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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de abril de 2009 395065 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Azteca del Perú el cierre de agencias ubicadas en las provincias de Huancayo y Lima RESOLUCIÓN SBS N° 2422-2009 Lima, 8 de abril de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre de dos (02) agencias, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 146-2008 del 24 de enero de 2008 se autorizó al Banco Azteca del Perú la apertura de una Ofi cina Principal y ciento diecinueve (119) agencias, ubicadas en diferentes departamentos del país, según se detalló en el Anexo 1 adjunto a dicha Resolución; Que, el Banco ha señalado que ha efectuado una nueva evaluación en las zonas de infl uencia y se ha determinado que por el momento no sería necesario contar con dichas agencias; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca se autorice en vías de regularización el cierre de agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 046- 2009-DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resoluciones SBS N° 1096-2005 y 2361-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú el cierre de las agencias ubicadas en: • Av. Ferrocarril 1166, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín; y, • Av. Nicolás de Pierola 626, distrito y provincia de Lima, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 340392-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Conforman Equipo Técnico responsable de brindar soporte técnico en el proceso del Presupuesto Participativo Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 134-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 20 de marzo de 2009. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE LA CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA, PARA EL AÑO FISCAL 2010. Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorial, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, de acuerdo a la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, hace imperativo la participación de los representantes de la Sociedad Civil en la toma de decisiones sobre la asignación de los recursos públicos, defi nición de la prioridad del gasto público en armonía con el plan de Desarrollo Concertado y en la fi scalización de la gestión presupuestaria; para que realizada en forma sistematizada y ordenada, garantice que el resultado fi nal del proceso sobre presupuesto, sea el refl ejo de las preferencias de la sociedad y que las propuestas sean técnicamente adecuadas y su ejecución físicamente viable; Que, la Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783, en el numeral 17.1 del artículo 17 establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos y en la gestión pública, asimismo el numeral 20.1 del artículo 20” de la Ley acotada, precisa que los Gobiernos Regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de gestión y administración, los mismos que se formulan y ejecutan en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados; Que, el Gobierno Regional de Huancavelica con Ordenanza Regional Nº 133-2009-GOB.REG.HVCA/CR, dispone el inicio del Proceso de Presupuesto Participativo del Departamento de Huancavelica para el año fi scal 2010 y aprueba su Reglamento, que en su artículo 5º, dispone la conformación del Equipo Técnico que se encargue de brindar el soporte técnico en el proceso de planeamiento del desarrollo concertado y participativo, para operativizar el proceso participativo la conformación del Equipo Técnico, estará constituido por Ejes Estratégicos defi nidos en el Plan de Desarrollo Regional Concertado; Que, el Presidente Regional, de común acuerdo con su Consejo de Coordinación Regional, proponen la Ordenanza de Conformar el Equipo Técnico para el Proceso de Presupuesto Participativo al Consejo Regional para su aprobación. Que, en el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;