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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (26/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de abril de 2009 395073 Que, en ese mismo sentido el Artículo 53° de la citada ley establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley en la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planifi cación; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la norma en mención establece que las municipalidades determinarán los espacios de concertación y regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, N° 28411 establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, Nº 28112, en concordancia con los Artículos 77° y 78° de la Constitución Política; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Nº 28056, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF y sus modifi catorias, establecen las disposiciones orientadas a lograr la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación de los presupuestos participativos, desarrollados en armonía con los planes de desarrollo concertados; Que, mediante Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado mediante Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de abril del 2008, se establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales, entre otros; Que, es necesario establecer las normas que reglamenten el proceso dentro del cual los representantes de la sociedad civil del distrito de La Molina, van a participar en la elaboración y formulación del presupuesto participativo de esta comuna de los diferentes años fi scales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE LA MOLINA TÍTULO I ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO I BASE LEGAL, OBJETO Y FINALIDAD Artículo 1°.- Base Legal - Constitución Política del Perú. - Ley de Bases de la Descentralización, Nº 27783 y modifi catorias - Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 y modifi catorias - Ley Marco del Presupuesto Participativo, Nº 28056 y modifi catorias - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Nº 27293 y modifi catorias - Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado por R. D. Nº 021- 2008-EF/76.01 Artículo 2°.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales se desarrolla el Proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de La Molina en los diferentes años fi scales. Artículo 3°.- Finalidad La presente ordenanza tiene por fi nalidad establecer el marco normativo, los mecanismos y procedimientos mediante los cuales los agentes participantes, intervienen en el proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo Distrital, precisando además los criterios para la identifi cación, acreditación, registro y capacitación de los agentes participantes, la conformación y responsabilidades del Equipo Técnico, del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo, así como, garantizar la incorporación en el presupuesto institucional de las actividades y proyectos priorizados, entre otros. CAPÍTULO II DEFINICIONES BÁSICAS Artículo 4º.- Defi niciones Para efectos de la presente Ordenanza se considerará las defi niciones contenidas en el Artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 28056, aprobado por D.S. Nº 171-2003-EF y las defi niciones contenidas del Glosario de Términos - Anexo 15 - del Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01. TÍTULO II EQUIPO TÉCNICO Artículo 5°.- Equipo Técnico El Equipo Técnico tiene como misión brindar soporte técnico en el desarrollo del proceso del presupuesto participativo. Artículo 6°.- Conformación del Equipo Técnico El Equipo Técnico está conformado por: a) Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo presidirá; b) Gerente de Desarrollo Urbano, quien actuará como Secretario Técnico; c) Gerente de Comunicaciones y Participación Vecinal; d) Gerente de Servicios a la Ciudad; e) Gerente de Seguridad Ciudadana; f) Gerente de Asesoría Jurídica; g) Gerente de Administración; h) Gerente de Educación, Cultura y Bienestar Social; i) Un representante de la sociedad civil. Artículo 7°.- Representante de la sociedad civil El representante de la sociedad civil, deberá ser un profesional con experiencia en gestión de proyectos en el sector público, acreditado para tal efecto. Artículo 8°.- Responsabilidades del Equipo Técnico Las responsabilidades del Equipo Técnico, son: a) Brindar apoyo para la organización y ejecución de las diferentes fases del proceso del presupuesto participativo. b) Preparar la información para el desarrollo de los talleres de trabajo y la formalización de acuerdos. c) Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso. d) Desarrollar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos, verifi cando que corresponde al ámbito de competencia del nivel de Gobierno y a los estándares del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP cuando corresponda evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de trabajo. e) Preparar y presentar la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica. f) Informar a los agentes participantes la asignación presupuestaria disponible para el desarrollo del proceso. g) Sistematizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos que requiera el proceso del presupuesto participativo. h) Registrar los resultados de los talleres en las actas correspondientes. TÍTULO III FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO Artículo 9°.- Fases del proceso participativo Son fases del proceso participativo las siguientes: a) Preparación, que comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los agentes participantes. b) Concertación, que comprende las actividades de identifi cación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los agentes