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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de abril de 2009 395067 Que, conforme dispone el Inciso f) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que son atribuciones del Consejo Regional, fi jar la remuneración del Presidente, Vicepresidente y Consejeros. Asimismo el Artículo 19º de la misma Ley, establece que los Consejeros Regionales tiene derecho a percibir dietas, la dietas son fi jadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual , de acuerdo a la capacidad económica. La norma que los aprueba y los montos de las dietas, se publican. Que, mediante Informe Legal Nº 040-2009/GOB.REG. HVCA/GGR-ORAJ, de fecha 25 de marzo del año 2009, el Director de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, señala que no es procedente el incremento de la remuneración del Presidente Regional, así como de los Consejeros, ello debido a que la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria, señala que todo gasto necesariamente deberá contar con la certifi cación del crédito presupuestario sufi ciente, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fi scal 2009. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR en todos sus extremos el Acuerdo de Consejo Regional Nº 003-2007-GOB.REG. HVCA/CR, de fecha 3 de enero del año 2007, que fi ja la remuneración mensual del Presidente Regional en S/. 12.000.00 Nuevos Soles, la Remuneración mensual del Vicepresidente en S/. 8000.00 Nuevos Soles, y dieta de los Consejeros Regionales al equivalente al 30% de la remuneración total del Presidente Regional, monto que deberá otorgarse durante el Ejercicio Fiscal 2009. Artículo Segundo.- COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ministerio de Economía y Finanzas, Presidente Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto Acondicionamiento Territorial y demás instancias pertinentes. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional conforme a lo previsto en el Artículo 42º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente ABEL YANCE ORTIZ Consejero Delegado 340668-2 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en diciembre 2008 y enero 2009 por la Dirección Regional de Energía y Minas DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS MOQUEGUA RESOLUCION DIRECTORAL DREM.M Nº 008-2009/DREM.M-GRM Moquegua, 5 de marzo del 2009 VISTO: La relación de títulos mineros otorgados en diciembre 2008 y febrero 2009, conforme a lo informado por la Ofi cina de Asesoría Legal, y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16.01.2008, se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Moquegua concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas de acuerdo al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la referida, por tanto a partir de dicha fecha se tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional Moquegua a través de la Dirección Regional de Energía y Minas de Moquegua, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Que, conforme a lo establecido por el Artículo 10 Literal n. del D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, concordante con el Artículo 124 del D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y Artículo 24 del D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”, una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y D.S. Nº 018-92-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros” y Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLICARSE en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en Diciembre 2008 y Enero 2009 por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua, siendo las siguientes: 1) BLANCA LUZ V con código 68-00002-08 mediante R.D. Nº 075-2008/DREM.M- GRM de fecha 03 de Diciembre del 2008 (D. Torata P. Mariscal Nieto), 2) EL CARMEN V con código 68- 00014-08 mediante R.D. Nº 004-2009/DREM.M-GRM de fecha 27 de Febrero del 2009 (D. Moquegua P. Mariscal Nieto), 3) QUEBRADA TUCUMAN con código 68-00018-08 mediante R.D. Nº 074-2008/DREM.M- GRM de fecha 03 de Diciembre del 2008 (D. Moquegua/ Samegua P. Mariscal Nieto), 4) PAULA con código 68- 00019-08 mediante R.D. Nº 073-2008/DREM.M-GRM de fecha 03 de Diciembre del 2008 (D. Samegua P. Mariscal Nieto), 5) EMILIO MIGUEL I con código 68- 00020-08 mediante R.D. Nº 071-2008/DREM.M-GRM de fecha 03 de Diciembre del 2008 (D. Carumas P. Mariscal Nieto, 6) SOUTHERN MINING RESOURCES II con código 68-00021-08 mediante R.D. Nº 072-2008/ DREM.M-GRM de fecha 03 de Diciembre del 2008 (D. El Algarrobal/ Pacocha P. Ilo), 7) EL CARMEN VI con código 68-00024-08 mediante R.D. Nº 006-2009/DREM. M-GRM de fecha 27 de Febrero del 2009 (D. Moquegua P. Mariscal Nieto), 8) MOLLISAJA con código 68-00025- 08 mediante R.D. Nº 007-2009/DREM.M-GRM de fecha 27 de Febrero del 2009 (D. Samegua/Torata P. Mariscal Nieto, 9) VIRGENCITA DE CHAPI VI con código 68- 00026-08 mediante R.D. Nº 005-2009/DREM.M-GRM de fecha 27 de Febrero del 2009 (D. Puquina P. General Sánchez Cerro). Regístrese y comuníquese. AURORA L. CATACORA TEJADA Directora Regional 340406-1