Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2009 (06/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de agosto de 2009

Que, por Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, en el numeral 9.3 del articulo 9, se establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4 de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del articulo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico, un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, la Ley Nº 28404 - Ley de Seguridad de la Aviacion Civil, establece que la Direccion General de Aeronautica Civil esta facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviacion y es responsable de la elaboracion, puesta en ejecucion, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviacion Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14 establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley, son competentes segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil designados mediante el Informe Nº 282-2009-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas de vigilancia a que se contraen la Ordenes de Inspeccion Nº 1491-2009-MTC/12.04, 14922009-MTC/12.04 y 1493-2009-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 09 de MORDAZA de 2009, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion emitio la

Certificacion del Credito Presupuestario No. 07007-2009, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 29289, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de inspecciones tecnicas de vigilancia de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Arismendiz, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran desde el 25 al 29 de agosto de 2009, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 282-2009-MTC/12.04, y Nº 472-2009MTC/12. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, los mencionados inspectores deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 25 AL 29 DE AGOSTO DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 282-2009-MTC/12.04 Y Nº 472-2009-MTC/12. ORDEN INSPECCION INICIO Nº FIN VIATICOS SOLICITANTE INSPECTOR (US$) TUUA (US$) MTC MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE

1491-2009-MTC/12.04 25-Ago 28-Ago US$ 600.00 US$ 31.00 1492-2009-MTC/12.04 25-Ago 29-Ago US$ 1,000.00 US$ 31.00

San El MORDAZA Inspeccion tecnica de estacion de linea de la MORDAZA empresa Taca Peru, segun Plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales. Ecuador Inspeccion tecnica de estacion de linea de las empresas Lan Peru S.A. y Taca Peru, segun Plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales. Inspeccion tecnica de estacion de linea de las empresas Lan Peru S.A. y Taca Peru, segun Plan de vigilancia de las operaciones aereas internacionales.

MTC

MORDAZA MORDAZA, Guayaquil MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arismendiz, MORDAZA La Paz

1493-2009-MTC/12.04 25-Ago 29-Ago US$ 1,000.00 US$ 31.00

MTC

Bolivia

380336-18

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