución del presupuesto anterior aprobado, referente a las actividades y proyectos de inversión pública d) Logro de objetivos y metas estratégicas. e) Informe o Evaluación del nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por la Sociedad Civil. f) Presupuesto Institucional de Apertura del año fi scal siguiente. Artículo 33°.- Difusión de la rendición de cuentas El Alcalde a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, pondrá a disposición de la comunidad en general un resumen ejecutivo de la rendición de cuentas, mediante el portal institucional de la municipalidad, revistas u otros medios disponibles, si lo considera conveniente. Artículo 34°.- Monto máximo de la asignación presupuestal. En este taller, se informa sobre el monto máximo de la asignación presupuestaria que será destinada al presupuesto participativo, luego de deducir del techo presupuestario para inversión los compromisos correspondientes a los proyectos en ejecución, la operación y mantenimiento de los proyectos culminados, los recursos para los programas estratégicos, obras de prevención de desastres, los proyectos de inversión a ser ejecutados en el marco de una emergencia para mitigar lo efectos dañinos de un fenómeno natural de gran magnitud o por peligro inminente de su ocurrencia, proyectos de inversión destinados a la rehabilitación y reconstrucción de la infraestructura pública dañada, la contrapartida de proyectos de inversión que se fi nancian mediante operaciones ofíciales de crédito, entre otros. Artículo 35°.- El Banco de Proyectos En este taller se propone el banco de proyectos a ser sometida al presupuesto participativo. Asimismo, se informa a los agentes participantes las condiciones para la consideración de los citados proyectos de inversión en el presupuesto institucional. CAPÍTULO VI TALLER DE DIAGNÓSTICO, IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE PROBLEMAS, DEFINICIÓN DE CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE PROYECTOS Artículo 36°.- Objetivos Este taller tiene como objetivo identifi car y priorizar los principales problemas que afectan a la población del distrito, particularmente a la mas pobre, en el marco del Plan Integral de Desarrollo y Plan Estratégico Institucional,